La identidad y la huella de la madre se harán constar al inscribir al hijo

La identificación de la madre biológica y sus huellas dactilares, junto a las de su hijo, serán recogidas al hacer la declaración de nacimiento en el Registro Civil, según una orden dictada por el Ministerio de Justicia y publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado, por la que se aprueba el nuevo modelo de declaración (bilingüe en las comunidades autónomas con lengua propia). La orden ministerial suprime la posibilidad registral de ocultar la identidad de la madre "por su sola voluntad", en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo que lo declaró inconstitucional, por vulnerar "el ...

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La identificación de la madre biológica y sus huellas dactilares, junto a las de su hijo, serán recogidas al hacer la declaración de nacimiento en el Registro Civil, según una orden dictada por el Ministerio de Justicia y publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado, por la que se aprueba el nuevo modelo de declaración (bilingüe en las comunidades autónomas con lengua propia). La orden ministerial suprime la posibilidad registral de ocultar la identidad de la madre "por su sola voluntad", en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo que lo declaró inconstitucional, por vulnerar "el derecho fundamental del hijo a conocer su identidad biológica", si bien la publicidad de ese dato se limita al hijo, a los padres biológicos y a los padres adoptantes.

En el modelo de declaración que publicó ayer el diario oficial se incluye el parte del facultativo que asistió al nacimiento, quien certificará el hecho del parto y la identidad de la mujer que dio a luz y firmará que considera comprobado el nacimiento por su asistencia profesional al parto o por investigación posterior.

En todo caso, dada la urgencia de este trámite, el hijo quedará inscrito aunque la madre no haya podido ser identificada ni se hayan podido recoger las huellas dactilares del hijo y de la madre.

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