El derecho a morir, regulado
La ley de eutanasia sale adelante entre quejas de falta de información y trabas administrativas
Casi 28 años después de aquel julio de 1993 en el que Ramón Sampedro pedía en un juzgado permiso para morir, la ley de eutanasia entró en vigor en España. Con la operativa de las comunidades todavía a medio gas, algunas reticencias ideológicas y una nube de dudas en el aire, el pasado 25 de junio el debate que abrió Sampedro se había terminado al fin y la eutanasia entraba en el Sistema Nacional de Salud.
La prestación, eso sí, no está al alcance de todo el mundo. Los criterios son muy concretos, y los controles, extre...
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Casi 28 años después de aquel julio de 1993 en el que Ramón Sampedro pedía en un juzgado permiso para morir, la ley de eutanasia entró en vigor en España. Con la operativa de las comunidades todavía a medio gas, algunas reticencias ideológicas y una nube de dudas en el aire, el pasado 25 de junio el debate que abrió Sampedro se había terminado al fin y la eutanasia entraba en el Sistema Nacional de Salud.
La prestación, eso sí, no está al alcance de todo el mundo. Los criterios son muy concretos, y los controles, extremadamente estrictos: la persona tiene que ser mayor de edad, sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave e imposibilitante, y expresar por escrito dos veces su voluntad. Solo así entra en un circuito asistencial que tiene, además, tres filtros de control: la solicitud necesita el aval del médico responsable, de otro facultativo consultor y el visto bueno final de la Comisión de Garantía y Evaluación de la comunidad autónoma, el órgano que tiene la última palabra.
Los primeros meses con la ley en marcha han estado marcados por el azote de una pandemia que ha puesto contra las cuerdas al sistema sanitario y también por los tropiezos naturales de una norma naciente, el desconocimiento de algunos profesionales y el embudo burocrático de las autonomías. Madrid y Andalucía todavía han constituido hace pocas semanas sus respectivas comisiones de garantías, instituciones imprescindibles para desplegar la ley.
No hay datos oficiales de solicitudes y ejecuciones de la prestación, pero el goteo de casos no ha cesado. Con más o menos diligencia, “a velocidades diferentes” en las distintas comunidades, reconocía a EL PAÍS el presidente de la comisión catalana, Albert Tuca, la norma se ha ido aplicando. Cataluña es la única que ha dado cifras de sus primeros cinco meses con la ley en vigor. Ha registrado 53 solicitudes y 28 se han aprobado: ya se han realizado 24 prestaciones de ayuda a morir y 4 están pendientes.
Las entidades sociales se han quejado de la falta de formación e información de los profesionales, del incumplimiento de los plazos que fija la ley y de la opacidad en el acceso a los datos de solicitudes recibidas, denegadas y realizadas. “La puesta en práctica ha sido muy irregular dependiendo de la autonomía. Tampoco comprendemos esta reticencia a dar datos. Detectamos poca información y escasísima formación entre sanitarios y nula difusión entre la gente. Durante estos meses, en muchas ocasiones, no se ha facilitado a la ciudadanía el acceso a la ayuda para morir recogido en la ley y nos parece inadmisible”, dice Javier Velasco, presidente de la asociación Derecho a Morir Dignamente.
Quedan, además, cabos sueltos y cuestiones en el aire que habrá que resolver. Como la puerta que deja abierta el Comité de Bioética de España a que la objeción de conciencia de los profesionales pueda ser institucional —la ley señala que es un derecho individual y no se puede ejercer en grupo—. O, por otra parte, qué hacer en los casos en los que los solicitantes tengan un trastorno de salud mental. A juicio de Tuca, este es uno de los temas pendientes y la ley actual no da respuesta.