MANIOBRAS TELEVISIVAS DEL GOBIERNO

La UE no atribuye a los Gobiernos homologar descodificadores

La normativa comunitaria europea sobre descodificadores (directiva 95/47 "sobre el uso de normas para, la transmisión de señales de televisión") no atribuye la competencia para normalizar los descodificadores a los Gobiernos nacionales sino a los organismos europeos reconocidos de normalización. Ofrece dos fórmulas distintas para que estos aparatos cumplan la obligación de facilitar el acceso a todas las cadenas; y exige a los Gobiernos una solución de los litigios "en un plazo razonable".La directiva encomienda a los Estados la tarea de garantizar que los 11 operadores de los servicios...

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La normativa comunitaria europea sobre descodificadores (directiva 95/47 "sobre el uso de normas para, la transmisión de señales de televisión") no atribuye la competencia para normalizar los descodificadores a los Gobiernos nacionales sino a los organismos europeos reconocidos de normalización. Ofrece dos fórmulas distintas para que estos aparatos cumplan la obligación de facilitar el acceso a todas las cadenas; y exige a los Gobiernos una solución de los litigios "en un plazo razonable".La directiva encomienda a los Estados la tarea de garantizar que los 11 operadores de los servicios de acceso condicional" (codificados) permitan a todas las cadenas televisivas y "en condiciones equitativas, razonables y no discriminatorias" usar determinados servicios técnicos que les posibiliten suministrar sus emisiones transmitidas por satélite. Esta obligación de apertura o compatibilidad persigue en primer lugar que los usuarios puedan, con una sola caja acceder a los distintos paquetes ofrecidos por las diferentes cadenas, evitando la multiplicación de cachivaches técnicos en los hogares.

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Para ello las cajas o descodificadores tendrán que cumplir un requisito: estar preparados para descodificar "con arreglo al algoritmo común europeo de descodificación", consistente en una tecnología que sirve para controlar el acceso a las emisiones. Ahora bien, la directiva, en su artículo 4, atribuye la normalización técnicade los aparatos a "un organismo europeo de normalización reconocido" (el más conocido es el Centro Europeo de Normalización, con sede en Bruselas) y no a los Gobiernos.

Ello parece contrastar con la aparente voluntad del Gobierno español de dictar normas homologadoras. Los distintos descodificadores disponibles en el mercado europeo cumplen el requisito de normalización, según fuentes del sector.

En su propósito de garantizar el acceso y defender al consumidor, como subrayan fuentes comunitarias, la directiva impone a los fabricantes de descodificadores una obligación de hacerlos compatibles entre sí, de manera que el usuario pueda acceder a los distintos programas codificados mediante un solo aparato. Para ello los fabricantes pueden elegir dos fórmulas. Una es establecer un mecanismo para interconectar los distintos sistemas de acceso. Pero esto no se ha logrado tecnológicamente. Otra fórmula consiste en que la empresa que controla el descodificador deja utilizar su propia clave a las demás, pero garantizando la seguridad de datos de las otras. Éste es el acuerdo que alcanzaron en Alemania los grupos Kirch y Bertelsmann con la mediación del comisario de Tecnologías de la Información, Martin Bangemann.

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