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¿Ley del catalán? Nosotros disentimos

Consensuado por gran mayoría el proyecto de normalización lingüística de Cataluña, el Concejo Comunero de Barcelona, haciendo uso del derecho dimanado de toda democracia, desea expresar las razones por las cuales se opone a dicha proposición de ley. En primer Augar, da las gracias porque se haya puesto fin a un período de incertidumbre de dos años sobre la publicación de una ley que, en su redacción, ha llevado más tiempo que la propia Constitución española y el Estatuto catalán.Este tiempo empleado podría considerarse como prudencia, seny y seriedad, o, ¿por qué no?, como tiempo sufici...

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Consensuado por gran mayoría el proyecto de normalización lingüística de Cataluña, el Concejo Comunero de Barcelona, haciendo uso del derecho dimanado de toda democracia, desea expresar las razones por las cuales se opone a dicha proposición de ley. En primer Augar, da las gracias porque se haya puesto fin a un período de incertidumbre de dos años sobre la publicación de una ley que, en su redacción, ha llevado más tiempo que la propia Constitución española y el Estatuto catalán.Este tiempo empleado podría considerarse como prudencia, seny y seriedad, o, ¿por qué no?, como tiempo suficiente para el desgaste de oposiciones que pudieran surgir (Manifiesto de los 2.300, malestar ciudadano ... ),o para la creación de una conciencia de aceptación a partir de campañas como la Norma. A su vez, el consenso de las principales fuerzas políticas sobre la ley clarifica mucho las posiciones.

En unas cuantas líneas es difícil realizar el análisis de la ley, pero lo sintetizaremos en cuatro fundamentales apartados: normalidad, igualdad, bilingüismo y libertad.

Normalidad

Normalidad. "Queda no sólo definida sino encomendada", dice la ley. En la exposición de motivos se considera la situación actual como anormal. La normalidad es la unidad cultural, cuyo símbolo es la unidad lingüística que se conseguirá cuando la lengua habitual sea el catalán, cuando todos la conozcan y sea progresivamente empleada en la enseñanza. Es decir, cuando nos vayamos acercando al monolingüismo. No hay que olvidar que la lengua propia de Cataluña es el catalán. La castellana es una lengua impuesta, implantada, no es la lengua propia de la mitad de la población de Cataluña, de ciudadanos catalanes castellanohablantes, sino de foráneos, que legitima la frase "Cataluña es una nación oprimida".

La normalización, es decir, la recatalanización, que se presenta como deber de todo buen catalán, es el factor fundamental de la reconstrucción de Cataluña. Y legitima el romper los rótulos en castellano para que, como el Ayuntamiento sólo los repone en catalán, aparezca tal ruptura como un acto cívico y de reconstrucción.

Igualdad. La ley pretende "promover y garantizar la equiparación de ambas lenguas". Pero se parte de que el Estatuto "establece la distinción según la cual el catalán es la lengua propia de Cataluña y el castellano también es lengua oficial tal como lo es en todo el Estado español". El catalán y el castellano no son iguales; el uno es propio y oficial, el otro es sólo oficial. En la declaración de motivos, la lengua catalana aparece como integradora y participativa; la castellana ni integra ni participa. La catalana es señal de fidelidad y de lealtades; la otra es, al menos, sospechosa de infidelidades.

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La una nos normaliza, unifica y proporciona una convivencia pacífica; la otra es un cuerpo extraño en la sociedad catalana, la plurifica, diversifica y divide, siendo un peligro para la convivencia. Es decir: no son iguales, porque la una da catalanes de primera, mientras que la otra nos los da de segunda... Una nos da los fieles, los añejos; la otra... marca. La una es la lengua de los catalanes y por eso es la oficial; la otra es oficial porque así lo es en todo el Estado español, pero no porque sea la lengua del 50% de los ciudadanos de Cataluña. No son iguales, pues la oficialidad del castellano hay que pedirla, la comunicación normal es la catalana (la rara, excepcional, anormal... es la castellana, por eso hay que solicitarla). Pero su cumplimiento dependerá de la buena disposición del funcionario, pues tal vez no haya impresos.

