Los jueces rectifican y autorizan la venta de la 'píldora del día siguiente' en Andalucía

El objetor que recurrió la orden sanitaria de la Junta no tiene farmacia ni está colegiado

La sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anuló cautelarmente hace un mes una orden de la Consejería de Salud que obligaba a dispensar preservativos y la píldora del día siguiente en Andalucía, ha rectificado tras conocer que la persona que presentó el recurso, Fernando Anguita Quesada, y que argumentaba objeción de conciencia, no tiene farmacia, ni está colegiado en la comunidad autónoma. Anguita es licenciado en Farmacia pero trabaja como profesor de instituto. El recurso lo presentó como representante de una asociación de sanit...

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La sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anuló cautelarmente hace un mes una orden de la Consejería de Salud que obligaba a dispensar preservativos y la píldora del día siguiente en Andalucía, ha rectificado tras conocer que la persona que presentó el recurso, Fernando Anguita Quesada, y que argumentaba objeción de conciencia, no tiene farmacia, ni está colegiado en la comunidad autónoma. Anguita es licenciado en Farmacia pero trabaja como profesor de instituto. El recurso lo presentó como representante de una asociación de sanitarios usando los argumentos de la Conferencia Episcopal Española.

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El último antecedente de Fernando Anguita que hay en el Colegio de Farmacéuticos de Granada es una solicitud de colegiación fechada en 1997 que el propio interesado retiró antes de que fuera tramitada. Anguita tampoco consta como directivo de dicha asociación en el acta fundacional presentada ante la Consejería de Justicia de Andalucía y en la que sí aparecen otros profesionales sanitarios residentes en Jaén y Granada que creen, en contra de la mayoría de la comunidad científica y la propia Organización Mundial de la Salud (OMS), que la citada píldora es un abortivo y no un anticonceptivo.

La Sala de Granada, que preside el magistrado Rafael Puya Jiménez, admite ahora que 'resulta evidente' a tenor de las pruebas presentadas en el recurso por la Consejería de Salud que Anguita 'en ningún caso podría verse directamente perjudicado por la orden dictada, puesto que no se veía afectado'. El firmante del recurso, añade la resolución judicial, 'no ostenta la condición de farmacéutico, como titular de oficina de farmacia, ni figura como director de ningún almacén ni se encuentra colegiado en ninguno de los colegios farmacéuticos de las distintas provincias andaluzas'. 'Esta vital y nueva circunstancia', prosigue el auto, 'que no pudo ser tomada en consideración al tiempo de adoptar la resolución impugnada, hace que la Sala deba efectuar una nueva ponderación de intereses en la que ha quedado minimizado el interés que representaba el recurrente (que adujo su condición de farmacéutico) y en consecuencia era considerado destinatario directo de todas las previsiones de la orden'. En el auto anterior, dictado el 12 de noviembre, los mismos magistrados consideraron que en la colisión entre el derecho a la objeción de un individuo y el de todos los potenciales usuarios de la sanidad pública andaluza prevalecía el del primero.

Una de las escasas manifestaciones a favor que obtuvo el primer auto provino de la ministra de Sanidad, Celia Villalobos, que arremetió contra lo que consideró 'la falta de fundamento jurídico de casi todas las cosas que hace la Junta. La ministra reprochó al Gobierno andaluz que se 'lanzara demasiado a la piscina sin averiguar siquiera si hay agua'.

Boticarios y obispos

La Asociación Nacional en Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia del Personal Bio-sanitario, que es como aparece denominada en el acta fundacional, fue creada por varios médicos y farmacéuticos el pasado mes de junio, tiene un capital de 75.000 pesetas y cuenta con un centenar de asociados. Hasta ahora ha presentado dos recursos contra la orden de la venta de la píldora del día siguiente. El primero, por protección de los derechos fundamentales, fue planteado ante una Sala de Sevilla que se declaró incompetente y el mes pasado lo devolvió a Granada. El segundo fue el de Fernando Anguita. Los argumentos expuestos en los recursos coinciden con la teoría sobre el derecho a la objeción que la Conferencia Episcopal Española, en relación con la píldora anticonceptiva, expuso en una instrucción pastoral: 'Las leyes que toleran o incluso regulan las violaciones del derecho a la vida son gravemente injustas y no deben ser obedecidas'.

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