Sobre el juicio que podría romper internet
La pregunta importante es por qué la Corte Suprema elige dos casos sin mérito, en la víspera de una nueva campaña de elecciones generales, cuando hay otros con más posibilidades de reformular la responsabilidad de las plataformas digitales
Dos demandas sensacionales contra las redes sociales han llegado a la Corte Suprema estadounidense. Las dos ponen en crisis la sección 230, una norma de 27 años que protege a los servicios de internet de ser responsables de los contenidos que publican los usuarios. Una norma tan fundamental para la red contemporánea que la han llamado “las 26 palabras que crearon internet”.
La sección 230 está vinculada a la neutralidad de la red, ha permi...
Dos demandas sensacionales contra las redes sociales han llegado a la Corte Suprema estadounidense. Las dos ponen en crisis la sección 230, una norma de 27 años que protege a los servicios de internet de ser responsables de los contenidos que publican los usuarios. Una norma tan fundamental para la red contemporánea que la han llamado “las 26 palabras que crearon internet”.
La sección 230 está vinculada a la neutralidad de la red, ha permitido que las plataformas se conviertan en la plaza pública donde miles de millones de usuarios se expresan libremente. También ha permitido que hagan negocio viralizando contenidos perjudiciales para la democracia. Por ejemplo, contenidos sexistas y racistas, campañas de manipulación política basadas en noticias falsas o contenidos diseñados para reclutar terroristas. Estos dos casos se refieren a contenidos diseñados para provocar la clase de ataques terroristas que acabaron con la vida de Nohemi Gonzalez en una terraza de París en 2015 y la de Nawras Alassaf en una discoteca de Estambul en 2017. ISIS reivindicó ambos ataques. Ahora los familiares de Gonzalez y Alassaf acusan a Google, Twitter y Facebook de haber promocionado su material de reclutamiento y por tanto de haber sido instrumentales en los ataques y reclaman una compensación.
Los argumentos difieren. Gonzalez contra Google considera que, aunque las plataformas no sean responsables de los contenidos subidos por el ISIS, sí que son responsables de amplificar su alcance a través de sus algoritmos de recomendación. Twitter contra Taamneh se apoya en una ley antiterrorismo que prohíbe asistir a través de un servicio a cualquier acto de terrorismo en el que pierda la vida un ciudadano estadounidense. Si Twitter pierde su caso y Google pierde el suyo, las consecuencias serían inmediatas. Las plataformas quedarían sujetas a un número potencialmente infinito de demandas, no solo de víctimas del terrorismo sino también de libelo, delitos contra el honor, etcétera. Y también los usuarios: si el algoritmo es responsable de recomendar un contenido, entonces el usuario que retuitea o que vota con un “me gusta” es responsable de amplificar el mensaje y asistir al algoritmo de recomendación.
Pero no va a ocurrir, porque ninguno de los casos es capaz de mostrar lo necesario, un solo vídeo del ISIS en YouTube o un solo contenido de Twitter que esté vinculado a los ataques o haya sido visto por los asaltantes. En el pasado ha habido casos de niñas muertas por anorexia o suicidio donde el algoritmo de Instagram, Twitter o YouTube les ha servido durante meses contenidos que romantizan el suicidio o la anorexia. Sin ese vínculo directo, las posibilidades de una resolución favorable son prácticamente inexistentes.
Peor aún, la acusación fue conducida por abogados incapaces de argumentar de forma convincente ninguna de sus premisas sin llegar a conclusiones absurdas. La pregunta importante es por qué la Corte Suprema elige dos casos sin mérito, en la víspera de una nueva campaña de elecciones generales, cuando hay otros con más posibilidades de reformular la responsabilidad de las plataformas digitales en internet. Si no será una campaña de inoculación para preservar la “neutralidad” de la industria que ha propiciado los asaltos a los edificios de gobierno en Estados Unidos y en Brasil.