El Supremo permite a Cuixart asistir al nacimiento de su hijo
El alto tribunal deja que el líder de Òmnium acuda al parto y permanezca seis horas más con el bebé y su madre
El presidente de la asociación Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, en prisión provisional por el procés desde octubre de 2017, podrá asistir al parto de su cuarto hijo. El tribunal que ha juzgado a los líderes independentistas acusados de rebelión ha accedido este miércoles a la petición formulada por Cuixart, que podrá salir de la cárcel para asistir al nacimiento de su hijo y, una vez...
El presidente de la asociación Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, en prisión provisional por el procés desde octubre de 2017, podrá asistir al parto de su cuarto hijo. El tribunal que ha juzgado a los líderes independentistas acusados de rebelión ha accedido este miércoles a la petición formulada por Cuixart, que podrá salir de la cárcel para asistir al nacimiento de su hijo y, una vez que este se produzca, permanecer junto a él y la madre un máximo de seis horas.
La decisión del Supremo coincide con la posición de la Fiscalía del alto tribunal, que el pasado 13 de agosto se mostró a favor de conceder a Cuixart el permiso extraordinario. Según el ministerio público, la solicitud del presidente de Òmnium “encaja en los supuestos legalmente previstos que justifican la concesión de un permiso extraordinario”, en concreto en los artículos 47 y 48 de la Ley General Penitenciaria.
Tras ese informe de los fiscales, el Supremo optó por aplazar su respuesta hasta que estuviera más cerca la fecha prevista para el nacimiento, el 22 de septiembre. Hace unos días, los abogados de Cuixart reiteraron su petición y alegaron que, según los médicos que tratan a su pareja, el parto podía producirse ya en cualquier momento. En la resolución dictada este miércoles, el Supremo insta a “adoptar las medidas de seguridad que resulten precisas” durante el tiempo que Cuixart esté fuera de prisión. Además, ordena a la cárcel de Lledoners, donde está interno el líder de Òmnium, que dé “inmediata cuenta” al Supremo “en el momento en que se produzca la salida”.
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