La fase 2 amplía los horarios para el deporte y los paseos

Una orden publicada este sábado en el BOE introduce novedades también en las fases 1 y 0 de desescalada

El ambiente en la terraza de un restaurante del puerto de Gandía, en fase 1, el pasado día 11 de mayo.Mònica Torres

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Los 45.000 residentes en las cuatro islas —Formentera (Baleares) y La Graciosa, La Gomera y El Hierro (Canarias)— que marcan el camino hacia la nueva normalidad entrarán en fase 2 este lunes. En ellas, se podrá hacer deporte a cualquier hora del día, a excepción de los horarios reservados para personas ma...

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Los 45.000 residentes en las cuatro islas —Formentera (Baleares) y La Graciosa, La Gomera y El Hierro (Canarias)— que marcan el camino hacia la nueva normalidad entrarán en fase 2 este lunes. En ellas, se podrá hacer deporte a cualquier hora del día, a excepción de los horarios reservados para personas mayores de 70 años, de 10.00 a 12.00 y de 19.00 a 20.00, según una orden publicada en el Boletín Oficial del Estado a última hora de este sábado, que también flexibiliza algunas limitaciones para la fase 0 y 1, tal y como anunció el viernes el ministro de Sanidad, Salvador Illa.

En la fase 0, en la que continúan la Comunidad de Madrid, Barcelona y gran parte de Castilla y León, los comercios de hasta 400 metros cuadrados podrán abrir sin necesidad de cita previa, como sucedía hasta ahora, aunque el aforo se limita a un 30% de su capacidad. También podrán abrir centros educativos y universitarios y bibliotecas y se reanudan las visitas a museos. Los centros deportivos de alto rendimiento también abren, pero no las instalaciones deportivas al aire libre. Los lugares de culto pueden reanudar su actividad a un tercio del aforo y a los velatorios podrán acudir hasta 15 personas si se trata de espacios abiertos (10 en cerrados).

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En la fase 1, donde está el resto del territorio español —en ella entran mañana las zonas que faltaban de la Comunidad Valenciana, las provincias que faltaban de Castilla-La Mancha (Albacete, Ciudad Real y Toledo) y Andalucía (Granada y Málaga)—, se permitirá la caza y la pesca deportiva y recreativa y los locales de más de 400 metros podrán abrir siempre y cuando limiten su espacio a este umbral. En estos establecimietos podrán ofertar rebajas, pero siempre que puedan asegurar “que no se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad, el cumplimiento de los límites de aforo, o comprometan el resto de medidas establecidas en esta orden”.

Asimismo, en fase 1 podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta.

Son algunas de las flexibilizaciones que se introducen “ante la evolución epidemiológica positiva y el oportuno cumplimiento de los criterios establecidos”.

Características de la fase 2

La orden detalla también todas las medidas que se relajan en la fase 2, donde ahora entran las islas, pero a la que en una semana pasarán previsiblemente la mayoría de los territorios que están hoy en fase 1. En este estadio las reuniones sociales se amplían a 15 personas y se podrá reabrir al público los centros y parques comerciales, aunque sigue prohibida la permanencia en las zonas comunes o áreas recreativas. Su aforo está limitado al 40%. También se amplía el número de puestos que pueden operar en mercados al aire libre a un tercio de los puestos habituales o autorizados. Además de las terrazas, que ya están funcionando a la mitad de su capacidad, se pueden abrir bares y restaurantes para consumo en el interior (salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno), con un aforo permitido del 40%.

Las comunidades autónomas podrán permitir las visitas de un familiar a viviendas tuteladas y a centros residenciales de personas con discapacidad, siempre que en estas residencias no haya casos confirmados de covid-19 o alguno de los residentes esté en período de cuarentena y que se cumplan las medidas de higiene y prevención establecidas.

A modo de resumen, esto es lo que se permite a partir de el lunes:

Actividades en la fase 0,5

Hay unos 14 millones de personas —en la Comunidad de Madrid, la ciudad de Barcelona, la mayoría de Castilla y León— que seguirán en una fase 0 aliviada una semana más. En esta fase intermedia los comercios de menos de 400 metros cuadrados podrán abrir sin cita previa y manteniendo las correspondientes medidas de seguridad. También las comunidades decidirán si abren los servicios sociales —se recomienda que en la medida de lo posible utilicen la teleasistencia— y podrán volver a trabajar las instalaciones científicas como los laboratorios universitarios. Se reanudará el préstamo de libros en las bibliotecas, y reabrirán los centros de alto rendimiento deportivo.

