En España prima el derecho a la intimidad

La legislación española protege el derecho de acceso a la cultura y, en particular, a la obra de autores fallecidos. Pero esa protección está subordinada a la del derecho a la intimidad. "Acceso a la cultura e intimidad son dos derechos reconocidos por la Constitución", explica María Pilar Cámara Águila, subdirectora del master de Propiedad Intelectual de la Universidad Autónoma de Madrid. "Pero sólo el segundo es un derecho fundamental. Por eso, en mi opinión, en un eventual pulso entre los dos, es el que prevalece".

Eso no impide que la ley de propiedad intelectual atribuya a l...

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La legislación española protege el derecho de acceso a la cultura y, en particular, a la obra de autores fallecidos. Pero esa protección está subordinada a la del derecho a la intimidad. "Acceso a la cultura e intimidad son dos derechos reconocidos por la Constitución", explica María Pilar Cámara Águila, subdirectora del master de Propiedad Intelectual de la Universidad Autónoma de Madrid. "Pero sólo el segundo es un derecho fundamental. Por eso, en mi opinión, en un eventual pulso entre los dos, es el que prevalece".

Eso no impide que la ley de propiedad intelectual atribuya a los jueces el poder de remover el veto a la divulgación de obras de autores muertos. "Un autor, evidentemente, es libre de decidir lo que quiere publicar o no. Pero ese derecho de inédito no se transmite íntegro a los herederos. El ordenamiento quiere evitar que éstos de forma caprichosa impidan el acceso a obras cuando éstas tengan un interés cultural público", dice la profesora de Derecho Civil.

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Por obra, explica Cámara Águila, se entiende toda creación original. En el concepto podrían, por tanto, entrar también cartas. "Pero allí puede haber conflicto con el derecho a la intimidad".

A diferencia de Estados Unidos, además, en España la intimidad está protegida durante 80 años después de la muerte de la persona. Y, evidentemente, ampara también a familiares, amigos, amantes del autor en cuestión. Miguel Dalmau publicó hace dos años una biografía de Jaime Gil de Biedma. "Si dividiera ese trabajo en tres grandes áreas de investigación -familia, mundo literario y entorno sentimental-sexual-, tengo que decir que la peor fue la sentimental-sexual", dice Dalmau. "Recibí un trato exquisito de la familia. Otros, en cambio, me obligaron a declarar ante un notario que no habría desvelado ciertas identidades y publicado ciertas anécdotas". "Creo que en España puede dar más problemas este tipo de obstáculos que el tema del derecho de cita", reflexiona. "Tenemos, en este sentido, más margen de acción que EE UU. No es que la ley sea más blanda, pero la gente no tiene, como allí, el reflejo automático de demandar. Esto da más tranquilidad a la hora de utilizar el material", concluye.

Jaime Gil de Biedma.
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