Una ley ambiental obligará a crear un registro público de empresas contaminantes

La industria deberá gastar 6.000 millones en reducir las emisiones a la atmósfera y el agua

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Los anejos del proyecto de Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, como se denomina oficialmente, establecen que las empresas tienen la obligación de facilitar el volumen de sustancias contaminantes que emiten en sus procesos productivos. Esos datos serán transmitidos por las comunidades autónomas al Ministerio de Medio Ambiente, quien a su vez los remitirá a Bruselas cada tres años. El registro será público, de manera que todos los ciudadanos podrán conocer el nivel de emisiones de la planta que existe en su término municipal o en su barrio. La lista de sustancias que deben figurar obligatoriamente son los compuestos de azufre, nitrógeno, carbono, compuestos orgánicos volátiles, metales, polvos, amianto, cloro, flúor, arsénico, cianuros, sustancias cancerígenas , dioxinas y furanos en cuanto a las emisiones atmosféricas.

Será obligatorio, igualmente informar de vertidos al agua de compuestos organohalogenados, fosforados, estánnicos, sustancias cancerígenas, hidrocarburos persistentes, cianuros, metales, arsénico, biocidas, materias en suspensión nitratos y fosfatos y otras sustancias que perjudiquen el balance del oxígeno.

El grupo parlamentario de CiU pide en una de sus enmiendas que la lista se entregue directamente por las comunidades autónomas a la Comisión Europea "en aplicación del principio de eficiencia, dice, no se justifica una intervención del Estado que no hace más que duplicar y retrasar el cumplimiento de una obligación".

El proyecto de ley recoge una modificación sustantiva de la Ley de Aguas, recientemente reformada. El permiso de vertidos dejará de depender de las Confederaciones Hidrográficas. Eso sí su informe será vinculante para que las autonomías los autoricen. A los órganos de Cuenca, a cambio, se les concede un plazo de diez meses para contestar.

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