Uniformidad de lengua y de pueblo

¿De qué medios dispone el ciudadano para obligarles a que se lo hagan en castellano, al no poder alegar ignorancia, si se lo envían en catalán?, pues "en Cataluña son válidas y eficaces todas las actuaciones administrativas en lengua catalana" (art. 8). ¿Dispondrá la Generalidad de un fichero con los nombres de los ciudadanos que las deseen en castellano?

No son iguales, pues existe por parte de la ley una presunción del conocimiento del castellano que exime la realización de pruebas para demostrar tal hecho; por el contrario, el conocimiento del catalán ha de ser expreso: exámenes del catalán. La ley dice que la Generalidad "reconoce y respeta" las identidades culturales de los castellano hablantes, pero no que las fomente. Entonces, ¿quién lo hará en Cataluña, si la Generalidad nos recuerda su "exclusiva competencia en materia de cultura en general"? Tenemos que asistir a la representación de Neruda en catalán porque en castellano no se le subvenciona. No se reconoce de hecho la realidad plural de Cataluña. Se pretende la uniformidad lingüística para conseguir un uniformado pueblo, una sola comunidad.

Bilingüismo. Este concepto es realmente curioso. La ley elimina el término de lengua materna y lo sustituye por la "que hablen habitualmente" (exposición de motivos). En el artículo 15.4 dice: "Todos los niños de Cataluña, cualquiera que sea su lengua habitual (...) han de poder utilizar normal y correctamente el catalán y el castellano al final de los estudios básicos". Es decir: todos los niños han de ser bilingües. Se supone entonces que lo lógico sería que Cataluña fuera también bilingüe, pero, sin embargo, la lengua propia de Cataluña es sólo el catalán. Y, a medida que se vaya extendiendo, será la lengua habitual, y por. tanto, Cataluña, después de la normalización, será ya una comunidad monolingüe. Aparte de eso, todo este galimatías tiene un sentido: en este momento, obligar al ciudadano a ser bilingüe permite a las instituciones ser monolingües: "la documentación (...), avisos, impresos y formularios de las entidades (...) han de ser redactados en catalán (...), se harán también en lengua castellana cuando se solicite" (art. 7.3). La cooficialidad, que obliga fundamentalmente a las instituciones, aquí se realiza trasladando la obligación sobre el ciudadano.

La garantía legal de la libertad

Libertad. El artículo 15.2 dice que "los niños tienen derecho a recibir la primera enseñanza en su lengua habitual, sea el catalán o el castellano". Pero, ¿cómo se les garantiza a los padres la seguridad de su elección, reconocida también en este artículo, si la ley no especifica cómo podrá realizarse?

Además, ¿cómo se compagina el mencionado artículo 15.2 cuando este mismo, en el apartado 5, dice: "La Administración tomará las medidas convenientes: a) A fin de que los alumnos no sean separados en centros diferentes por razones de lengua?".

¿Hay libertad cuando en la segunda etapa y BUP se incluyen asignaturas impartidas obligatoriamente en catalán y castellano? ¿Por qué no se realiza la enseñanza, no ya en centros separados, pero sí en aulas, clases y grupos diferentes? En la universidad, ¿por qué los grupos de los cursos no se dividen en castellano o catalán, no por orden alfabético, sino por libre elección, quedando abierta a españoles de otras comunidades y a extranjeros? Así se evitarían conflictos de derechos de profesores o alumnos, tipo caso Rodés.

Por ello, el Concejo Comunero de Barcelona entiende que: Cataluña es una sociedad plural: lingüística y culturalmente; que tiene dos comunidades; que se puede ser ciudadano catalán y amar a Cataluña en castellano; que defender el castellano por los inmigrados no es defender privilegios -pues vinieron aquí por necesidad, no como privilegiados-, es defender su cultura, su identidad, su futuro; que si el catalán fue atacado con leyes, no es con leyes como debe imponerse, sino con la libertad. No se puede pretender que todos los ciudadanos de Cataluña se sientan representados, si se les pide el voto en castellano y se les gobierna exclusivamente en catalán.

Isaac López Gimeno y Andrés Vallejo son miembros del Concejo Comunero de Barcelona.

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