Los huidos del ‘procés’ confían en la reforma de la sedición y en una sentencia europea favorable para intentar librarse del juicio
El indulto anunciado por Pedro Sánchez no alcanza a Puigdemont y el resto de los dirigentes independentistas prófugos, que serían inmediatamente detenidos si regresan a España
El Gobierno va a indultar este martes a los nueve líderes independentistas del procés que, en palabras de Pedro Sánchez, “asumieron responsabilidades de sus actos” y fueron juzgados y condenados a prisión. Hay otros cinco dirigentes soberanistas ―entre ellos, el expresident Carles Puigdemont― que se fugaron nada más declarar unilateralmente la independencia en 2017 y siguen huidos de la justicia en Bélgica y Suiza. A ellos el indulto no les alcanza: el Gobierno (al menos, l...
El Gobierno va a indultar este martes a los nueve líderes independentistas del procés que, en palabras de Pedro Sánchez, “asumieron responsabilidades de sus actos” y fueron juzgados y condenados a prisión. Hay otros cinco dirigentes soberanistas ―entre ellos, el expresident Carles Puigdemont― que se fugaron nada más declarar unilateralmente la independencia en 2017 y siguen huidos de la justicia en Bélgica y Suiza. A ellos el indulto no les alcanza: el Gobierno (al menos, la parte socialista del Ejecutivo) ha afirmado en reiteradas ocasiones que, si regresan a España, deberán ser detenidos y juzgados. Pero el independentismo insiste en que el “conflicto político” solo se resolverá si todos ellos son exonerados de responsabilidad penal y quedan libres.
El camino de vuelta para los prófugos sigue siendo lejano, aunque en el horizonte los partidos secesionistas vislumbran ya dos posibilidades que podrían facilitarlo: la reforma del delito de sedición que plantea el Gobierno y la respuesta de la justicia europea a la condena del Tribunal Supremo. El Consejo de Europa aprobó este lunes una resolución -70 votos a favor, 28 en contra y 12 abstenciones- en la que insta a España considerar el indulto pero también la posibilidad de poner fin a los procedimientos de extradición en vigor contra Puigdemont y el resto de políticos catalanes huidos de España.
Durante la reciente visita del presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, a Waterloo (Bélgica), Puigdemont admitió que los indultos no tienen ningún efecto sobre él ni sobre los otros consejeros huidos. Toni Comín y Clara Ponsatí le acompañan como eurodiputados. A ellos hay que sumar al exconsejero de Cultura Lluís Puig (perseguido por malversación), que también se halla en Bélgica, y la número dos de Esquerra, Marta Rovira, huida a Suiza, que debería rendir cuentas por sedición. El caso de Anna Gabriel es diferente porque a ella en principio se la citó a declarar por desobediencia, un delito que no comporta penas de prisión.
Puigdemont insistió en que solo entiende su regreso como “personas libres”, de modo que es un asunto que ahora mismo “no está sobre la mesa”. El expresidente catalán fugado coincidió en el diagnóstico con Aragonès: los indultos, más allá de aliviar el dolor de las familias y de los presos, no sirven para encauzar el “conflicto político”. El presidente catalán reclama el regreso de los “exiliados”, la amnistía y un referéndum.
Uno de los escenarios que podría alterar el tablero de juego y abrir una vía para su regreso a Cataluña es la reforma del delito de sedición, en la que trabaja el Ministerio de Justicia. La iniciativa generó hace unos días un choque entre los dos socios del Gobierno, Unidas Podemos y el PSOE: Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales, defendió la vuelta del expresident y la desjudicialización del conflicto catalán, mientras la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, sostuvo que el Ejecutivo no ha cambiado de plan y que quiere que Puigdemont sea trasladado a España y “pueda ser juzgado, como siempre”.
En Bélgica reina el escepticismo. El abogado de los tres eurodiputados, Gonzalo Boye, dice que el anuncio de esa modificación legal no ha alterado los planes ni las expectativas de los huidos. “No hay ningún plan de vuelta, seguiremos luchando aquí. No puedo especular sobre una reforma que no sé cómo va a afectar a mis clientes, tendremos que esperar a verla publicada en el BOE”, afirma. Boye cree que lo más conveniente es derogar la sedición, aunque la propuesta del Gobierno dista mucho de ir en esa línea.
