Un cateo ilegal, sin abogado y amenazada: el caso de la falsa “Mataviejitas”avanza hacia la Suprema Corte
Nuevas pruebas sobre un expediente plagado de irregularidades abren la puerta a la salida de la cárcel de Araceli Vázquez tras casi 20 años condenada por el mediático caso de la asesina de adultas mayores en la Ciudad de México
La llave de la libertad de Araceli Vázquez está ahora en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Su historia fue expuesta en el reciente documental La Dama del Silencio: el caso Mataviejitas. En 2004, la presión mediática por encontrar a la asesina serial de adultas mayores que tenía en vilo a la capital del país precipitó su detención y posterior condena entre una montaña de irregularidades. Ni siquiera la captura de la verdadera culpable en 2006 la sacó de la cárcel.
Ahora, nuevas pruebas obtenidas a partir del expediente judicial de su caso muestran que durante el proceso de averiguación previa, la entonces Fiscalía de Homicidios del Distrito Federal violó sus garantías constitucionales como inculpada. Esto ha abierto la puerta a un recurso con la intención de que el caso sea reabierto por el máximo tribunal del país.
El documental producido por Mezcla y Netflix reavivó el interés por el caso. Hasta el presidente, Andrés Manuel López Obrador, solicitó en una de sus conferencias matutinas del pasado agosto la revisión de la sentencia de Vázquez. La condena que se busca revisar es de casi 24 por asesinato. Vázquez tiene otras cuatro causas penales de robo.
Las contradicciones del caso fueron expuestas en el documental con base en documentos oficiales desclasificados, así como en este reportaje de EL PAÍS, y muestran la debilidad de las pruebas que se usaron para condenar a Vázquez. También se revela un modus operandi en la fabricación de culpables en torno a los homicidios de adultas mayores que conmocionaron a la capital de México entre los años 2000 y 2006.
La defensa de Vázquez presentó este 28 de septiembre un recurso de revisión ante el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito de la Ciudad de México, sobre el amparo directo por el cual dicho tribunal ratificó en 2008 su sentencia condenatoria. Eso a pesar de que Juana Barraza, la responsable de los homicidios de adultas mayores, ya había sido detenida y estaba a punto de ser sentenciada por 16 homicidios.
Este mes de octubre, dicho tribunal ordenó que la revisión sea enviada a la Suprema Corte de la Nación. Esto podría ser un primer paso hacia su libertad, por la que Vázquez ha esperado 19 años.
Nuevas piezas del rompecabezas a partir de la defensa legal iniciada por los abogados penalistas Daniel Corona Aguilera y José Gil García, tras el estreno del documental, revelan que el proceso de averiguación con que el Ministerio Público consignó a Vázquez, y con base en el cual fue sentenciada, violó sus garantías constitucionales de adecuada defensa y no autoincriminación.
Vázquez fue presentada ante los medios de comunicación el 1 de abril de 2004 con una bata y peluca. El entonces subprocurador capitalino Renato Sales Heredia aseguró que ella era la responsable del homicidio de Gloria Enedina Rizo Ramírez, crimen que años después le fue comprobado a Juana Barraza. Sin embargo, Vázquez continuó en prisión al ser acusada también del homicidio de Margarita Aceves Quezada, pese a que testigos no la reconocieron en la cámara Gesell como la mujer sospechosa que vieron con la víctima el día del crimen. De hecho, la descripción física de la sospechosa encaja en el perfil de Barraza, al igual que su modus operandi.
Una serie de ilegalidades ya había ocurrido durante las 48 horas previas a la rueda de prensa. Vázquez fue detenida el 31 de marzo en relación con un caso aislado de robo, tras lo cual le fue designado un defensor de oficio de nombre Marco Antonio Martínez Bernal. Sin embargo, éste no estuvo presente en ninguna de las declaraciones ministeriales que posteriormente rindió Araceli. Esto constituye una primera ilegalidad, según sus abogados. En específico, una violación de un derecho constitucional.
En su primera declaración ministerial, Araceli sólo fue asistida por su sobrino, Julio César Carabia Castillo, quien contaba con un nivel de instrucción primaria. Durante dicho interrogatorio, según consta en el expediente, Vázquez aceptó haber robado a diversas personas (como lo reconoce al día de hoy), pero negó ser la responsable de los homicidios de adultas mayores, como también lo negaron las testigos del homicidio de Margarita Aceves que fueron citadas para intentar identificarla.
También autorizó a personal de la Fiscalía a realizar una “inspección” en su casa en Acolman, Estado de México. “Un cateo ilegal y desaseado” indica el abogado Daniel Corona, pues las autoridades capitalinas no tenían facultades en otro estado, y además era necesaria la autorización de un juez y más formalidades. Esto constituye una segunda ilegalidad.
Las autoridades sostuvieron que durante la “inspección” irregular encontraron en casa de Araceli la bata y peluca con la cual la presentaron en la rueda de prensa y aseguraron que era su disfraz, así como un reloj que pertenecía a la víctima Margarita Aceves, entre más objetos.
Posteriormente, en una ampliación de la declaración ministerial realizada el 1 de abril, también sin la presencia de su abogado defensor, a Vázquez se le preguntó de forma genérica de quién eran los objetos supuestamente hallados en su casa, a lo cual respondió que de las personas que robaba. Araceli sostiene a la fecha que dicha evidencia, la cual no conocía a detalle, fue plantada en su domicilio por el personal del fiscal de Homicidios, Guillermo Zayas, y que durante el tiempo en el que estuvo detenida fue torturada y amenazada con respecto a su familia. Esta autoincriminación constituiría una tercera ilegalidad.
Las declaraciones ministeriales, que además no están certificadas en la causa penal recibida por el juzgado —una cuarta ilegalidad, según su defensa—, no tenían valor probatorio legal, pues no sólo habrían sido obtenidas bajo tortura, sino que ninguna de ellas fue realizada en presencia de un defensor de oficio.
Aun así, en la resolución del amparo promovido por Vázquez hacia 2008, el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito tomó como válida y legal la declaración ministerial. Lo cual implica una interpretación directa a un precepto de la Constitución y por ello se espera que el caso sea reabierto por la Corte, al revestir un interés excepcional en materia constitucional y de derechos humanos.
Al respecto, el abogado Corona refiere que el amparo que en su momento fue promovido contra la sentencia condenatoria de Araceli, “es muy corto y carece del más mínimo esfuerzo argumentativo y de correcta exposición jurídica, ya que la situación legal de Araceli involucraba un mayor esfuerzo en la explicación y planteamiento de los conceptos de violación a sus derechos como inculpada”.
El recurso que ya se encuentra en la Suprema Corte tendrá que ser evaluado para determinar si la interpretación de la Constitución que alega la defensa de Araceli Vázquez es aceptada para su análisis. En ese caso, el máximo tribunal podría ordenar su libertad inmediata por violaciones graves a sus derechos fundamentales, como ocurrió en 2022 con tres hombres encarcelados injustamente por tentativa de secuestro en Tabasco, asunto abordado en el documental Duda Razonable, o con Florence Cassez, la ciudadana francesa que fue liberada en 2013.
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