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El rompecabezas legal de la UNAM en el ‘caso Yasmín Esquivel’: ¿por qué no le retira el título?

La universidad despide a la asesora de la tesis de la ministra, pero no toma medidas contra ella. El abogado general señala que la institución “carece de mecanismos para invalidar un título”, mientras la comunidad universitaria exige su anulación

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Un estudiante camina frente a la biblioteca central de la Universidad Nacional Autónoma de México, en agosto de 2021.Andrea Murcia Monsivais (Cuartoscuro)
Beatriz Guillén

En el caso Yasmín Esquivel todos los mimbres están claros: la ministra plagió su tesis de licenciatura de 1987 a un alumno que la presentó un año antes que ella y lo hizo con la ayuda de la asesora de ambos estudiantes, Martha Rodríguez. Así lo ha acreditado la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) tras una extensa investigación, y por esa razón ha despedido este miércoles a la docente. Sin embargo, la institución educativa más importante del país afirma que no tiene herramientas para invalidar el título de la jueza, aunque el plagio esté fuera de dudas, como señaló el rector Enrique Graue. La UNAM expidió el título, sí, pero el abogado general de la universidad asegura que no pueden quitárselo. Una interpretación que no comparte una gran parte de la comunidad universitaria, que ve agravarse la crisis de reputación que atraviesa la institución si no se toman medidas. Mientras la casa de estudios se estanca, Esquivel, que se niega a renunciar, continúa despachando en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como si el escándalo nunca hubiera estallado.

Cuando el Comité de Integridad Académica y Científica, encargado del caso, terminó su análisis, hubo suspiros de alivio. Tras 20 días de investigación, la universidad concluía que el trabajo de Esquivel era “copia sustancial de la original presentada en 1986 por el exalumno de la Facultad de Derecho [Edgar Ulises Báez]”. Momentos después, el rector resaltaba la conclusión y dejaba caer un jarro de agua fría: no se podía hacer nada para sancionarla.

En primer lugar, la legislación universitaria no cuenta con una norma expresa que permita invalidar títulos una vez otorgados. Tampoco tiene tipificado el plagio y sus posibles consecuencias. “El título no se puede cancelar porque no tenemos prevista la infracción cuando algún estudiante hace uso de un trabajo que no es propio”, explicó el abogado general Alfredo Sánchez Castañeda en una entrevista. “Existe un vacío normativo, completamente explicable, porque no partimos del supuesto de que se va a cometer una infracción”, añadió.

La maestra Martha Rodríguez, quien ya fue despedida de la UNAM, y la ministra Yasmín Esquivel.
La maestra Martha Rodríguez, quien ya fue despedida de la UNAM, y la ministra Yasmín Esquivel.RR.SS. / EFE

La universidad sí publicó en 2018 una guía llamada Plagio y Ética, donde se lee: “En la UNAM, si bien se han emitido documentos sobre el tema, no existe un apartado específico que regule con precisión las consecuencias jurídicas del plagio”. En ese manual se resaltan algunos artículos de la ley orgánica, del estatuto general, del reglamento del tribunal universitario y de la comisión de honor, en los que la Oficina del Abogado General se había estado apoyando para abrir procedimientos disciplinarios. Estos se llevan a cabo ante el tribunal universitario porque “el plagio se equipara a un incumplimiento grave de las obligaciones”.

Sin embargo, la guía señala sus propias carencias: “Es conveniente decir que el criterio de interpretación incluye solamente a personal académico y, por tanto, deja un vacío normativo respecto al plagio cometido por alumnos”. A esa limitación se añade otra: hace más de 30 años que Esquivel dejó de ser alumna.

Ante esta situación, explica Pedro Salazar, exdirector del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, caben dos interpretaciones: la más formalista, adoptada por el abogado general, y una más extensiva, que es la que pide parte de la comunidad universitaria. “Estamos entrampados en un diferendo de maneras de entender al derecho. Una visión muy rigorista sostiene que la UNAM no cuenta con facultades expresas para poder retirar un título y que por lo mismo, simple y llanamente, no lo puede hacer. Esta vía de interpretación es que ya no se puede hacer nada más que crear un mecanismo preventivo y sancionatorio hacia delante”, explica el investigador.

Y añade: “Hay otra concepción, que también es jurídica, que sostiene que ante el plagio probado, la universidad sí puede pronunciarse sobre la nulidad del título. Aunque el hecho haya sucedido en 1987, porque en ese entonces la persona todavía era alumna. Así que sí puede ser imputable ante el tribunal universitario, porque aunque lo sepamos hasta hoy, el procedimiento de titulación se ejecutó sin cumplir todos los requisitos: el trabajo no era de autoría propia ni original. El acto de emisión del título estaba, por tanto, viciado”.

