Lucía Avilés, jueza especializada en violencia de género: “Es un reto que las víctimas se sientan creídas”
La magistrada, una de las nuevas vocales del Consejo General del Poder Judicial, insta a humanizar el trato que se da a las denunciantes en los tribunales
Lucía Avilés (Madrid, 1978) lanza en su descripción en X una declaración de intenciones: “La empatía es la más radical de las emociones (G. Esteinem)”. Como jueza especializada en violencia de género insta a humanizar el trato que se da a las denunciantes por estos delitos en los tribunales. “Existe un componente que no está en otros tipos delictivos como la vinculación emocional con el agresor, y esto requiere una especial profesionalidad, más pedagogía y el uso de herramientas que les haga un poco más fácil lo que de...
Lucía Avilés (Madrid, 1978) lanza en su descripción en X una declaración de intenciones: “La empatía es la más radical de las emociones (G. Esteinem)”. Como jueza especializada en violencia de género insta a humanizar el trato que se da a las denunciantes por estos delitos en los tribunales. “Existe un componente que no está en otros tipos delictivos como la vinculación emocional con el agresor, y esto requiere una especial profesionalidad, más pedagogía y el uso de herramientas que les haga un poco más fácil lo que de por sí es difícil”, afirma la vocal del renovado Consejo General del Poder Judicial en su despacho de Madrid. En este 2024, en el que se cumplen 20 años de la ley contra la violencia de género en España, 10 de la entrada en vigor del Convenio de Estambul y 25 del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, ve positivo lo ya conseguido, pero queda. Avilés, que también es fundadora de la Asociación de Mujeres Juezas, ha pedido en una iniciativa judicial la tipificación en el Código Penal de la violencia económica como modalidad de la de género.
Pregunta. ¿Cuál es el principal éxito de estos 20 años?
Respuesta. Es un logro que la sociedad española haya tenido la madurez para definir, etiquetar y regular este fenómeno delictivo. Partíamos del desconocimiento y el principio de debida diligencia implica la exigencia reforzada tanto en la prevención como en la investigación, la sanción y la reparación. Y en concreto del ámbito penal, destacaría la creación de los juzgados de violencia sobre la mujer, la especialización de los titulares y el sistema de garantías de protección de derechos. Y lo más importante, se salvan vidas.
P. ¿Qué queda rezagado o considera relevante priorizar?
R. Lo que afecta a la protección de niñas y de niños. El legislador va entendiendo que la maternidad supone un riesgo objetivo y que los menores son víctimas de la violencia de género. También queda entender que no solo es aquella que se ejerce contra nosotras en el ámbito familiar o doméstico, sino que también es la que se ejerce por el mero hecho de ser mujeres y que nos afecta desproporcionalmente. Además, habría que incluir otras formas de violencia que se prevén en el contexto internacional como la económica, la obstétrica, la digital o la trata. Y también crearía más juzgados de violencia sobre la mujer, más juzgados penales especializados, secciones especializadas en las audiencias provinciales, un mejor control telemático y un refuerzo de los sistemas de detección y valoración de riesgo. También hay una asignatura pendiente con la reparación a las víctimas.
P. ¿Y en lo que afecta a los profesionales de Justicia?
R. Seguir con cursos de formación adecuada, obligatoria, transversal y actualizable. No solo para juezas y jueces, sino para todos los que tenemos un contacto directo o indirecto con las víctimas.
P. Consta que hay víctimas que perciben violencia institucional.
R. Son muchas las ocasiones en las que se escucha a las víctimas decir ‘no me he sentido creída’ y es un reto importante para la Justicia que las víctimas se sientan creídas. La Justicia cree a las víctimas, lo que sucede es que en determinadas ocasiones hay una quiebra del sistema penal y se producen sentencias absolutorias o archivos o sobreseimientos. Esto no quiere decir que no las creamos, sino que hay unas reglas procesales que hay que cumplir. No solo se respetan los derechos de las víctimas, también hay que garantizar los derechos del denunciado, entre ellos, el principio de presunción de inocencia. Dicho esto, para corregir determinadas deficiencias que pudieran desembocar en lo que ha venido a denominarse como violencia institucional es un soporte básico la formación en violencia de género de los operadores jurídicos.
P. En casos como el de Íñigo Errejón, ¿qué herramientas tienen para analizar una denuncia así por violencia sexual?
R. Está la toma de declaraciones a la víctima, a la persona denunciada y a los testigos, que pueden ser directos o de referencia. Se puede obtener información del volcado de teléfonos y ordenadores, y también de valoraciones periciales, donde se mide el impacto psicológico de la situación traumática.
P. La violencia psicológica deja secuelas terribles y precede a la física y al asesinato. ¿Por qué no siempre se piden peritajes?
