Las fundaciones quieren un régimen fiscal diferente al del mecenazgo

La Coordinadora Catalana de Fundaciones y la Unión Catalana de Hospitales organizaron ayer en Barcelona un debate sobre el anteproyecto de ley de mecenazgo en el que representantes de fundaciones de distintos ámbitos, desde el hospitalario al artístico, se reafirmaron en su oposición al citado anteproyecto y solicitaron su retirada.Entre otras propuestas, las fundaciones pretenden que la Administración establezca "un tratamiento fiscal específico para las entidades sin ánimo de lucro, como son las fundaciones y asociaciones, en un texto aparte del regulador de los incentivos fiscales a las act...

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La Coordinadora Catalana de Fundaciones y la Unión Catalana de Hospitales organizaron ayer en Barcelona un debate sobre el anteproyecto de ley de mecenazgo en el que representantes de fundaciones de distintos ámbitos, desde el hospitalario al artístico, se reafirmaron en su oposición al citado anteproyecto y solicitaron su retirada.Entre otras propuestas, las fundaciones pretenden que la Administración establezca "un tratamiento fiscal específico para las entidades sin ánimo de lucro, como son las fundaciones y asociaciones, en un texto aparte del regulador de los incentivos fiscales a las actividades de patrocinio y mecenazgo empresarial".

En conferencia de prensa, el presidente de la coordinadora, Miquel Billoch, calificó de "regresivo" el anteproyecto de ley del mecenazgo y aseguró que su aplicación "empeorará la situación actual, que ya de por sí es bastante mala". Las fundaciones catalanes comparten las objecciones al anteproyecto que ha manifestado el Centro de Fundaciones de Madrid y que se centran, sobre todo, en el ámbito fiscal y tributario. Con todo, en opinión de Billoch, en Cataluña el tema es más grave ya que hay una gran tradición de fundaciones que abarcan ámbitos muy diversos y cuya peculiaridad no se recoge en el anteproyecto.

Discriminación fiscal

La coordinadora solicita también que se supriman los mecanismos fiscales que, en su opinión, discriminan tributariamente a las fundaciones respecto a las sociedades mercantiles.En este aspecto, también proponen que la exención en el Impuesto sobre Sociedades se aplique a todos los rendimientos obtenidos por el ejercicio de las actividades que constituyan su objeto social, incluidos los rendimientos derivados de explotaciones económicas vinculadas a este objeto; la exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, incluso cuando estos estén relacionados con una explotación económica, siempre que ésta constituya su objeto social, y el reconocimiento automático de las exenciones tal como se producía hasta ahora.

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