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El mayoritario consenso catalán sobre el idioma ha derrotado estrepitosamente al anticatalanismo aznarista

Varios niños en una clase de educación infantil en un colegio de Cataluña.Carles Ribas

El mayoritario consenso catalán sobre el idioma ha derrotado estrepitosamente al anticatalanismo aznarista.

La sentencia que el Tribunal Constitucional emitió la semana pasada avalando todos los elementos lingüísticos de la ley de educación autonómica que hace diez años recurrió el Partido Popular ha quedado sepultada bajo el ruido de la campaña electoral.

Pero no por ello deja de ser crucial. Escolarmente, supone un espaldarazo al modelo escolar existente. Políticamente, desahu...

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El mayoritario consenso catalán sobre el idioma ha derrotado estrepitosamente al anticatalanismo aznarista.

La sentencia que el Tribunal Constitucional emitió la semana pasada avalando todos los elementos lingüísticos de la ley de educación autonómica que hace diez años recurrió el Partido Popular ha quedado sepultada bajo el ruido de la campaña electoral.

Pero no por ello deja de ser crucial. Escolarmente, supone un espaldarazo al modelo escolar existente. Políticamente, desahucia el centralismo rampante en el asunto de la lengua alimentado por la fundación FAES creada por Josemari Aznar y dedicada a divulgar su —digamos— pensamiento.

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En efecto, el boletín 111 (21/7/2009) de la FAES que durante tanto tiempo hemos subvencionado con nuestros impuestos, proclamaba que la ley ahora avalada (salvo en diez artículos menores del todo ajenos al tema central del idioma) era “un ataque frontal a la libertad que consagra nuestra Constitución”; un “despropósito educativo nacionalista”, y consagraba “una primacía o preminencia del catalán respecto del castellano”.

El supremo intérprete de la Constitución ha depositado esas bravatas en la papelera. Por lo que es de esperar que el antiguo jefe de gabinete de Aznar, Pablo Casado, vuelva también en esto a la senda constitucionalista.

El detalle educativo de la sentencia es ilustrativo. Respalda el “apoyo lingüístico específico” en catalán a los alumnos que se incorporan al sistema (artículo 10.2). También la obligación de la Generalitat de garantizar una oferta suficiente de la enseñanza del catalán a la población no escolar (artículo 10.4). Valida la tarea de “reforzar la importancia del catalán y su aprendizaje como lengua propia de Cataluña” (preámbulo), y asimismo una transitoria que implicaba no aplicar la entonces polémica tercera hora de castellano.

Tan clave como eso es su asunción de la filosofía vertebradora del modelo educativo, pues un motivo básico para respaldar esos principios es que también aseguran “el pleno dominio del castellano al final de la enseñanza”. Y que no pueden implicar una “negación de medidas semejantes para el castellano”.

Por supuesto que el modelo catalán es mejorable: por ejemplo, aumentando la dosis real de castellano vehicular en las zonas de predominio lingüístico catalán. Y a la inversa. Pero la condición para afrontar ese debate es no destruir lo existente.

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