En esa fase 0,5 se permitirá que a los velatorios asistan 10 personas si son en un lugar cerrado, o 15 si lo son en uno abierto. En cambio, se mantienen las limitaciones a la movilidad (solo se podrá salir para trabajar, comprar o durante las horas reservadas para el ejercicio) y no se autoriza abrir las terrazas ni las reuniones sociales o familiares de personas que no hayan pasado la cuarentena juntas.

Actividades en la fase 1

El presente para la mayoría de españoles ―33 millones de ciudadanos― será a partir del lunes la fase 1. Las principales actividades permitidas durante esa etapa, que fueron definidas por otro real decreto hace una semana, son estas:

Movilidad. Los ciudadanos podrán desplazarse por todo el territorio de su provincia o isla. En los coches podrán ir todos los miembros de una familia. Se puede viajar y alojarse en las segundas residencias si están dentro de la misma provincia.

Comercio. Los locales comerciales de menos de 400 metros cuadrados podrán abrir sin dar cita previa. Los establecimientos mayores podrán acotar una superficie equivalente para atender a la clientela. Los centros comerciales seguirán cerrados. Deberán tener un horario para atender prioritariamente a mayores de 65 años.

Espectáculos y centros culturales. Los teatros, cines y museos podrán abrir para un tercio de su aforo, con un máximo de 30 personas en los espectáculos con asientos. Las bibliotecas abrirán con las mismas condiciones, pero solo para el préstamo y devolución de libros.

Reuniones sociales. Podrán juntarse hasta 10 personas con medidas de protección (separación, mascarillas), tanto en una vivienda particular como en un establecimiento público que lo permita o, por ejemplo, en el campo durante una excursión. Las personas en situación de especial vulnerabilidad (mayores, enfermos) no están excluidas, siempre y cuando se protejan adecuadamente.

Bares y restaurantes. Se autoriza la apertura de las terrazas de los bares y los restaurantes a un 50% del aforo y priorizando los objetos de un solo uso.

Templos. Se permite la apertura de lugares de culto con un tercio de su aforo. No se podrán compartir objetos. Y si se reza en el suelo, cada asistente deberá llevar su alfombrilla.

Actividades deportivas. Entrenamientos individuales de deportistas de élite y federados. Podrán abrir centros deportivos con cita previa, controlando el aforo para asegurar la separación, y sin permitir el uso de vestuarios o duchas.

Centros educativos. Podrán estar abiertos para tareas indispensables (mantenimiento).

Centros sociosanitarios. Se priorizará la atención telemática, pero abrirán si requieren prestar atención en persona.

Paseos. Se mantienen las franjas horarias para paseos o juegos de niños en la calle. Esto no se aplica en las localidades de menos de 5.000 habitantes.

Alojamientos turísticos. Pueden abrir hoteles y otros albergues turísticos con el 100% de las habitaciones, pero sin usar las zonas comunes.

Mercadillos. Se permiten los mercados al aire libre con un 25% de los puestos y un tercio del aforo.

Caza y pesca. Podrán reanudar su actividad la caza y la pesca deportiva.

Actividades en la fase 2

Contacto social. Se amplían a 20 personas los grupos que pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza y se permite la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias sin que se supere la cifra de 50 asistentes y siempre que se respete la distancia física exigida de dos metros.

Segundas residencias. Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza

Centros comerciales. Centros comerciales y parques comerciales podrán abrir siempre que limiten el aforo total al 30% de sus zonas comunes y al 40% el aforo de cada uno de los establecimientos comerciales situados en ellos. No se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes excepto para el mero tránsito entre los establecimientos comerciales.

Restauración. Abrirán establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere un 40% de su aforo. El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.

Se podrá ofrecer productos, ya sean frescos o elaborados con anticipación, para libre disposición de los clientes siempre que sea asistido con pantalla de protección, a través de emplatados individuales y/o monodosis debidamente preservadas del contacto con el ambiente. Deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia física de dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

Hoteles. Podrán abrir al público de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos que hubieran suspendido su apertura al público, siempre que no se supere un tercio de su aforo.

Cines y teatros. Todos los cines, teatros, auditorios y espacios similares, cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma podrán reanudarla siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen un tercio del aforo autorizado.

Conciertos. En el caso de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo autorizado, ni reunir más de 400 personas.

Lugares de culto. Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 50% de su aforo.

Velatorios. Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.

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