El juez exige a la Junta que demande al Estado en el caso de las tabacaleras

El Ejecutivo andaluz tendrá que decidir antes de 15 días si mantiene la acción judicial

La Junta de Andalucía tendrá que demandar al Estado si quiere mantener viva su demanda contra seis tabaqueras, a las que exige una indemnización de 1,77 millones de euros por los gastos de atención sanitaria a 135 pacientes. El juez de Madrid que instruye la demanda ha aceptado la petición de las empresas. En el auto, argumenta que el Estado debe estar presente en el proceso, ya que debe dirimirse si tiene responsabilidad patrimonial por el antiguo monopolio de Tabacalera (hoy Altadis, una de las demandadas). Y reabre la posibilidad de enviar el caso a la vía contencioso-administrativa.
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La Junta de Andalucía tendrá que demandar al Estado si quiere mantener viva su demanda contra seis tabaqueras, a las que exige una indemnización de 1,77 millones de euros por los gastos de atención sanitaria a 135 pacientes. El juez de Madrid que instruye la demanda ha aceptado la petición de las empresas. En el auto, argumenta que el Estado debe estar presente en el proceso, ya que debe dirimirse si tiene responsabilidad patrimonial por el antiguo monopolio de Tabacalera (hoy Altadis, una de las demandadas). Y reabre la posibilidad de enviar el caso a la vía contencioso-administrativa.

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El titular del Juzgado número 68 de Primera Instancia de Madrid, Manuel Eduardo Regalado, da a la Junta de Andalucía un plazo de 15 días para ampliar su demanda a la Administración del Estado. Y, advierte de que "en caso contrario" procederá "al archivo definitivo de las actuaciones" y daría carpetazo así a la primera gran iniciativa jurídica en España contra las compañías por los perjuicios en la salud del consumo de tabaco.

El juez da dos razones básicas para considerar que la Administración del Estado debe estar incluida en la demanda, tal y como le pidieron hace diez días las empresas en la vista previa. El titular del Juzgado número 68 entiende que el Estado puede tener que hacer frente a una responsabilidad patrimonial si, al final del proceso, se da la razón a la Junta y se obliga a las compañías a indemnizar. Una conclusión que basa en la participación "directa e indirecta" a través de Tabacalera en la comercialización del tabaco hasta 1998. "Una parte notabilísima del consumo de tabaco de los citados pacientes [en la demanda] tuvo lugar con anterioridad a dicho año", recuerda.

Como segunda razón, el juez expone que la concesión del monopolio de fabricación y venta de tabaco a Tabacalera equivale a la "concesión de un servicio público". Y que, en estos casos, si existe una reclamación "por el funcionamiento anormal de un servicio público concedido", deberá dirigirse "contra la Administración que otorgó la concesión", que luego tendría que señalar quien debe pagar la posible indemnización.

Recurso

Las empresas habían solicitado también que el caso abandone la vía civil y se derivara a la contencioso-administrativa. El juez cree que "no ha lugar a estimar la falta de jurisdicción de este tribunal en este momento procesal". No se pronunciará, pues, hasta que la Junta decida si demanda al Estado, aunque dedica buena parte del auto a dar razones para remitir las diligencias a la vía contencioso-administrativa si no las archiva. El titular del Juzgado número 68 se apoya en varias sentencias y la normativa vigente para concluir que si en el supuesto daño del que se juzga al Estado han participado también sujetos privados, el demandante deberá reclamar contra ellos también en la vía contencioso-administrativa y no en la civil.

Contra este auto, la Junta de Andalucía puede interponer un recurso de reposición, en un plazo de cinco días, que resolverá el propio juez. Un portavoz de la Consejería andaluza de Salud explicó que el gabinete jurídico de la Junta estudia el auto y que el Ejecutivo andaluz decidirá hoy si agota el recurso.

En caso de que el titular del Juzgado número 68 desestime, como ocurre en la mayoría de los casos, el recurso de reposición, la Junta de Andalucía no tendrá más remedio que demandar a la Administración del Estado (el Gobierno central) si no quiere que se archive definitivamente la demanda. Será entonces cuando el juez tenga que pronunciarse sobre el envío de las diligencias a la vía contencioso-administrativa, una puerta que deja claramente abierta en el auto.

El Ejecutivo andaluz sí tendrá entonces la oportunidad de recurrir ante otra instancia, la Audiencia Provincial de Madrid, y evitar así que la causa llegue a la vía contencioso-administrativa con el Estado entre los demandados. Una opción que alargará aún más un proceso que arrancó hace dos años.

La Junta cuenta con hacer valer los mismos argumentos que ya expuso ante la propia Audiencia de Madrid en los primeros pasos del proceso, cuando las tabaqueras demandadas (Altadis, British American Tobacco, Cita, Tobacco Canary Island, Philip Morris Spain y J. T Internacional) exigieron que el caso empezara directamente en la vía contencioso-administrativa por la posible responsabilidad del Estado. Entonces, los abogados del Ejecutivo andaluz mantuvieron que el monopolio estatal era de carácter "fiscal" y nada tenía que ver "con la fabricación ni la distribución de cajetillas de cigarrillos". Y negaron que la concesión a Tabacalera pueda considerarse un "servicio público", cuando el único objetivo era "recaudatorio".

En mayo de 2003, la Audiencia de Madrid, indicó al juez que arrancara el proceso por la vía civil y decidiera más adelante si el Estado debía incluirse en la demanda (cosa que ha hecho ahora). Y, además, mantuvo que Tabacalera, al ser privatizada en 1998, "transmitió todos sus derechos, obligaciones y responsabilidades futuras" a la empresa privada Altadis. Un argumento al que se agarrará el gabinete jurídico de la Junta.

El consejero de Salud de la Junta de Andalucía, Francisco Vallejo.ALEJANDRO RUESGA

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