La reforma pendiente
Justicia trabaja desde hace meses en una reforma del Código Penal que prevé rebajar a la mitad las penas que ahora conlleva la sedición (de entre 8 y 15 años de cárcel). Jaume Asens, presidente de Unidas Podemos en el Congreso, propuso hace tres años derogar el delito que considera “una antigualla” y sin correspondencia con las legislaciones de otros países de la UE. El PSOE rechaza su propuesta de máximos y por eso él ahora impulsa la reforma.
La pretensión de Asens es que el texto exija de forma explícita el “uso de la violencia y de las armas” para que alguien pueda ser imputado por sedición. Ahora solo menciona que alguien se alce de forma “pública y tumultuaria para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes”. Con el requisito de la violencia, Asens cree que decaería el delito de sedición tanto en el caso de los presos como en el de los políticos huidos, lo que canalizaría su regreso. Además, blindaría el derecho a la protesta que él ve amenazada con el delito de sedición. “Los indultos miran al pasado, pero la reforma del delito de sedición mira hacia el futuro”, apunta.
Esa reforma podría llevar a los huidos, entre ellos Puigdemont, a plantearse la posibilidad de regresar. Serían igualmente juzgados, pero por un delito de malversación, que en su modalidad agravada contempla penas que pueden llegar hasta los ocho años de cárcel. En el caso de la exconsejera de Cultura Clara Ponsatí ni eso, porque su extradición se reclama solo por sedición. Sería un caso parejo al de Marta Rovira, perseguida por rebelión y que al decaer la sedición quedaría libre. Siempre y cuando no se les imputara también el delito que, en la reforma legal, sustituyera al de sedición para hechos como los del procés: un delito, por ejemplo, de “desobediencia agravada”, que podría comportar también penas de prisión, aunque más bajas.
En octubre de 2019, el Tribunal Supremo impuso penas de 9 a 13 años de cárcel para el exvicepresidente Oriol Junqueras y otros ocho líderes independentistas por sedición y/o malversación de fondos públicos. La condena se dictó por un delito en concurso medial, es decir, que se empleó dinero público de forma ilegal para llevar a cabo la sedición. Eso significa, entre otras cosas, que la sentencia no especifica cuántos años de cárcel acarrea cada delito. Sin embargo, Jordi Sànchez, secretario general de Junts per Catalunya, cumple una condena de nueve años por sedición, por lo que se podría entender que la malversación son, como máximo, cuatro. Fuentes consultadas coinciden en que, ante un juicio solo por malversación, los huidos de la justicia española podrían afrontar las consecuencias con más facilidad. De entrada, podrían ahorrarse el ingreso en prisión provisional. La última palabra la tendría de nuevo el Tribunal Supremo.
Todos esos escenarios son hipotéticos, y así lo viven los fugados. “Ellos siempre han fijado sus expectativas en una solución política y, sobre todo, en sus triunfos jurídicos en Europa”, subraya el abogado Boye. Este mes han llegado las primeras demandas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo: el pasado 9 de junio la presentó el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, y al día siguiente lo hizo el exconsejero Jordi Turull. Se encuentran en una situación de tranquilidad después de que, hace unas semanas, el Tribunal General de la UE decidiera devolverles, de forma provisional, la inmunidad parlamentaria que había sido suspendida por el Parlamento Europeo.
El encaje del delito de sedición en los hechos ocurridos en Cataluña en el otoño de 2017 ha sido objeto de una intensa discusión jurídica. También en el seno de la sala sentenciadora del Supremo, presidida por Manuel Marchena. Hasta el último momento, los magistrados debatieron la conveniencia de incluir, en la sentencia, una recomendación al Ejecutivo para modificar su redactado en el Código Penal. La existencia de altercados durante la jornada de protestas del 20-S y durante el referéndum del 1-O sustentaron —a juicio del Supremo— la existencia de la sedición, que está incluido por ahora en el apartado de delitos contra el orden público y no de delitos contra la Constitución (como la rebelión). Está por ver qué dirá la reforma en marcha sobre ello y también sobre el requisito de la violencia, que en el contexto europeo es un requisito muy común en delitos equivalentes. Según la sentencia del Supremo, en el procés sí hubo “indiscutibles episodios violentos”, pero no con una funcionalidad suficiente para lograr el objetivo de la independencia; por ello descartó la condena por rebelión.
