Un juez cree "desproporcionada" la retirada del orujo ordenada por Sanidad

La sentencia considera "ilegal" la incautación del producto en una empresa sevillana

Un juez de Sevilla ha considerado "desproporcionada" la orden con la que la ex ministra de Sanidad, Celia Villalobos, declaró la alerta alimentaria en el verano de 2001 al detectar la presencia de compuestos tóxicos en el aceite de orujo, y que implicó la incautación de este producto en toda España. La sentencia estima "ilegal y nula de pleno derecho" la incautación que la Junta de Andalucía realizó en julio de 2001 a una empresa sevillana siguiendo la orden de Sanidad. El auto cree injustificada esta "medida cautelar" debido a que no se confirmó posteriormente el riesgo alimentario argumentad...

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Un juez de Sevilla ha considerado "desproporcionada" la orden con la que la ex ministra de Sanidad, Celia Villalobos, declaró la alerta alimentaria en el verano de 2001 al detectar la presencia de compuestos tóxicos en el aceite de orujo, y que implicó la incautación de este producto en toda España. La sentencia estima "ilegal y nula de pleno derecho" la incautación que la Junta de Andalucía realizó en julio de 2001 a una empresa sevillana siguiendo la orden de Sanidad. El auto cree injustificada esta "medida cautelar" debido a que no se confirmó posteriormente el riesgo alimentario argumentado por Sanidad. Así, condena a la Junta, como ejecutante, a indemnizar a esta empresa con 32.428 euros.

La sentencia, que no es firme, resalta que el Servicio Andaluz de Salud (SAS), ejecutante de la orden del Ministerio de Sanidad, actuó sin haber seguido "el procedimiento legalmente establecido" y sin especificar a la empresa Torres y Ribelles "la razón de la inmovilización" de parte del aceite de orujo envasado.

En este sentido, el juez estima que "la posible urgencia" respecto a la adopción de esta medida tampoco puede justificar esta actuación de la Administración andaluza. "Es indispensable para la bondad jurídica de la medida cautelar prevista la existencia de un riesgo inminente y extraordinario (...), notas que quedan bastante alejadas del peligro grave, aunque no inmediato, al que se refiere la alerta alimentaria ministerial (...), lo cual no está presente tampoco en la referida alerta [del Ministerio de Sanidad] cuando dice que los compuestos que refiere se presentan, al parecer, sistemáticamente y que pueden entrañar riesgos para la salud humana", recoge la sentencia.

Esta falta de "justificación" en la medida, señala el juez, lleva a que se considere la medida adoptada por el SAS "como nula" y "sin necesidad" de que la resolución "entre a considerar las razones científicas" que motivaron la decisión del Ministerio de Sanidad y Consumo. La sentencia, por último, resalta que la Administración andaluza pudo actuar con mayor proporcionalidad y haber aplicado una medida que perjudicase menos al afectado, que también vio vulnerados derechos fundamentales como el derecho a la propiedad y la libertad de empresa.

Recurso

La sentencia condena a la Junta de Andalucía, como administración ejecutante, a indemnizar a la empresa Torres y Ribelles con 32.428,54 euros. A este respecto, un portavoz de la Consejería andaluza de Salud recalcó que la Administración autonómica intervino para "ejecutar" una alarma sanitaria que fue activada por el Ministerio de Sanidad, y que la responsabilidad última de los daños y perjuicios que pudo ocasionar la inmovilización del aceite de orujo "corresponde a quien generó esa alarma". Esa misma fuente confirmó que la Junta de Andalucía prevé recurrir el auto del juzgado hispalense ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por las cuestiones formales que se imputan a la Consejería andaluza. En caso de que, por sentencia firme, la Junta tenga que pagar indemnizaciones por este contencioso o cualquier otro que hayan planteado los orujeros, la Administración autonómica estudiará cómo exigir ese dinero al Ministerio de Sanidad.

El presidente de la Asociación Nacional de Extractores de Orujo, Fernando Muñoz, se felicitó ayer por la primera sentencia favorable al sector dos años después de surgir la crisis del benzopireno. Muñoz cree que no será la única, pues asegura que el recurso contra la alerta sanitaria y la incautación del aceite de orujo decretada por el Ministerio de Sanidad la presentaron "la mayoría" de las empresas extractoras de orujo (la asociación nacional la forman 35 empresas que representan al 80% del sector) pero también las refinerías y las envasadoras. La provincia de Jaén acapara el 40% de la producción nacional de orujo, informa Ginés Donaire.

Con todo, Muñoz lamenta que sea ahora, dos años después, cuando se ha demostrado "las bondades" del aceite de orujo. "Tenemos claro que la sentencia llega tarde, pues el daño ya está hecho", subrayó Muñoz tras recordar que el sector, que da empleo a unas 5.000 personas, todavía no ha superado la crisis.

Mercado hundido

Los productores, añadió el presidente del sector, se afanan por recuperar un mercado que estaba situado en casi 100.000 toneladas anuales y que hoy apenas llega al 40%. Uno de los retos pendientes que tienen los orujeros es la puesta en marcha de una nueva campaña de promoción, para lo que han pedido la colaboración al Ministerio de Agricultura para que participe en su cofinanciación.

La secretaria de Consumidores y Usuarios del PSOE, Isabel Pozuelo, manifestó que esta decisión "muestra, de nuevo, la ineficacia e ineptitud del Gobierno central a la hora de gestionar la seguridad alimentaria de los españoles". Pozuelo se refirió a "las cuantiosas indemnizaciones que tendrá que abonar el Estado. Una vez más serán los bolsillos de los ciudadanos los que paguen los errores y la ineficacia de este Gobierno". Pozuelo ha denunciado, además, el incumplimiento de los compromisos alcanzados en su día con los productores y distribuidores de aceite de orujo a raíz de las negativas repercusiones de su decisión.

Retirada de aceite de orujo en Sevilla en 2001 tras la orden de Sanidad de inmovilizar ese producto. / ALEJANDRO RUESGA

Una medida mal explicada

El 3 de julio de 2001, la anterior ministra de Sanidad, Celia Villalobos, emitió una alerta sanitaria insólita. Ese mecanismo suele reservarse para retirar partidas de algún producto que suponga un riesgo inmediato, pero Villalobos lo utilizó para retirar todas las partidas de todas las marcas de aceite de orujo de oliva, argumentando que tenían demasiado benzopireno, una sustancia tóxica si se ingiere de manera prolongada.

La ministra intentó aplicar esa medida en secreto (inútilmente), y rehusó repetidamente hacer públicos los datos en que se basaba, pese a la lógica alarma. En realidad, los contenidos de benzopireno en el aceite de orujo eran ya conocidos desde enero, y los fabricantes estaban en plenas negociaciones para reducirlos con los ministerios de Sanidad y Agricultura cuando Villalobos decidió emitir la alerta, sorprendiendo incluso a los responsables del segundo departamento.

Por entonces, los límites de benzopireno en los alimentos no estaban fijados por ninguna norma, ni en España ni en la UE. Ante la imposibilidad de decidir un límite seguro, la Organización Mundial de la Salud (OMS) había emitido en 1997 la recomendación habitual con los productos tóxicos y cancerígenos en exposiciones prolongadas: minimizar todo lo posible su ingestión.

Cuando al fin se conocieron los análisis, resultó que algunas partidas rondaban las 100 partes de benzopireno por 1.000 millones, una cifra excesiva según todos los expertos, aunque generalizada desde 1997. Aquel mismo mes de agosto, un decreto ley tramitado con urgencia fijó un límite de una parte por 1.000 millones.

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