Perpetuar el secreto
El Gobierno aplaza una vez más la sustitución de la Ley de Secretos Oficiales vigente desde el franquismo
El hecho de que España siga rigiéndose por la ley franquista de secretos oficiales, 47 años después de la muerte de Franco, es una anomalía y una larga negligencia democrática. Su sistema de clasificación de documentos no es homologable al de sus socios y aliados, e incluso el mismo concepto de “seguridad del Estado” no puede ser el mismo en una democracia que en una dictadura. España es uno de los pocos países que no tienen un procedimiento automático de desclasificación de documentos, de manera que una vez esta...
El hecho de que España siga rigiéndose por la ley franquista de secretos oficiales, 47 años después de la muerte de Franco, es una anomalía y una larga negligencia democrática. Su sistema de clasificación de documentos no es homologable al de sus socios y aliados, e incluso el mismo concepto de “seguridad del Estado” no puede ser el mismo en una democracia que en una dictadura. España es uno de los pocos países que no tienen un procedimiento automático de desclasificación de documentos, de manera que una vez estampado el sello de secreto, se prolonga indefinidamente como si de una maldición se tratara. Y lo es para los investigadores, que a menudo no tienen más remedio que peregrinar por archivos extranjeros para tener acceso a documentos relevantes de la propia historia de España.
Después de media docena de intentos frustrados, el Gobierno aprobó en agosto pasado el anteproyecto de ley de información clasificada, como se rebautizó a la Ley de Secretos Oficiales. Tras haber figurado durante meses a la cola de las prioridades políticas del Gobierno, el caso Pegasus puso a la nueva ley en primer plano de la agenda política. Pero el texto estaba lejos de ser satisfactorio. El número de materias susceptibles de ser clasificadas solo era comparable a las innumerables autoridades facultadas para clasificar. También los periodos de clasificación eran larguísimos: 50 años prorrogables hasta 65 para los asuntos de “alto secreto”. La posibilidad de multar con hasta tres millones de euros a quienes publicaran documentos clasificados seguía siendo una espada de Damocles sobre el derecho a la información, que es de los ciudadanos. Con todo, es mejor una mala ley que la vigente ley franquista y, antes de que se aprobara definitivamente por el Consejo de Ministros y durante su tramitación parlamentaria, se podría haber modificado el proyecto inicial.
Así las cosas, suena a pobre excusa que a pocos meses de las elecciones del 28 de mayo el Gobierno anuncie que esperará a tener un consenso parlamentario previo, junto al informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), antes de enviar el proyecto a las Cortes. El Gobierno ha aprobado leyes con las que ni siquiera una parte del Gobierno estaba de acuerdo, y el informe del CGPJ, que ha superado de sobra el plazo previsto para emitir opinión, no es preceptivo.
Nadie sabe cuándo volverá a haber ocasión de aprobar una ley que mantenga el equilibrio entre la seguridad del Estado y el derecho a la información, sin sacrificar la segunda en aras de la primera. Mientras tanto, el Gobierno dispone de margen de maniobra y podría extender a los demás departamentos el criterio aplicado por Defensa, según el cual todos los documentos anteriores a 1968, fecha de entrada en vigor de la ley vigente, no están legalmente clasificados y, por tanto, pueden ser de forma inmediata de acceso público.