Fue ayuda al suicidio y no homicidio: la Corte Suprema libera al hombre acusado de matar a la estudiante Yessica Aguirre
La sala de casación penal concluye que hubo errores en la sentencia contra Hernán Ramírez, un habitante de calle que en 2017 ayudó a la joven de 21 años a quitarse la vida
La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha liberado a Hernán Ramírez, el habitante de calle acusado de matar a la estudiante de enfermería Yessica Aguirre en 2017. El máximo tribunal de justicia se ha referido por primera vez al delito de ayuda al suicidio en una sentencia que marca un hito en el país. La sala de casación penal estudió el caso de Ramírez, conocido en las calles como La Lora, condenado por la muerte de Yessica Aguirre, una joven de 21 años que encontraron degollada en el baño de un motel en Manizales. Los magistrados han determinado que la decisión en su contra fue equivocada y que el tribunal debió condenarlo por el delito de ayuda al suicidio, con penas de entre 32 y 108 meses de prisión, y no por homicidio agravado, con penas de 480 a 600 meses de prisión.
A comienzos de 2017, Yessica era una estudiante de tercer semestre de enfermería, tenía 20 años y atravesaba problemas personales y familiares. Quería morirse. Los hechos estudiados por la Corte Suprema señalan que en el historial de su computador, que fue objeto de investigación, se encontraron búsquedas que muestran su desespero. “Formas fáciles de cometer suicidio”, “suicidio sin dolor” o “cómo cortarse las venas correctamente”. También buscaba cuáles eran los sitios más peligrosos en la ciudad o cómo contratar a un sicario. El 26 de febrero buscó ayuda en la calle. Contactó a Hernán Ramírez, conocido con el alias de La Lora, a través de otra mujer a quien llamaban La Leche. La oferta, señala la sentencia, era que le ayudara a “morir bien” en alguna residencia a cambio de dinero. La Lora, de 57 años, aceptó.
Los tres se encontraron en el centro de Manizales y caminaron un rato, hasta que la estudiante y La Lora tomaron un taxi que los llevó a un motel. Ella pagó y entraron a la habitación número diez. Apenas unos minutos después él salió del lugar con la chaqueta de Yessica puesta. El cuerpo fue encontrado por los empleados de la residencia en el baño, sobre unos cojines, con una cortada profunda en el cuello. En el cuarto había una nota de ella, en la que decía que estaba allí por decisión propia y que no había culpables. En las cámaras quedó registrado cuando la estudiante pidió una hoja y un lápiz en la recepción y volvió a entrar a la habitación. “Estoy aquí por decisión propia, no busquen responsables. Mami, te amo”, dejó escrito.
El 17 de mayo de 2017, a La Lora le imputaron los delitos de homicidio agravado y hurto calificado. Terminó condenado a 400 meses de prisión. El fallo fue apelado por su defensa, que este viernes ha escuchado la decisión de la Sala Penal de la Corte Suprema que determinó que el acusado ayudó a Yessica a suicidarse, pero no la asesinó. El médico que declaró en el juicio inicial no había descartado que la propia mujer hubiera sido quien se propinó la herida mortal, pero el Tribunal que condenó a La Lora desechó esa opinión y lo señaló de haber sido el responsable. Los magistrados de la Corte dicen ahora que no había pruebas para determinar que él fue quien lesionó fatalmente a la víctima, aunque sí estuviera involucrado en el caso porque estaba con ella cuando murió.
La Corte, en la sentencia con fecha del 25 de enero, explica que para procesar a alguien por el delito de ayuda al suicidio es necesario que la familia, en este caso la de la estudiante Aguirre, manifieste su interés en que se investigue, y que eso no ocurrió en este caso. Por lo tanto, Ramírez tampoco fue procesado por ese delito. La sentencia es importante porque establece claramente la diferencia entre homicidio y ayuda al suicidio, que fue lo que se configuró en este caso en el que el acusado acompañó a alguien a morir, pero no ejecutó su muerte.
@CorteSupremaJ determina que causar directamente la muerte a una persona que decide suicidarse no constituye delito de ayuda al suicidio, sino homicidio. ¿Cuáles son los límites de la ayuda al #suicidio según mayoría de #SalaPenal? Ver SP005-2023 en➡️ https://t.co/PbNv7jfEZ7 pic.twitter.com/DrRq4R5fFL
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) February 10, 2023
La Lora hizo un relato detallado de lo que había ocurrido tras su encuentro con Yessica. “Lo rindió [el testimonio] con una elocuencia y léxico acordes a su condición –la de un hombre que pasó varios años siendo adicto al bazuco viviendo en los límites de la indigencia– pero de manera, a no dudarlo, hilada y comprensible”, señala la Corte.
Según versiones que se escucharon cuando se conoció la noticia de su muerte, la estudiante había acordado pagarle 120.000 pesos (unos 40 dólares de la época) para que la ayudara. Su cuerpo, según declararon empleados del motel y funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigaciones, estaba bajo la ducha abierta y recostado sobre algunos cojines y cobijas.
La Lora relató que cuando entraron a la habitación, ella le preguntó que cómo iban a hacerlo. “Yo le dije como en película, váyase pa’l baño. Cogí las dos almohadas, las puse en el baño, tiré una cobija ahí y le dije ‘siéntese ahí y haga lo que tenga que hacer”, señala su testimonio, recogido en la sentencia. Continúa diciendo que no sabe de dónde, ella sacó una navaja. “Me dijo ‘vea, eso no es sino hacerle así’ (hace un gesto de corte en el cuello)”. Cuenta que se sentó sobre las almohadas y le dijo que le regalaba la chaqueta y que agarrara la plata que dejaba. El hombre dice que cuando vio la sangre, cogió la navaja, se puso la chaqueta y se fue.
La sala concluyó que la sentencia inicial incurrió en errores que condujeron a emitir una condena por homicidio agravado mientras las pruebas demostraban que se trataba de ayuda a suicidio. “Esos errores llevaron a ignorar esa duda probatoria, que debió ser resuelta a favor del acusado, con el delito de ayuda a suicidio que tiene una pena más benévola, al ser querellable y los herederos de la víctima no manifestaron que el hecho fuera investigado”.
La Corte insiste en su decisión que causar directamente la muerte a una persona que decide suicidarse no constituye delito de ayuda al suicidio, sino homicidio, pero que ese no fue el caso de Hernán Ramírez Carvajal y la estudiante Yessica Aguilera. Al final, la justicia estableció que no hay responsables, como ella lo pedía en la carta.
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