La justicia valida el cuestionado reparto de más de 60 millones a miles de autores de la SGAE

La Audiencia Provincial acoge parcialmente el recurso de la entidad frente a la demanda de Atresmedia y Mediaset, que pedía la nulidad de tres años de distribución del dinero entre los socios. Solo deberá rehacerse la de junio de 2015

Fachada de la sede madrileña de la SGAE.JUAN BARBOSA

A menudo, los asuntos relacionados con la SGAE provocan una encogida de hombros resignada hasta en los expertos que trabajan en la entidad: “Es que es muy complicado”. Derechos de autor, tarifas, grises escondidos entre líneas de un lenguaje jurídico. Suficiente para echar atrás a la mayoría de los socios. Y de los ciudadanos. Sin embargo, a la vez, esos temas afectan casi siempre a dos pilares de interés evidente, e inmediato: miles de creadores y millones de euros. Y así vuelve a suceder en el fallo del 16 de febrero de la Sección nº 32 de la Audiencia Provincial de Madrid, al que ha tenido ...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

A menudo, los asuntos relacionados con la SGAE provocan una encogida de hombros resignada hasta en los expertos que trabajan en la entidad: “Es que es muy complicado”. Derechos de autor, tarifas, grises escondidos entre líneas de un lenguaje jurídico. Suficiente para echar atrás a la mayoría de los socios. Y de los ciudadanos. Sin embargo, a la vez, esos temas afectan casi siempre a dos pilares de interés evidente, e inmediato: miles de creadores y millones de euros. Y así vuelve a suceder en el fallo del 16 de febrero de la Sección nº 32 de la Audiencia Provincial de Madrid, al que ha tenido acceso EL PAÍS. La sentencia valida el reparto del dinero que la SGAE hizo por el uso de la música en televisión entre los diciembres de 2015 y 2018, que habían sido anulados hace ocho meses por el fallo de primera instancia. Es decir, más de 60 millones para miles de autores, que se tambaleaban, se quedan donde están. Se confirma, en cambio, que la entidad sí tendrá que rehacer el reparto de junio de 2015 relacionado con las dos demandantes, Atresmedia y Mediaset.

“Consideramos procedente explicar el contexto al que responde el litigio”, se lee en la séptima de las 39 páginas de la sentencia, contra la que no cabe recurso ordinario, pero sí de casación ante el Supremo, que las demandantes están valorando, según su abogado, Miguel Ángel Ramos. Para resumir, como apunta el propio texto, se trata de una pelea de Atresmedia y Mediaset con la SGAE que procede del llamado caso rueda: una presunta trama entre socios de la entidad y directivos de televisiones para embolsarse millones llenando de música la parrilla de los programas de madrugada, sin apenas audiencia. El enredo, que sigue investigando la justicia, inmovilizó la entidad durante años y llevó casi todas sus decisiones internas a los banquillos. La rueda ya ha sido parada, pero llegó a girar tanto y tan rápido que a veces todavía arrolla el presente de la SGAE.

Por ejemplificar, solo en el primer semestre de 2018, uno de los repartos afectados por el fallo, la franja nocturna supuso el 40% de los ingresos que la SGAE recibió por los temas interpretados en televisión, su principal fuente de recaudación. La cronología del caso incluye operaciones policiales, decenas de titulares en prensa, repetidos cambios en la presidencia de la SGAE, enfrentamientos con el Ministerio de Cultura y una mancha difícil de limpiar en la imagen, además de desviar el tiempo de la entidad hacia labores distintas a su principal función: identificar el uso del repertorio de los creadores, recaudar el dinero que corresponde y entregarlo a los creadores. Hasta el Congreso de los Diputados se vio obligado a frenar por ley a la rueda, al fijar que ninguna horquilla horaria podía suponer más del 20% del total de ingresos generados por la música en la pequeña pantalla.

La propia Junta Directiva de la SGAE retocó a partir de febrero de 2015 los porcentajes de reparto en televisión, para reducir las posibles ganancias de la madrugada. Y empezó a aplicar esos cambios a partir del siguiente reparto, en junio. Mientras, sin embargo, esas modificaciones fueron impugnadas y tumbadas por la justicia. De ahí que Atresmedia y Mediaset demandaran la nulidad de todos los repartos realizados entre el verano de 2015 y diciembre de 2018, al considerar que estaban basados en decisiones inválidas. El juez, el pasado julio, les dio la razón. Pero la nueva sentencia se la arrebata casi del todo. “No obstante, se ha conseguido una parte muy importante como es que se anule el reparto de los derechos de ejecución de junio de 2015, lo que supone entre un 20% y un 25% de lo reclamado”, defiende sin embargo Ramos.

Atresmedia y Mediaset figuraban entre las 14 cadenas que el juez Ismael Moreno decidió imputar hace tres años por presunta corrupción en los negocios, en el marco del caso rueda. Lo cierto es que estuvieron entre las emisoras que más dinero ganaron gracias a la música nocturna: se conoce como “retorno” al sistema por el que las cadenas deben pagar a la SGAE por el uso de su repertorio pero, al programar decenas de temas vinculados a sus propias editoriales, logran recuperar parte de ese gasto. Lo que explica su interés como demandantes de SGAE en este recorrido judicial: estarían entre las principales beneficiarias de que el reparto de esos tres años volviera a hacerse con los criterios anteriores, más favorables a la franja de la madrugada.

El nuevo fallo, sin embargo, respalda mayoritariamente a la SGAE. El tribunal considera que el discurso de las dos emisoras solo se sostiene en un caso: el reparto de junio de 2015, porque fue producto de las decisiones de la Junta Directiva de febrero del mismo año, posteriormente anuladas por la justicia. Sucesivamente, el organismo volvió a aprobar cambios en octubre de 2015 y septiembre de 2016, y en ellos se basaron todos los repartos siguientes. Para el primer fallo, se trataba de decisiones casi idénticas a la primera, y por tanto también inválidas, igual que los propios repartos. En cambio, ahora el juez cree que se trató de medidas siempre distintas y con elementos novedosos, de ahí que no puedan considerarse copias de la decisión anulada por la justicia. Por eso, sí valida los cambios establecidos por la Junta, y los repartos realizados en función de ellos.

El juez no renuncia, eso sí, a un pequeño tirón de orejas a la SGAE: “En su escrito de recurso se suscita una pluralidad de alegatos diferentes a modo de aluvión, sin sujeción a una sistemática jurídica que responda a un patrón discernible para este tribunal”. En eso, la corte se parece a cualquier ciudadano: ciertos aspectos de esta historia no hay quien los entienda.

Babelia

Las novedades literarias analizadas por los mejores críticos en nuestro boletín semanal
Recíbelo

Sobre la firma

Más información

Archivado En