El Gobierno se reserva el control por decreto de las empresas privatizadas

El Gobierno proyecta aprobar la Ley de control de privatizaciones antes de que finalice 1994. El texto de la Ley, que será examinado probablemente por el Consejo de Ministros del próximo viernes, faculta al Gobierno, comunidades autónomas y ayun tamientos para aprobar por decreto decisiones empresariales estratégicas (ventas de activos, fusiones, segregaciones o tomas de posición) en las empresas "de interés público" con participación estatal superior al 25% en el momento de aparición de la citada ley.

Narcís Serra y Pedro Solbes quieren aprobar los criterios para la privatización ...

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El Gobierno proyecta aprobar la Ley de control de privatizaciones antes de que finalice 1994. El texto de la Ley, que será examinado probablemente por el Consejo de Ministros del próximo viernes, faculta al Gobierno, comunidades autónomas y ayun tamientos para aprobar por decreto decisiones empresariales estratégicas (ventas de activos, fusiones, segregaciones o tomas de posición) en las empresas "de interés público" con participación estatal superior al 25% en el momento de aparición de la citada ley.

Narcís Serra y Pedro Solbes quieren aprobar los criterios para la privatización de las empresas públicas antes de que concluya el año 1994. Estos criterios, que pueden definirse como la llave legal que permitirá el inmediato paquete u oleada de privatizaciones, prevista para 1995, están contenidos en el texto titulado Régimen para la garantía de la continuidad de la actividad empresarial en caso de enajenación de participaciones públicas en determinadas empresas. Estaba previsto que este texto fuese incluido en la Ley de Acompañamiento del Presupuesto, conocida como Ley Financiera, que se aprobó el viernes en Consejo de Ministros; pero el hecho de que el texto de la norma fuese conocido solamente por un número limitado de Ministerios (Justicia, Economía, Industria y Administraciones Públicas, para ser exactos) aconsejó que su examen fuese aplazado. Es muy probable que el Régimen de Privatízación se tramite como un proyecto de ley paralelo a la Ley de Acompañamiento del Presupuesto.El texto de la norma privatizadora, conocido por EL PMS, confiere al Gobierno posibilidades de privatización prácticamente ¡limitadas, incluso tras la venta de la totalidad de las participaciones. La norma fija un ámbito de aplicación estricto: será aplicable a las empresas con participación pública superior al 25% "y sean de interés público". No tendrá efectos retroactivos, por lo que no podrá aplicarse a empresas cuya participación pública sea inferior de la citada.Sobre estas empresas, el Gobierno se reserva un amplio régimen de discrecionalidad. La norma, una vez aprobada, "habilita al Gobierno para aprobar por decreto" un conjunto de decisiones empresariales estratégicas:

Cualquier proposición de venta de activos impulsada por los gestores. La relación de activos contolados será desarrollada en el Reglamento posterior.

Las operaciones de segregación, fusión o liquidación que se consideren para la empresa privatizada.

Las tomas de participación de terceros que sean superiores al 5% del capital. Se trata, con esta cautela, de evitar operaciones de tiburoneo.

Además, la Ley faculta a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos a reservarse las cautelas mencionadas. Con lo cual, todas las empresas de servicios periféricos de las administraciones españolas, sean estatales, autonómicas o municipales, podrán ser totalmente privatizadas sin que las autoridades públicas pierdan el control decisivo.

Revolución jurídica

Esta Ley supone una revolución jurídica para el sector público español. Desde el momento en que aparezca en el Boletín Oficial del Estado, no habrá límites legales a la privatización de las empresas públicas. Salvo las limitaciones que quiera imponerse el propio Gobierno por consideraciones económicas o estratégicas.Al margen de la capacidad legal que tendrá el Gobierno para vender empresas públicas sin preocupaciones estratégicas, la decisión sobre qué empresas privatizar, en que cuantía y por qué procedimientos corresponde a los responsables de cada empresa y al departamento u holding empresarial del que dependan orgánicamente. Es decir, en unos casos se decida mantener una participación mínima de control, en otros se prefiera recurrir a las llamadas golden shares (acciones con derechos preferentes sobre el resto) y en otros se opte simplemente por la privatización total.

Para 1995 está previsto ampliar la venta de acciones en Bolsa de los grupos públicos Repsol, ENDESA, Ence y Argerltaria. En Repsol, por ejemplo, está previsto aplicar la fórmula de golden shares, ya que el Estado se quedará con una participación entre el 20% y el 25%.

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