El TC anula el decreto catalán que prohibía cortes de luz por impago
La sentencia considera que la norma invade la competencia estatal básica en materia de régimen energético
El Tribunal Constitucional anunció ayer que ha anulado parcialmente el decreto-ley catalán que impedía a eléctricas y gasistas hacer cortes durante el invierno a las familias que no pudieran pagar sus facturas. El tribunal le da la razón al Estado, que argumentó que la norma invadía sus competencias, y recuerda que el ordenamiento jurídico ya ha optado por una protección a través de un sistema de bonificaciones. Tres magistrados, sin embargo, consideran que no hay normas específicas.
La ley catalana, pionera en el Estado, hacía una definición de consumidor vulnerable e impedía que se realizaran cortes entre noviembre y marzo a aquellas personas que tuvieran un informe de los Servicios Sociales que certificara su condición socioeconómica desfavorecida y con ingresos inferiores a 10.300 euros anuales, en el caso de una familia de tres miembros. Las deudas no se condonaban sino que se aplazaban, lo que generó críticas entre las entidades como Cáritas o la Mesa del Tercer Sector.
El fallo asegura que las leyes de los sector eléctrico y de hidrocarburos ya establecen la protección de las personas pobres a través del bono social, una ayuda financiada por las suministradoras y que en noviembre de 2015 llegaba a 2.457.419 hogares (un 18% menos que en 2009). La Generalitat, en sus alegaciones, denunció que el Gobierno “establece una especie de conexión entre los perceptores del bono social y los consumidores vulnerables, sin asimilar ambos conceptos”.
El Gobierno, por su parte, se posicionó en contra de la norma catalana al considerar que cualquier aplazamiento de pago “implica un coste de financiación, que repercute directamente en las empresas y, en último extremo, en el sistema eléctrico”. Tanto desde la Mesa del Tercer Sector como la Alianza contra la Pobreza Energética (APE) siempre han denunciado que el Gobierno defiende los intereses de las suministradoras. “No es un problema de competencias, sino de defensa de intereses [de las empresas]. Si fuera una cuestión competencial tendrían que legislar en la misma línea del decreto”, denunció Oriol Illa, presidente de la Mesa. Desde APE, María Campuzano le atribuyó al fallo un efecto de “las puestas giratorias”. Ambas entidades siempre han defendido que las empresas con grandes beneficios asuman los impagos. En 2014, las cuatro grandes eléctricas ejecutaron cortes a 642.000 familias en toda España.
Dos votos particulares
La anulación no tiene ningún efecto sobre las personas vulnerables en Cataluña, pues el verano pasado se aprobó la ley 24/2015 y que establece medidas alternativas para luchar contra la pobreza energética, como el principio de precaución. La portavoz de la Generalitat Neus Munté aseguró que seguirán luchando contra la pobreza energética “diga lo que diga el Tribunal Constitucional”, aunque teme que el Ministerio de Industria cumpla su amenaza y la recurra antes de mayo, la fecha límite para presentar el recurso.
La decisión del Constitucional no fue unánime. Los magistrados Adela Asúa, Fernando Valdés y Juan Antonio Xiol presentaron dos votos particulares que van en sentidos similares. Ambos creen que la Generalitat sí tiene competencias sobre el tema, pues el trasfono de la medida es de corte social. Asúa y Valdés consideran que las normas estatales carecen de regulación específica dirigida a los consumidores vulnerables que sí figuran en las normativas europeas por lo cual Catalula o cualquier otra comunidad autónoma puede regular ante el espacio normativo “abandonado por el Estado”, en palabras de Xiol.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.