Análisis:El debate sobre la educación

Lecciones aprendidas

La resolución del Tribunal Supremo deja unos claros perdedores: los estudiantes y sus familias. El artículo del real decreto recurrido por la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza otorgaba a los estudiantes que tuviesen suspendidas tres o cuatro materias, y/o a sus familias, la posibilidad de optar por repetir el curso en su totalidad o por matricularse de las materias de primero con evaluación negativa y ampliar con dos o tres materias de 2º. Resulta evidente que la cuestión afecta en un sentido muy claro a la libertad de elección tanto, al menos, como a la libertad de las Adminis...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La resolución del Tribunal Supremo deja unos claros perdedores: los estudiantes y sus familias. El artículo del real decreto recurrido por la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza otorgaba a los estudiantes que tuviesen suspendidas tres o cuatro materias, y/o a sus familias, la posibilidad de optar por repetir el curso en su totalidad o por matricularse de las materias de primero con evaluación negativa y ampliar con dos o tres materias de 2º. Resulta evidente que la cuestión afecta en un sentido muy claro a la libertad de elección tanto, al menos, como a la libertad de las Administraciones públicas para desarrollar reglamentariamente las normas de rango superior. En ambos sentidos quisiera orientar las lecciones aprendidas.

Más información

Lección 1: El Ministerio de Educación, como otros tantos representantes de distintas Administraciones públicas aludidos en la resolución, parecían confiados en que un desarrollo reglamentario permitiría otorgar una flexibilidad a la estructura definida por la Ley Orgánica de Educación, pero es evidente que se han equivocado. No se puede, según la resolución, utilizar los reglamentos para "innovar" introduciendo ideas contrarias a la norma superior. Será necesario cambiar la percepción sobre lo que es posible o no hacer reglamentariamente.

Lección 2: La entidad recurrente, que en numerosas ocasiones ha defendido el principio de la libertad de enseñanza como garantía de respeto al proyecto educativo de los centros, se opone a reconocer a los estudiantes y sus familias el derecho a decidir entre promocionar o repetir. Cierto es que su argumentación se basa en una contradicción entre lo establecido en el real decreto y en la ley, pero no es menos cierto que en toda su argumentación no se hace la más mínima referencia a este derecho, ni tampoco a los perjuicios que pueda tener para las familias una sentencia como la que se ha producido. La opcionalidad que introducía el real decreto suponía, entre otras cosas, un ahorro considerable en los costes de matrícula para muchas familias, y facilitaba la continuidad de los estudiantes en la etapa educativa. Pero ahora, tras la sentencia, los repetidores tendrán que matricularse de cursos completos.

Lección 3: El fallo del Supremo no prejuzga las ventajas que pueda tener para el bachillerato una mayor flexibilidad. Por tanto, Educación se enfrenta a una delicada situación: el ordenamiento establecido dificulta la estrategia diseñada para mejorar el éxito de los estudiantes.

José Moya Otero es profesor de Métodos y Diagnóstico en Educación de la Universidad de Las Palmas.

Archivado En