No a la calle de la División Azul y sí a nuevos lugares de memoria liberales: entra en vigor la Ley de Memoria Democrática
El BOE publica el texto legal que supone la anulación inmediata de 33 títulos nobiliarios y de las condenas franquistas. La cartelería del Valle de los Caídos ya incluye su nuevo nombre: de Cuelgamuros
La cartelería del Valle de los Caídos ya ha empezado a sustituirse por la de su nuevo nombre: Valle de Cuelgamuros, tal y como establece la Ley de Memoria Democrática, que se publicó este jueves en el BOE y entra en vigor este viernes. En cambio, en la carretera, de momento, sigue la nomenclatura anterior. El Gobierno ultima el nuevo portal sobre el monumento, que incluirá toda la documentación reunida por expertos sobre su construcción y los traslados de restos (más de 33.000, el equivalente a la ciudad de Teruel), adem...
La cartelería del Valle de los Caídos ya ha empezado a sustituirse por la de su nuevo nombre: Valle de Cuelgamuros, tal y como establece la Ley de Memoria Democrática, que se publicó este jueves en el BOE y entra en vigor este viernes. En cambio, en la carretera, de momento, sigue la nomenclatura anterior. El Gobierno ultima el nuevo portal sobre el monumento, que incluirá toda la documentación reunida por expertos sobre su construcción y los traslados de restos (más de 33.000, el equivalente a la ciudad de Teruel), además de los discursos pronunciados durante la dictadura relacionados con el mausoleo y referencias a documentales y películas. La ley declara extinguida la llamada Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos. Un decreto que tardará todavía “unos cuatro o cinco meses”, según fuentes del Ejecutivo, establecerá el nuevo régimen jurídico del recinto y supondrá la salida de la comunidad benedictina que durante décadas ha manejado el lugar. El plan de resignificación del monumento, iniciado con el traslado de los restos de Franco en octubre de 2019, culminará con un centro de interpretación, para lo cual el Gobierno prevé convocar un concurso de ideas.
Estas son las claves de la nueva ley que entra en vigor, algunos aspectos que han pasado más desapercibidos entre sus 66 artículos y disposiciones adicionales y otras novedades:
Nuevos lugares de memoria: los hitos liberales. En su exposición de motivos, la norma, que cambia de apellido (”democrática”) respecto a su antecedente en 2007 (conocida como “ley de memoria histórica”), toma como referencia “la larga tradición liberal y democrática que surge con las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812″. “A lo largo de todo el siglo XIX y gran parte del XX, multitud de españoles y españolas lucharon y dieron su vida por la implantación de un sistema democrático en nuestro país. Constituciones como la de 1812, 1869, 1931 y 1978 han sido hitos de nuestra historia democrática y han abierto momentos esperanzadores para el conjunto de nuestra sociedad”. Por este motivo, se incluirán como “lugares de memoria”, además de emblemas de la represión franquista como el Fuerte de San Cristóbal, en Navarra, otras destacadas localizaciones liberales. Entre ellas, el espacio donde se discutió la aprobación de la Constitución de Cádiz; la estatua en Granada a Mariana Pineda, firme opositora del sistema absolutista, ejecutada a garrote vil en 1831 tras negarse a delatar a sus compañeros; el monumento en Málaga al general Torrijos, fusilado con otros 48 compañeros en diciembre de 1831 y el que homenajea en Almería a los “mártires de la libertad”, conocidos como Los coloraos, también fusilados al intentar reinstaurar la Constitución de 1812.
Fuera la División Azul del callejero. La nueva ley también zanja la polémica sobre si deben retirarse o no los nombres de determinadas calles. Establece claramente que serán considerados elementos contrarios a la memoria democrática las referencias a la sublevación militar, la dictadura, sus dirigentes o participantes en el sistema represivo e incluye expresamente a las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del Eje durante la Segunda Guerra Mundial, esto es, la División Azul. En mayo de 2021, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid falló a favor de mantener las calles de Millán Astray y los Caídos de la División Azul. Precisamente este jueves, el PSOE y Más Madrid han presentado una propuesta conjunta para cambiar la denominación de seis calles en la capital que aluden al franquismo.
Protección para los investigadores. La ley reconoce el derecho de las víctimas, sus familias y la sociedad en general a la revelación pública de las circunstancias en las que se cometieron violaciones de derechos humanos durante la Guerra Civil y la dictadura. En el ejercicio de esa tarea, los investigadores se han enfrentado a veces a denuncias o querellas por parte de quienes desean que esa información permanezca oculta. El artículo 44.2 de la Constitución mandata a los poderes públicos a promover la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general. La nueva ley explicita el apoyo a los investigadores. Las indagaciones sobre hechos protagonizados en el pasado por personas fallecidas debe prevalecer, en su difusión pública, sobre su derecho al honor.
