España rechaza la libre circulación de obras de arte, en la CE tras la supresión de fronteras en 1993

El Ministerio de Asuntos Exteriores reclama nuevas fórmulas de control

España ha expresado su disconformidad con el proyecto sobre libre circulación de bienes artísticos, históricos y arqueológicos dentro de la CE a partir de 1993 por considerar que la protección del patrimonio nacional es competencia exclusiva de cada uno de los Estados miembros, según un documento remitido por el ministro de Asuntos Exteriores, Francisco Fernández Ordóñez, a las autoridades comunitarias. El documento señala que la CE debe limitarse a dictar "medidas sustitutivas de los actuales controles", basados en la existencia de las fronteras que serán suprimidas en 1993.

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España ha expresado su disconformidad con el proyecto sobre libre circulación de bienes artísticos, históricos y arqueológicos dentro de la CE a partir de 1993 por considerar que la protección del patrimonio nacional es competencia exclusiva de cada uno de los Estados miembros, según un documento remitido por el ministro de Asuntos Exteriores, Francisco Fernández Ordóñez, a las autoridades comunitarias. El documento señala que la CE debe limitarse a dictar "medidas sustitutivas de los actuales controles", basados en la existencia de las fronteras que serán suprimidas en 1993.

El documento firmado por Fernández Ordóñez contiene las alegaciones u observaciones de la Administración española al llamado "Proyecto de Comunicación Interpretativa de la Comisión Europea sobre las condiciones para la circulación de bienes artísticos, históricos y arqueológicos", fechado en Bruselas en noviembre del pasado año, y a una propuesta complementaria de febrero último. El proyecto y las alegaciones presentadas por cada país serán debatidas el próximo mes de octubre en un reunión informal de los ministros de cultura que se celebrará en Roma.

España, señala el documento ministerial, acepta el libre tránsito de obras de autores vivos, como desmuestra el hecho de que, desde 1985 -fecha de entrada en vigor de la ley del Patrimonio Histórico Español-, jamás se ha impedido la exportación de una obra de este tipo.

Pero "no considera aconsejable" que este mismo criterio se aplique en el caso de bienes culturales cuyos autores hayan fallecido hace menos de 50 años, porque ello. "significaría desconocer", según el documento remitido a la CE, "la importancia artística y patrimonial de autores universales como Picasso, Miró o Dalí".

Valor económico

La Administración española considera "arbitraria" la propuesta de la CE de utilizar el precio de una pieza como base para determinar si puede circular libremente o no por la comunidad, ya que existen innumerables bienes que, pese a su reducido valor económico -dibujos, objetos de interés arqueológico, documentación histórica, libros o armas, entre otros-, deben ser considerados "como fondos patrimoniales de interés".

La posibilidad, aludida en el proyecto, de permitir la libre exportación de una pieza reafizada en otro país durante los 50 o 100 años -el proyecto menciona las dos cifras- después dé su importación tampoco es aceptada por España, ya que "permitiría", señala a modo de ejemplo el documento ministerial, "que el Guernica pudiera ser reexportado si no fuera propiedad del Estado español".

España basa sus alegaciones en lo que dispone el Tratado de Roma. "La definición de la noción de patrimonio artístico, histórico o arqueológico nacional, contenida en el artículo 36", señala Fernández Ordóñez, "corresponde a los Estados miembros, quienes, en virtud del citado artículo están facultados para establecer prohibiciones o restricciones a la importación y/o a la exportación". "Tal competencia", señala el ministro, "no ha sido ni discutida hasta el momento por las instancias comunitarias ni alterada en modo alguno por la firma del Acta única Europea". Fernández Ordóñez destaca, en este sentido, que la Declaración General sobre determinados artículos del Acta única señala que nada de lo establecido en los mismos "afectará al derecho de los Estados miembros de adoptar aquellas medidas que estimen necesarias en materia... de tráfico de obras de arte y antigüedades".

Profesionales del arte

Entre los objetivos del documento de la CE figura, según interpreta el ministro español, el de "informar a los profesionales del arte de los derechos que les confiere formar parte de la comunidad, dándoles así la posibilidad de recurrir, tanto a las instancias nacionales como a las de la comisión, con el fin de conseguir que sean respetados. Está parte del documento comunitario ha sido acogida con "desagrado" por la Administración española por considerar que constituye "una clara incitación" a que los "medios profesionales" denuncien a los Estados miembros cuando consideren que su actuación está en contradicción con las reglas establecidas en el proyecto.

El documento firmado por Fernández Ordóñez, que incluye tabién algunas "observaciones de detalle", subraya en sus conclusiones que "la protección del patrimonio nacional es competencia de los Estados miembros" y que "cada país es responsable de tomar las medidas que estime oportunas para conservar, proteger y difundir su patrimonio nacional". En consecuencia, considera que los órganos comunitarios deben limitarse a dictar "medidas complementarlas o sustitutivas de los actuales controles en las fronteras intracomunitarias" y a "armonizar las existentes en las fronteras exteriores de la comunidad".

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