Reportaje:EL TRATADO DE LA UNIÓN

Ante la Constitución europea

El Tratado impulsa la formación permanente y el intercambio de experiencias

El 20 de febrero, los españoles tendrán otro domingo electoral. Las urnas dirán o no a la Constitución europea, un documento voluminoso que dedica algunos apartados, no muchos, a la educación, una materia en la que cada Estado miembro tiene su legislación y competencias. La Constitución está dividida en cuatro partes, cada una de ellas en títulos con sus correspondientes capítulos. La Parte II está dedicada a los derechos fundamentales de la Unión, y su Título II a las libertades; ahí es donde arranca el artículo 14: Derecho a la educación.

1. Toda persona...

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El 20 de febrero, los españoles tendrán otro domingo electoral. Las urnas dirán o no a la Constitución europea, un documento voluminoso que dedica algunos apartados, no muchos, a la educación, una materia en la que cada Estado miembro tiene su legislación y competencias. La Constitución está dividida en cuatro partes, cada una de ellas en títulos con sus correspondientes capítulos. La Parte II está dedicada a los derechos fundamentales de la Unión, y su Título II a las libertades; ahí es donde arranca el artículo 14: Derecho a la educación.

1. Toda persona tiene derecho a la educación y al acceso a la formación profesional y permanente.

2. Este derecho incluye la facultad de recibir gratuitamente la enseñanza obligatoria.

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3. Se respetan, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio, la libertad de creación de centros docentes conforme a los principios democráticos y el derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos de acuerdo con sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas.

Titulares de centros religiosos como la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza (FERE) han mostrado su satisfacción con estos tres puntos, que, a su juicio, recogen los elementos esenciales del artículo 27 de la Constitución española. El presidente de la FERE, Manuel de Castro, opina que "se reconoce la libertad de elección de los padres, de creación de centros y la gratuidad de la educación. Creo que es una buena línea de consenso para que todos nos podamos entender".

Desde CC OO, el sindicato educativo mayoritario, se entiende que así como el derecho a la educación se garantiza, el de la libre creación de centros simplemente se reconoce y respeta: "No se sitúan en el mismo plano ambos derechos, lo que avala las interpretaciones más progresistas del artículo 27 de la Constitución española", explican.

Algo más adelante, en el Título IV, dedicado a la solidaridad, el artículo 32 habla de la prohibición del trabajo infantil y la protección de los jóvenes en el trabajo. En este artículo se recuerda que "la edad mínima de admisión al trabajo no podrá ser inferior a la edad en que concluye el periodo de escolaridad obligatoria", que en España es a los 16 años, semejante al resto de los países de nuestro entorno. Pero además se dice que los jóvenes admitidos a trabajar deberán estar protegidos contra cualquier empleo "que pueda suponer un riesgo para su educación". La interpretación de esta garantía quedará sujeta a la jurisdicción de los Estados miembros.

La Parte III, titulada De las políticas y el funcionamiento de la Unión, en su Título III (capítulo IV), señala los ámbitos en los que la Unión puede decidir realizar una acción de coordinación, complemento o apoyo a las políticas de los Estados. La educación y la formación profesional son dos de esos ámbitos. En el artículo 182 se recoge que "la Unión contribuirá al desarrollo de una educación de calidad fomentando la cooperación entre los Estados miembros, y, si es necesario, apoyando y completando la acción de éstos".

En este apartado se afirma que La Unión tratará de "desarrollar la dimensión europea en la enseñanza, especialmente a través del aprendizaje y de la difusión de las lenguas de los Estados"; "se favorecerá la movilidad de estudiantes y profesores, fomentando el reconocimiento académico de los títulos y de los periodos de estudios", una cuestión, esta última, en la que trabajan desde hace tiempo los países para dar satisfacción a los acuerdos de Bolonia y hacer de los sistemas educativos un territorio común. Se "favorecerá la cooperación los terceros países y con las organizaciones internacionales competentes en materia de educación", se afirma también.

La Confederación Europea de Sindicatos (CES) opina que la nueva Constitución "representa una clara mejora con respecto a los tratados actuales que instituyen la UE", aunque no alcance los ambiciosos objetivos que propusieron.

Foto de familia de los representantes de los países de la UE tras firmar la Constitución, en Roma en 2004.ASSOCIATED PRESS

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