Apología del franquismo. La disposición adicional quinta establece que, al amparo del artículo 31 de la ley de fundaciones (2002), se considerará causa de extinción el realizar actividades contrarias al interés general como “la apología del franquismo que ensalce el golpe de Estado y la dictadura o enaltezca a sus dirigentes con menosprecio y humillación de las víctimas”. Es decir, lo que hace la Fundación Nacional Francisco Franco. Corresponderá al protectorado instar judicialmente la extinción de una fundación cuando concurra esa causa, y ese órgano judicial, de oficio o a petición de parte, podrá acordar la suspensión provisional de sus actividades hasta que se dicte sentencia. En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la ley de memoria, se promoverá la modificación de la norma de 2002 que regula el derecho de asociación para incluir como causa de disolución la apología del franquismo en público, humillando a los represaliados. Además, los archivos y documentación de la dictadura y “en particular del jefe del Estado que se encuentren en poder de entidades privadas o personas físicas” se incorporarán, “una vez superados los trámites legales”, al Centro Documental de la Memoria Histórica o al organismo público que se determine.
Búsqueda de desaparecidos y banco de ADN. La nueva ley establece que corresponderá a la Administración General del Estado, en colaboración con comunidades y ayuntamientos, la búsqueda de los fusilados que aún yacen en fosas y cunetas. Es una vieja reivindicación de las asociaciones de víctimas desde la ley anterior (2007), que subvencionaba el proceso, pero no lo asumía directamente. El departamento competente en materia de memoria democrática elaborará planes plurianuales de búsqueda y si una fosa se encontrara en terrenos privados, la Administración podría acordar una expropiación temporal. Se comunicará al Ministerio Fiscal y a las autoridades administrativas y judiciales competentes el hallazgo de restos humanos ante los indicios de comisión de delitos y se creará un banco estatal y gratuito de ADN de víctimas de la Guerra Civil y la dictadura, que necesitará del desarrollo de un reglamento específico. Ese banco genético también recogerá muestras de “personas afectadas por la sustracción de recién nacidos” siempre que su denuncia haya sido admitida por los hechos objeto de la ley. La búsqueda de desaparecidos en fosas y cunetas supone el 60% del presupuesto que el Gobierno quiere destinar al capítulo de memoria democrática. Eso incluye la compra a una universidad holandesa de un software para el banco de ADN.
Anulación de sentencias. Este artículo tiene carácter inmediato y una vez que entra en vigor, anula todas las sentencias impartidas por tribunales franquistas. La anterior ley se había quedado en un paso anterior, al declarar ilegítimos esos tribunales. Familias que habían solicitado en los tribunales democráticos la anulación de esas condenas se encontraron, como la del poeta Miguel Hernández, con un no rotundo de la justicia. El Supremo se negó a revisar la sentencia. Ahora la ley la anula de facto.
Sanciones. La ley de memoria de 2007 no incluía sanciones, lo que desincentivó su cumplimiento. A partir de la entrada en vigor de la nueva norma, la secretaría de Estado de Memoria Democrática o la dirección general podrán imponer, según la gravedad de la infracción, multas de entre 200 y 150.000 euros. Un ejemplo de infracción leve es deteriorar las placas identificativas de los lugares de memoria democrática. Uno de infracción muy grave, destruir fosas de la Guerra Civil y la dictadura.
Un año para hacer una auditoría de incautaciones. La nueva ley reconoce “el derecho al resarcimiento de los bienes incautados y las sanciones económicas producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra y la Dictadura”. Esto no será inmediato. La auditoría de bienes incautados que contempla la nueva norma deberá realizarse “en el plazo de un año” desde su entrada en vigor y a partir de ahí se implementarán “las posibles vías de reconocimiento a los afectados”.
Fiscal especializado. Se establece por primera vez el derecho de las víctimas a “la investigación de las violaciones a los derechos humanos” cometidas desde el inicio de la Guerra Civil hasta la entrada en vigor de la Constitución española de 1978. Para ello ha de crearse la figura de un fiscal de sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática.
Eliminación de títulos nobiliarios, pensiones y medallas. Desde la entrada en vigor de la ley quedan eliminados 33 títulos nobiliarios concedidos entre 1948 y 1978, entre ellos, el de Duque de Primo de Rivera, de Calvo Sotelo, de Mola, de Carrero Blanco, de Franco o el Señorío de Meirás. Además, se revisarán caso a caso condecoraciones y recompensas concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley a personas que formaron parte del aparato de represión franquista. Su revocación, incluyendo las pensiones que conlleven, exigirá un procedimiento específico.
Nuevos supuestos para obtener la nacionalidad española. Como medida reparadora de las personas que sufrieron el exilio, se dispone una disposición adicional que permite acceder a la nacionalidad española a los nacidos fuera de España de padres, madres, abuelas o abuelos exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia. Y a los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros, antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978. También accederán a ella los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud de la ley de memoria histórica de 2007.