Respaldo a la justicia española
El tribunal de la UE desacredita el rechazo belga a la entrega de los fugitivos del ‘procés’ y respeta las euroórdenes
La justicia española, y en concreto el Tribunal Supremo, recibió el martes un fuerte respaldo a su actuación reclamando a Bélgica la entrega de los fugitivos del procés allí instalados. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea propina un varapalo directo al país centroeuropeo, por negarse (durante cinco años) a cumplir las órdenes de detención tramitadas por ...
La justicia española, y en concreto el Tribunal Supremo, recibió el martes un fuerte respaldo a su actuación reclamando a Bélgica la entrega de los fugitivos del procés allí instalados. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea propina un varapalo directo al país centroeuropeo, por negarse (durante cinco años) a cumplir las órdenes de detención tramitadas por el juez Pablo Llarena por su participación en el proceso insurgente. Refuerza la plena vigencia de las euroórdenes, al señalar que obligan a todos y en todos los casos, salvo excepciones particularizadas y muy concretas. Y, al mismo tiempo, concede a los acusados alguna posibilidad de defensa, si bien de suerte improbable.
Más allá de las importantes cuestiones jurídicas y judiciales suscitadas, de enorme calado positivo para el futuro, de esta sentencia se infiere una evidente consecuencia política: la campaña secesionista, encabezada por el prófugo expresident Carles Puigdemont, que atacó las euroórdenes, denigró la calidad del Estado de derecho en España y comparó a su propio país con Turquía y otras autocracias, ha fracasado.
El tribunal ha desautorizado a Bélgica porque solo podría haberse opuesto a la entrega de los fugitivos tras realizar un examen a fondo del caso —ni siquiera pidió la información pertinente— y haber concluido que en España existen “deficiencias sistémicas en el funcionamiento del sistema judicial”, que ni siquiera llegó a evaluar al presumir su corrección como en todo miembro de la UE, y que los encausados pudiesen sufrir vulneraciones “de un modo concreto y preciso” en sus derechos, especialmente a “un proceso equitativo”. Y esto último, en el caso específico de que la persona reclamada pertenezca a un “grupo objetivamente identificable” que careciese en la práctica del derecho a la tutela judicial efectiva que consagra la Constitución española.
A esta percha intenta ahora auparse la defensa de los fugitivos en dos sentidos: uno, que el Tribunal Supremo los juzgó en única instancia, y no en dos como es lo habitual, salvo que, como sucedió, el tribunal fuese la última instancia de la jerarquía, según reconoce el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Y otro, que Puigdemont y sus colegas pertenecen a un grupo específico. Sí, al subgrupo de quienes eludieron sus responsabilidades políticas y jurídicas. Resulta, sin embargo, que los dirigentes independentistas gozan de sus plenos derechos constitucionales (salvo condena), como confirma que uno de ellos presida la Generalitat de Cataluña, participen en la política española sin cortapisa y compartan la gobernabilidad de España a través de su influencia —a veces decisiva— en el Congreso de los Diputados. Así que el procedimiento seguirá, con nuevas euroórdenes y recursos. Pero estos difícilmente tendrán demasiado recorrido.