Los otros procesados
Pero ni siquiera con los exiliados se acaban los problemas judiciales vinculados al procés. Unas 50 personas, incluidos numerosos altos cargos de Esquerra Republicana y de Junts per Catalunya, afrontan penas de prisión e inhabilitación, así como elevadas multas económicas, en diversas causas judiciales abiertas a raíz del referéndum ilegal. Los subordinados directos de Puigdemont y Junqueras (secretarios, directores generales y altos cargos del Ejecutivo catalán de 2017) tendrán que sentarse en el banquillo por malversación. Otro juzgado de Barcelona ha empezado a investigar a 10 personas —incluido el exconsejero Raül Romeva— por contratos a dedo relacionados con los gastos internacionales vinculados al procés.
Entre esos frentes judiciales está el que ha abierto el Tribunal de Cuentas contra unas 40 personas, incluidos expolíticos que no formaron parte de la organización de la consulta ilegal, como el expresidente Artur Mas o el exconsejero de Economía Andreu Mas-Colell. El próximo día 29 de junio, el órgano fiscalizador de las cuentas públicas emitirá la liquidación provisional a todas esas personas, que puede rondar los 10 millones de euros: la mitad por la organización del 1-O y la otra mitad por gastos indebidos en la promoción exterior del procés que se remontan a 2011.
Asens y el blindaje del derecho de protesta
Jaume Asens, presidente del grupo parlamentario de Unidas Podemos y abogado penalista, propuso ya en la campaña electoral de abril de 2019 reformar el delito de sedición. La idea se fraguó en una reunión, celebrada en la antigua cárcel Modelo, con juristas progresistas como el exfiscal jefe de Cataluña, José María Mena, el catedrático de Derecho Constitucional Javier Pérez Royo o Antonio Martín Pallín, magistrado emérito del Tribunal Supremo. El diputado sostiene que el delito de sedición bebe de una concepción "antidemocrática", sin parangón en ningún país europeo y que además perjudica el derecho a la protesta.
“Ese tipo penal amenaza el derecho a la protesta ya sea de un independentista, un activista de la PAH o un sindicalista; el legislador tiene que volver a actuar”, afirma advirtiendo de que ya se intentó aplicar ese tipo penal, aunque sin éxito, a activistas sociales durante una ocupación defendiendo, por tanto, que la reforma "blindará" el derecho a la protesta y va más allá del procés.
Convencido de que sin la vuelta de los políticos no se solucionará el conflicto, Asens cree que la reforzará jurídicamente la medida de gracia y pone como ejemplo que el Gobierno del PP anunció la ley de derogación del servicio militar y acto seguido indultó a los insumisos. Asens descarta la amnistía que reclama el independentismo al alegar que no existe una correlación de fuerzas que la sustente porque el PSOE la rechaza. "No se trata de que sea inconstitucional o que solo se aplique en cambios de regímenes", dice. "Ya hubo una amnistía en 1936 por los hechos de 1934. Y en Francia y Portugal el siglo pasado decretaron amnistías".
Con el objetivo de potenciar el diálogo, Asens sostiene que tanto el PSOE como ERC van acercando posiciones. Tras afirmar que el desencadenante ha sido el pacto del PSOE con Podemos y no un acuerdo con los independentistas, Asens acusa al PP de "mentir" en dos cosas básicas en la concesión de los indultos: que puedan presentar un recurso contra la decisión del Gobierno o que el Supremo lo pueda revisar. “Es una facultad discrecional del Ejecutivo", dice. "El Supremo la puede someter a un control formal, pero no material”.
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