¿A cuánto sale matar un lince o un oso en España?

Un informe sobre la valoración económica de los delitos contra la fauna muestra las enormes diferencias entre las comunidades. Lanzamos un buscador donde se puede consultar la cantidad en euros estimada por la muerte de cada animal

Matar un animal protegido en España constituye un delito con un coste muy diferente según la comunidad autónoma donde se produzca. Si alguien acaba con la vida de un lince ibérico en Andalucía, la compensación económica por responsabilidad civil contemplada en la normativa autonómica es de 60.000 euros, pero si esto ocurre en Castilla-La Mancha o Extremadura esta cantidad sube a 90.000 euros. Por el contrario, si se trata de un felino que se haya aventurado hasta la Comunidad de Madrid, entonces la reparación sale mucho más barata: 4.207 euros. Así lo recoge un informe de SEO/BirdLife que lleva por título Valoración del impacto económico de delitos contra la fauna silvestre y que ha recopilado la legislación específica sobre este ámbito hoy en vigor en cada autonomía.

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“Hemos investigado toda la normativa con respecto a la valoración económica de la fauna y está claro que no cuesta lo mismo cometer un acto ilegal contra estas especies en una comunidad que en otra”, señala David de la Bodega, responsable del Programa Legal de SEO/BirdLife y coordinador del trabajo, que considera necesaria una armonización no solo dentro de España sino también entre los países de la Unión Europea. “Hacen falta criterios comunes y objetivos, por coherencia y por justicia”, destaca.

Disparar o envenenar a un oso pardo tiene también una valoración muy distinta según las normativas autonómicas. Como muestra el informe, matar a uno de estos mamíferos sale a 6.000 euros en Cataluña, 9.015 en Castilla y León, 18.030 en Asturias, y más de 60.000 en Cantabria o Navarra. Unas diferencias muy significativas que se repiten una y otra vez en los listados de especies y cantidades de dinero elaboradas por las administraciones: con el águila imperial, el desmán de los Pirineos, la avutarda, el quebrantahuesos…

Estos baremos administrativos no deciden la condena en un juicio, pues es el juez quien la establece en función del Código Penal. No obstante, sí sirven de referencia para cuantificar la reparación del daño cometido en lo que concierne a la responsabilidad civil.

Uno de los mayores casos conocidos de envenenamiento de fauna en España tuvo lugar en 2012 en tres cotos de caza de Tudela y Cintrúenigo, en Navarra. Aparte de cuatro cuervos, cayeron un total de 117 rapaces: 108 milanos negros, cuatro milanos reales, un alimoche, un aguilucho lagunero, un busardo ratonero y dos buitres leonados; aves todas incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas. En 2019, la Audiencia Provincial de Navarra conmutó las penas de dos años y ocho meses de prisión de los tres condenados por multas de 7.200 euros. No obstante, también se dictó que los autores de la masacre pagaran de forma conjunta una indemnización de más de 67.500 euros: 3.961 euros por los gastos de la investigación, 6.000 euros para la restauración del equilibrio ecológico y 57.576 euros por las aves envenenadas. Este último apartado es el que se refiere al valor económico de los animales y se basa en el baremo en vigor en la Comunidad Foral de Navarra, que figura, como indica el informe de SEO/BirdLife, en una orden y una ley autonómicas del año 1993.

Siguiendo estos mismos listados autonómicos, si este envenenamiento de 117 rapaces se hubiera valorado con la normativa vigente en Castilla-La Mancha, los tres acusados no se enfrentarían al pago de 57.576 euros sino a una indemnización siete veces mayor: 432.600 euros.

Desde la Fiscalía no se da tanta importancia a estas distintas varas para medir. “Para bien o para mal, el artículo 149 de la Constitución deja prácticamente todos los temas de medio ambiente en manos de las comunidades autónomas”, comenta el coordinador de los fiscales de medio ambiente, Antonio Vercher, que entiende que en ocasiones las particularidades de cada territorio justifican estas diferencias. “Nosotros tampoco tenemos capacidad ni posibilidades de enmendar la plana a nadie, el derecho penal ambiental está lleno de conceptos jurídicos indeterminados y de normas penales en blanco, nos limitamos a ver qué dice la norma administrativa al respecto y si no está claro, utilizamos nuestra unidad técnica, que tiene biólogos y puede afinar más”, señala el fiscal. “El problema es cuando la propia comunidad autónoma considera que esto no tiene importancia”, recalca.