R. Hay herramientas que tenemos que seguir explorando y empleando, por ejemplo, ha ido aumentando el uso del protocolo forense de valoración urgente de riesgo que da una fotografía fija de cómo se encuentran los componentes del núcleo familiar. También el daño social es objeto de informes, donde se pone de manifiesto como podría haber sido la vida de la víctima de no haber estado sometida a una situación de maltrato.
P. ¿En este caso la violencia económica es clave?
R. Totalmente. Partimos de la base de que en nuestro Código Penal solo se regula el impago de pensiones. Con las investigaciones que hemos realizado, sabemos que este impago puede ser una manifestación de violencia económica de género, y sucede que el legislador lo contempla de una forma neutra, completamente descontextualizada. Pero si se sabe interpretar encontramos una situación de dependencia económica de la víctima respecto del agresor. Y eso se va a traducir en la privación de elementos claves para la vida, como la alimentación, el abrigo, la sanidad o los recursos psicológicos... Estadísticamente, la madre es quien se ve afectada mayoritariamente por este delito de impago y se ve obligada a cuidar en exclusiva a los hijos y a las hijas, a asumir en exclusiva la carga económica con el consiguiente empobrecimiento, y a tener que aceptar cualquier tipo de trabajo, lo que le impide la promoción profesional. En determinadas ocasiones se llega a perder la casa o se tienen que mudar, con las rupturas de redes que eso también conlleva. Y todo impacta también en los niños y niñas.
P. Ha sido un año terrible para la violencia vicaria.
R. Se ha ido fortaleciendo el sistema, e indudablemente hay una responsabilidad institucional en la protección de sus vidas. Hay que extremar la precaución en el momento de la separación y hacer una observación detenida de cómo se presenta el núcleo familiar. Ayudaría anticiparnos a esa situación de riesgo y puede ser idóneo un acompañamiento emocional y psicológico. También coordinarnos más entre juzgados para compartir la información en todo momento.
P. ¿Cómo se toma el debate público de casos como el de Íñigo Errejón?
R. Por un lado, existe una dimensión mediática que ha propiciado en determinadas ocasiones un cambio legislativo. Como ejemplo paradigmático está el de la violación grupal de Pamplona, que finalizó con la sentencia del Tribunal Supremo que consolidó la doctrina de la intimidación ambiental y que calificaba como agresión sexual lo que había sido calificado como abuso sexual. Y se consolidó finalmente con la Ley del solo el sí es sí, que entre otras cuestiones asumió algunos de los de los postulados que se reivindicaban desde el movimiento feminista y consolidó el consentimiento en el centro de las violencias sexuales. Por otro lado, se ha propiciado también un cambio de mentalidad como surgió del denunciado beso de Rubiales. A partir de ese momento se exteriorizó, se identificó ya sobre la base de la Ley del solo el sí es sí, como ese beso no consentido tenía la calificación de agresión sexual.
P. ¿Cómo vincula ambas vías, social y jurídica?
R. Ambas son complementarias. No se tiene que obligar a la víctima a denunciar en el procedimiento judicial. Puede ser que no sea el momento, que no esté preparada o que no le apetezca someterse al proceso penal. Pero eso no impide que las víctimas no puedan relatar socialmente aquello que les ha sucedido para construir una verdad social y una contranarrativa al relato que se ha ido publicitando. Pueden compartir públicamente su testimonio por una necesidad de descargo emocional y de romper con esa esencia social impuesta. Esos cauces tratan de construir otras narrativas que en muchas ocasiones se nos ha privado a las mujeres por el miedo, la culpa o la vergüenza. Y esto está relacionado con las violencias sexuales. La denuncia social al final permite romper este pacto de silencio y a la vez tiene un efecto reparador y sanador en las víctimas.
P. Ha mostrado su posición pública por la defensa de las juezas afganas. ¿Qué le conmueve de este caso?
R. Estaban siendo perseguidas por quienes ellas habían juzgado en un determinado momento. Estaban siendo sometidas a una situación de vigilancia, control y persecución, poniendo en riesgo sus vidas y las de sus familias por la defensa de un Estado de Derecho. A través de la Asociación Internacional de Mujeres Juezas y su comité de urgencia se pudieron evacuar de Afganistán a compañeras juezas y fiscales. Debemos seguir insistiendo para establecer corredores humanitarios.
P. ¿Qué se está escapando del foco?
R. El gran reto es prestar un soporte intersectorial a aquellas mujeres que presentan una doble o triple discriminación por su cultura, su religión, su raza o su condición económica. Y también creo que las grandes olvidadas son las reclusas. En un porcentaje muy alto son mujeres victimizadas y las instituciones tenemos una responsabilidad con ellas. Muchas veces proceden de entornos violentos y ellas han sufrido violencia de género. Es de justicia poner el foco de atención sobre ellas.