Una reunión del Consejo Universitario de la UNAM, en marzo de 2022. Cuatro miembros del Consejo Universitario firmaron un documento el miércoles que exigía la anular el título de la ministra.
Una reunión del Consejo Universitario de la UNAM, en marzo de 2022. Cuatro miembros del Consejo Universitario firmaron un documento el miércoles que exigía la anular el título de la ministra.Cortesía (Cuartoscuro)

De esa última opinión es también la abogada Vanessa Romero, que señala, por ejemplo, el artículo 97 del Estatuto General de la UNAM en el que se lee que los alumnos habrán efectuado un acto contra el orden universitario cuando “hayan prestado o recibido ayuda fraudulenta en las pruebas”. También el código de ética dentro de la universidad recoge que “el reconocimiento de la autoría intelectual debe realizarse en todas las evaluaciones académicas o laborales”.

Para que esto se desencadenara bastaría con una decisión de las autoridades de la UNAM. Algunas voces proponen la intervención del Consejo Universitario, el órgano de mayor autoridad colegiada y que tiene facultades para resolver aquellos casos que no estén recogidos expresamente en la regulación. “Otras apuntan que no hace falta ni el tribunal ni el consejo, sino que es una decisión al interior de las instancias administrativas de la universidad: el título carece de validez”, añade Salazar.

Aunque el caso de Esquivel es único, especialmente por el poder que ostenta la ministra como una de las juezas más importantes del país, sí se habían registrado antes antecedentes de plagios sancionados dentro de la universidad. El despido de la asesora Martha Rodríguez por “incurrir en faltas de probidad u honradez en el desempeño de sus labores como académica y directora de trabajos de tesis profesionales de la universidad” es una muestra de ello. Tanto Romero como Salazar consideran insuficiente la expulsión de Rodríguez para arreglar el problema. “No se puede parar con ese movimiento la bola de nieve”, dice la abogada.

Otras soluciones fuera de la UNAM

La solución más fácil sería que la ministra renunciara, reconocen todos los expertos. Pero Esquivel ya ha dicho que no se va a mover del cargo porque considera que su carrera es “impecable”: “No tengo nada de lo que arrepentirme”. Así se abren otras opciones por la vía política o administrativa, explica la abogada Vanessa Romero. La primera sería el llamado juicio político, que lo puede llevar a cabo la Cámara de los Diputados en contra de un listado de servidores públicos, entre los que se encuentran los ministros de la SCJN, para inhabilitarlos. Este camino ya se ha iniciado este jueves por la solicitud que ha interpuesto ante la Cámara el senador Germán Martínez, del grupo plural. Sin embargo, la ruta puede tener poco recorrido porque Morena, quien tiene en Esquivel su apuesta de la Suprema Corte, tiene una mayoría de diputados.

La ministra Yasmín Esquivel y el presidente Andrés Manuel López Obrador
La ministra Yasmín Esquivel y el presidente López Obrador, a su salida de un acto protocolario en la Suprema Corte, el pasado 15 de diciembre.Isaac Esquivel (EFE)

Romero abre otra opción: considerar la emisión del título de Esquivel como un acto administrativo que pudiera ser declarado nulo. “El primer artículo del Estatuto de la UNAM señala que es un organismo descentralizado, por lo que se le aplica la Ley de Procedimiento Administrativo. Así, cualquier acto que realiza este organismo es un acto administrativo, como la emisión del título. Este acto está viciado, porque la tesis no fue original y no cumplía con el objetivo de demostrar conocimiento, que es lo que decía la legislación de 1987″, explica la abogada, que señala que el artículo 3 de esa misma ley regula las consecuencias de saltarse los requisitos. Para que este procedimiento se iniciara, señala Romero, haría falta que algún afectado por alguno de los asuntos firmados por Esquivel en el pleno o en la segunda sala de la SCJN en los últimos años considerara que “los actos de Esquivel le han causado perjuicio” y así tendría “derecho de ir a la autoridad”.

Sobre la prescripción del delito, Romero apunta que la Ley de Procedimiento Administrativo, en su artículo 79, considera la posibilidad de que sea una infracción continuada, que podría aplicarse en este caso: “Porque cada vez que ella emite una resolución como ministra está ejercitando su título”. La abogada reconoce que “la cosa no es tan clara”, pero que para resolver el asunto “tocaría que ser un poco más valiente”. Mientras tanto, la parálisis de la UNAM deja un rastro de secuelas en la universidad más importante de América Latina y, al mismo tiempo, obliga a abrir el foco hacia la Suprema Corte.

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Sobre la firma

Beatriz Guillén
Reportera de EL PAÍS en México. Cubre temas sociales, con especial atención en derechos humanos, justicia, migración y violencia contra las mujeres. Graduada en Periodismo por la Universidad de Valencia y Máster de Periodismo en EL PAÍS.

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