La Audiencia no perseguirá a Castro por genocidio

Rechaza de nuevo una querella presentada por disidentes cubanos

La Audiencia Nacional ha decidido no investigar ni proceder contra el dirigente cubano Fidel Castro, porque a pesar de que ha delegado poderes en su hermano Raúl sigue siendo el jefe del Estado de Cuba y goza de inmunidad soberana. Los 17 magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia, bajo la presidencia de Javier Gómez Bermúdez, decidieron ayer por unanimidad, tras una reunión de dos horas, no admitir la querella que por presuntos delitos de genocidio, terrorismo, torturas y bienes específicamente protegidos en caso de conflicto armado había presentado el Comité de Ayuda a la Disidencia ...

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La Audiencia Nacional ha decidido no investigar ni proceder contra el dirigente cubano Fidel Castro, porque a pesar de que ha delegado poderes en su hermano Raúl sigue siendo el jefe del Estado de Cuba y goza de inmunidad soberana. Los 17 magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia, bajo la presidencia de Javier Gómez Bermúdez, decidieron ayer por unanimidad, tras una reunión de dos horas, no admitir la querella que por presuntos delitos de genocidio, terrorismo, torturas y bienes específicamente protegidos en caso de conflicto armado había presentado el Comité de Ayuda a la Disidencia 2506 (CAD 2506) contra el líder cubano y el ex ministro de Turismo Osmani Cienfuegos.

Los magistrados señalan que Castro tiene inmunidad de jefe de Estado
Se le culpaba de la muerte de nueve prisioneros de Playa Girón en 1961

Los disidentes cubanos, a través de varias asociaciones, han venido presentando periódicamente en la Audiencia Nacional, desde 1998, querellas por genocidio contra Castro por su supuesta responsabilidad en la muerte de nueve prisioneros, capturados en la invasión de Playa Girón, durante su traslado a La Habana el 20 de abril de 1961.

Tanto los jueces centrales de instrucción como la Sala de lo Penal, han rechazado en varias ocasiones iniciar una investigación por entender que Fidel Castro goza de un fuero especial, denominado inmunidad soberana, que impide juzgarle por ser jefe de Estado. Y, asimismo, ha estimado que los hechos denunciados no constituyen delito de genocidio ya que del relato de los propios querellantes no se desprende que Castro tuviera la intención de destruir un grupo humano, nacional, religioso, racial o étnico, lo que constituye un requisito indispensable para que exista genocidio.

Fuentes de la Sala indicaron ayer que el caso de Fidel Castro es similar a lo que ocurrió con la primera enfermedad de Franco o con Ronald Reagan cuando fue objeto de un atentado. En todos los casos, los mandatarios siguieron siendo jefes de Estado, aunque por razones de enfermedad o de las graves lesiones sufridas hubieran delegado sus funciones. Así ocurrió en España, en 1975, cuando Franco estuvo ingresado en el hospital La Paz, de Madrid, y cedió, por enfermedad, sus poderes al entonces príncipe de Asturias, don Juan Carlos. Y cuando se recuperó, retomó el mando, si bien en ningún momento dejó de ser el jefe del Estado. Lo mismo ocurrió con Ronald Reagan, que nunca dejó de ser el presidente de los Estados Unidos, a pesar de estar hospitalizado tras recibir varios disparos en un atentado, y aunque el vicepresidente asumió sus funciones.

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El caso de Castro, según los magistrados de la Audiencia Nacional, es similar. Ha cedido parte de sus funciones pero sigue siendo el jefe del Estado de Cuba, por lo que no ha perdido la inmunidad soberana, que impide que sea perseguido en España.

La Fiscalía se había opuesto a la admisión a trámite de la querella por considerar que existe una continua y constante actividad de los disidentes cubanos, que adoptan distintas denominaciones, para tratar de que prosperen sus tesis y se procese a Castro. Pero el fiscal Jesús Alonso sostiene que los hechos son idénticos a los de las querellas anteriores, por lo que la Justicia ya se pronunció sobre los mismos y no cabe hacer nuevos pronunciamientos por estar afectados por el principio de cosa juzgada.

La resolución no se notificará previsiblemente hasta el próximo martes. Aunque la decisión es firme y definitiva, es probable que los querellantes recurran la decisión de la Audiencia ante el Tribunal Supremo o ante el Constitucional.

El Comité de Ayuda a la Disidencia 2506 relataba en su querella que los 149 detenidos en Playa Girón fueron trasladados a La Habana para su encarcelamiento en "un camión de aluminio con forro interior de madera previsto para el transporte de mercancías, ni siquiera de animales y mucho menos de personas, pues al encontrarse herméticamente cerrado carece de orificio alguno al exterior que permita al ser vivo respirar (...). El vehículo viajó durante 11 horas hasta llegar a su destino. Durante el trayecto hubo varias paradas, y en ninguna de ellas se abrieron las puertas (...) a pesar de los gritos, lamentos y patadas que daban sus ocupantes. Cuando finalmente se abrieron las puertas, en el Palacio de Deportes en La Habana, nueve hombres habían muerto".

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