Del nirvana al calabozo
Diez meses de cárcel para un marido por no alejarse de su exmujer cuando ella le oía tocar la guitarra en el parque
No recuerdo quién comentaba que hay días que dan ganas de suicidarse muy de mañana y no resucitar hasta el día siguiente. Y eso mismo debió pensar el tipo que fue detenido en el Parque de Cánovas, de Cáceres, cuando tocaba pacíficamente la guitarra. Resulta que entre el nutrido auditorio que escuchaba su actuación se encontraba su antigua compañera sentimental, de la que tenía una orden de alejamiento.
Y llegaron dos policías y, tras comprobar que el guitarrista no se podía acercar a su ex a menos de 200 metros, se lo llevaron detenido. De nada sirvió que alegara que él estaba tocando la guitarra y que fue ella la que se acercó, tal y como reconocieron los testigos, o incluso que le había dicho a la mujer que se marchara, pero que ella no le había hecho caso. El músico tenía una herida en una pierna que le dificultaba la deambulación, pero tampoco eso se tuvo en consideración. Continuar con el concierto le ha supuesto al artista una condena de 10 meses de prisión por delito de quebrantamiento de medida cautelar, que acaba de ser confirmada por la Audiencia de Cáceres.
¿Quizá le parezca que se trata de un caso excepcional? Pues no, es relativamente frecuente, salvo por la cuestión de la guitarra. Estos días, la Audiencia de Castellón ha confirmado también la condena de seis meses de cárcel impuesta a un ciudadano rumano que fue "pillado" por la Guardia Civil en el Jardín del Beso, de Burriana -localidad costera de Castellón de 35.000 habitantes-, cuando paseaba con su esposa y con su bebé en un cochecito. El marido, que estaba pendiente de juicio por presuntos malos tratos y no podía acercarse a menos de 300 metros de su cónyuge, fue detenido. Tampoco en este caso sirvió de nada que la mujer explicara a los agentes, y luego en el juzgado, que el matrimonio ya se había reconciliado y que ella había acudido hacía tiempo a la sede judicial para retirar la denuncia e instar la revocación de la orden de alejamiento.
Usted podría pensar que con todas las facilidades que se dan a los presos condenados por otros delitos para su reinserción en la sociedad, la retirada de la denuncia o el perdón de la esposa al marido en los casos en que hay orden de alejamiento deberían ser considerados al menos como atenuantes a los efectos de que las parejas puedan rehacer sus vidas. Sin embargo, no es así.
El artículo 468 del Código Penal no contempla excepciones y castiga indiscriminadamente con penas de seis meses a un año de prisión a todos los que "quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia". Los jueces están obligados a imponer la medida de alejamiento del agresor en los casos de malos tratos cuando se trata de una pena, en lugar de aplicarla en función de las circunstancias, como era antes de 2003.
Del "Vive la vida peligrosamente" con que nos inundaba la publicidad hace unos años hemos pasado a la sobreprotección, porque la seguridad se ha convertido en uno de los valores más importantes en la sociedad del siglo XXI. Así, los padres extienden su manto protector sobre sus vástagos y el Estado se encarga de protegernos de lo demás: de fumar, de los otros conductores, del ruido, del alcohol en la calle, y a las mujeres, hasta de sí mismas y, a veces, incluso a su pesar.
La Sala Penal del Supremo estableció que el consentimiento de la mujer no excluye el castigo del marido cuando este haya quebrantado la condena o la medida cautelar de alejamiento.
Los jueces -como dice la profesora de Derecho Penal Araceli Manjón-Cabeza- se ven en una encrucijada diabólica de la que es responsable el legislador. O cumplen la ley, lo que supone una injusticia, o no la cumplen e intentan hacer justicia, lo que incluso podría ser una prevaricación. Y no tienen margen de maniobra. Algunos resuelven la papeleta con una condena para la que inmediatamente solicitan el indulto, pero obviamente no es una solución. La situación es tan kafkiana que en ocasiones hechos idénticos en casos de violencia de género generan condenas contradictorias. Y es cierto que algunas mujeres fueron asesinadas tras la reconciliación, pero otras rehicieron felizmente su vida y no se debería cercenar de raíz esa posibilidad. Los jueces tendrían que poder valorar las circunstancias.
Es obvio que se impone una reforma legislativa y no solo por esto, pero seguro que no será en breve, porque con las imposiciones de los mercados parece que otras normas son prioritarias.
Decía Nietzsche: "Tener fe significa no querer saber la verdad". Incluso para pasar del nirvana al calabozo por un toque de guitarra.
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