En 2008, en una finca en el área de influencia del Parque Natural de Andújar, en Jaén, un matrimonio colocó cebos con veneno prohibido en distintos lugares para acabar con un depredador que mermaba sus gallinas. Se cobraron dos piezas, un zorro y un lince ibérico, uno de los 225 ejemplares que componían en ese momento la población total de la especie. El felino envenenado, un joven ejemplar con el nombre de Bornizo y un radiomarcador en el cuello, formaba además parte del millonario programa LIFE para tratar de que estos animales en peligro de extinción volvieran a expandirse. En el juicio celebrado en 2012, la jueza condenó al matrimonio a 20 meses de prisión y a pagar una indemnización de 115.428 euros, la cantidad estimada del perjuicio económico causado. Sin embargo, un año después la Audiencia Provincial de Jaén revocó esta resolución por considerarla “totalmente desproporcionada” y redujo la reparación económica por el lince muerto a 6.010 euros, el valor establecido para el animal en la legislación autonómica en vigor en el momento de los hechos, una norma de 1986 con una valoración 10 veces menor a la que se utiliza hoy en Andalucía.

Para Pablo Ayerza, que ha trabajado cerca de 30 años como abogado penalista y participó en aquel proceso judicial asesorando a la organización ecologista WWF, este lince envenenado de Jaén muestra la relevancia de los baremos autonómicos en los delitos contra la fauna. “El esfuerzo inversor del primer programa LIFE era de millones, un daño a una pequeña fracción de la población de lince suponía una cantidad de dinero importantísima, pero la Audiencia Provincial dijo que había que atenerse a las tablas y que las tablas eran una valoración objetiva”, subraya. “Casi todas las sentencias que conozco usan estos índices y cuando no existen tablas se usa un promedio o alguna de las de las comunidades limítrofes”.

El informe de SEO/BirdLife analiza y propone diferentes metodologías para calcular los daños a la fauna de forma más objetiva, con fórmulas matemáticas comunes a todos. Como reconoce Vercher, en la red europea de fiscales de medio ambiente sí se ha planteado la necesidad de este tipo de sistemas para igualar los criterios en la UE. Sin embargo, hasta ahora no se ha avanzado en este sentido. “No se llegó a ninguna conclusión, básicamente, porque las necesidades no son las mismas en cada uno de los países, se tiende a valorar en función de las carencias o dificultades de cada sitio. En un lugar donde la incidencia de la caza es poca no puedes pedir que apliquen exactamente los mismos criterios que en un país donde la problemática es mucho más seria”, incide el fiscal.

David de la Bodega, que ha analizado todas las valoraciones autonómicas para la realización del trabajo, opina que el baremo más actualizado a tomar como referencia es el de Castilla-La Mancha. De hecho, cita el caso de un ganadero de Ciudad Real condenado en 2015 a un año y medio de prisión y a pagar una indemnización de 366.000 euros por la muerte de seis águilas imperiales envenenadas. Desde su punto de vista, “esta es ya una cantidad disuasoria y que sirve para revertir el daño ocasionado a la sociedad”.

Asimismo, dejando de lado Aragón y Galicia, que ni siquiera disponen de este tipo valoraciones económicas, el abogado afirma que una forma clara de identificar qué otras comunidades tienen las normas más desfasadas consiste simplemente en fijarse en los listados que siguen figurando en pesetas en lugar de euros, como ocurre con Asturias, Baleares, Canarias, Castilla y León, Comunidad de Madrid, Murcia, Navarra o País Vasco. “Las que están en pesetas son normas muy antiguas, de los años ochenta y noventa, que en muchos casos ni siquiera se han actualizado con el IPC [índice de precios al consumo] y dan unas valoraciones mucho más bajas”, recalca.

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