Tribuna

Andalucía, entre el 143 y el "callejón sin salida"

El resultado del referéndum andaluz, aun cuando no significa directamente la opción mayoritaria por la vía del artículo 143 para el acceso a la autonomía, en la práctica -con la Constitución y la legislación de desarrollo en la mano- lleva a ese camino a la espera de cinco años para repetir la consulta o, finalmente, a un callejón sin salida si las fuerzas políticas insisten en la vía del 151. Sólo una reforma de la ley orgánica sobre el referéndum, que eliminara la prohibición de retirar la iniciativa durante cinco anos, permitiría a Andalucía insistir por el 151.Esta posibilidad de re...

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El resultado del referéndum andaluz, aun cuando no significa directamente la opción mayoritaria por la vía del artículo 143 para el acceso a la autonomía, en la práctica -con la Constitución y la legislación de desarrollo en la mano- lleva a ese camino a la espera de cinco años para repetir la consulta o, finalmente, a un callejón sin salida si las fuerzas políticas insisten en la vía del 151. Sólo una reforma de la ley orgánica sobre el referéndum, que eliminara la prohibición de retirar la iniciativa durante cinco anos, permitiría a Andalucía insistir por el 151.Esta posibilidad de reforma de la recentísima ley sobre diversas modalidades del referéndum no parece que vaya a producirse. Ni siquiera el Grupo Socialista, en la proposición de ley presentada en el Senado con el propósito de reformar dicha ley, ha abordado este punto.

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La propuesta afectaría al Estatuto gallego, para el caso de que no resulte aprobado en el referéndum aún no convocado.

Ante la situación legal creada, lo más probable es que las fuerzas con mayor peso parlamentario -y existen indicios de que el PSOE lo va a hacer así- reconduzcan al proceso autonómico por la vía del artículo 143, que básicamente consiste en la tramitación del Estatuto como ley orgánica. El problema se centrará ahora en los contenidos. La izquierda y las fuerzas autonomistas andaluzas van a luchar porque no se rebaje el techo autonómico del proyecto de Carmona. UCD tiene una ocasión para demostrar que el referéndum del 28 de febrero resolvía una cuestión de procedimiento, sin afectar a los contenidos.

Si UCD no accede a mantener esos contenidos, es evidente que no existen argumentos legales para imponer en el Estatuto las instituciones garantizadas constitucionalmente por la vía del 151: La Asamblea Legislativa, el Consejo de Gobierno y el Tribunal Superior de Justicia.

En todo caso, el volumen de participación en el referéndum y el importante número de síes obtenidos en la casi totalidad de las provincias andaluzas constituyen un capital político notable para tratar de lograr techos autonómicos homologables a los del País Vasco y Cataluña, que con la ley en la mano no son exigibles.

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