La CE aprueba la nueva reglamentación del aceite de girasol a partir de 1991

La Comunidad Europea, con el voto en contra del Reino Unido, ha dado luz verde a la nueva reglamentación para el aceite de girasol, que deberá entrar en vigor a partir del primero de enero de 1990. Esta regulación supone nuevas ayudas a partir de 1991 y significa una estabilización para los precios de la pipa que se recolecte en los próximos meses.

El Tratado de Adhesión de España a la Comunidad contemplaba un período transitorio o de stand still para el conjunto de las grasas hasta finales de 1990. Desde la entrada de España en la CE hasta diciembre de este año, han funcionado u...

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La Comunidad Europea, con el voto en contra del Reino Unido, ha dado luz verde a la nueva reglamentación para el aceite de girasol, que deberá entrar en vigor a partir del primero de enero de 1990. Esta regulación supone nuevas ayudas a partir de 1991 y significa una estabilización para los precios de la pipa que se recolecte en los próximos meses.

El Tratado de Adhesión de España a la Comunidad contemplaba un período transitorio o de stand still para el conjunto de las grasas hasta finales de 1990. Desde la entrada de España en la CE hasta diciembre de este año, han funcionado una serie de medidas de protección para las grasas nacionales imponiendo fundamentalmente limitaciones a la importación. En el caso del girasol, la producción española ha tenido una aproximación de precios de intervención a los comunitarios mientras se cerraba la importación a precios internacionales y se concedían ayudas para la exportación. Los industriales recibieron en el último año una ayuda en torno a las 10 pesetas por cada kilo de pipa utilizado.La nueva reglamentación comunitaria que supone el final del período de stand still, junto a la apertura de las fronteras a la importación, contempla la concesión de ayudas a la industria a razón de unas 40 pesetas por kilo de pipa comprada en el mercado comunitario. Esta ayuda se concederá a partir del primero de enero de 1991 cuando se liberalice el mercado exterior a efectos de importación. Sin embargo, el reglamento contempla la concesión de esta cantidad no solamente para la pipa que se compre a partir de esa fecha sino para toda la producción transformada que figurase en manos de las industrias al 31 de diciembre de 1990.

Esta condición lograda en Bruselas por la Administración española supone una garantía de estabilidad para el mercado del aceite de girasol y de las cotizaciones en el campo durante los meses finales del año. Los industriales podrán adquirir sin interrogantes la pipa producida en esta campaña con la seguridad de recibir por los stocks que tengan a finales de año las cantidades correspondientes a razón de la ayuda que se determine en su día por Bruselas.

Con este reglamento, se pone fin al periodo transitorio fijado por el Tratado de Adhesión eliminando los posibles riesgos de desequilibrio en el mercado. Por otra parte, ha sido autorizada la exportación de otras 15.000 toneladas de aceite de girasol.

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