Confebask defiende los incentivos fiscales ante el expediente de la Comisión Europea

Confebask presentó ayer ante la Comisión Europea sus alegaciones contra el procedimiento general de infracción abierto por Bruselas contra los incentivos fiscales vascos a la inversión empresarial a raíz de los casos Daewoo y Ramondin. La patronal vasca solicita a la Comisión Europea, a través de los servicios jurídicos del bufete Garrigues & Andersen, la desestimación del expediente abierto, al considerar que la normativa fiscal cuestionada es plenamente conforme con el ordenamiento jurídico comunitario.Para fundamentar esta postura, Confebask parte en sus alegaciones del análisis histórico d...

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Confebask presentó ayer ante la Comisión Europea sus alegaciones contra el procedimiento general de infracción abierto por Bruselas contra los incentivos fiscales vascos a la inversión empresarial a raíz de los casos Daewoo y Ramondin. La patronal vasca solicita a la Comisión Europea, a través de los servicios jurídicos del bufete Garrigues & Andersen, la desestimación del expediente abierto, al considerar que la normativa fiscal cuestionada es plenamente conforme con el ordenamiento jurídico comunitario.Para fundamentar esta postura, Confebask parte en sus alegaciones del análisis histórico de la relación existente entre el País Vasco y el Estado, destacando sus peculiaridades, el carácter de pacto del Concierto Económico y su reconocimiento como sistema general y de corresponsabilización, que dota a las diputaciones forales vascas de la facultad de regular sus propios tributos.

En respuesta a los argumentos presentados por la Comisión, Confebask niega el carácter de ayudas de Estado de los incentivos sometidos a revisión, asegurando, al mismo tiempo, que éstos, además de no afectar a los intercambios económicos, son plenamente compatibles con el mercado común y con las normas de la competencia.

La patronal llega a afirmar que las diputaciones forales vascas han venido aprobando diferentes medidas de carácter fiscal incluso más amplias que las ahora existentes, sin que hayan sido objeto de impugnación alguna, y que la única vez que la Comisión se ha pronunciado al respecto, en 1993, fue para reconocer la legitimidad de la actuación vasca.

Para Confebask, interpretar como ilegal el sistema fiscal vasco obligaría también a hacer lo mismo con el resto de los sistemas fiscales de los Estados miembro, en cuanto contemplan sistemas de tributación y de presión fiscal diferentes para las empresas de modo incluso más amplio que la normativa vasca. Las alegaciones de Confebask se suman a las que presentó anteayer la Junta de Castilla y León. Para el servicio jurídico de la Junta, la compatibilidad de estas ayudas con el mercado común "no pueden admitirse, desde ningún punto de vista".

Sentencia favorable

Por otro lado, el Tribunal Supremo ha reconocido en una reciente resolución la capacidad reguladora de la Diputación de Álava sobre los recargos por ingresos, aplicables en la normativa foral, así como sobre las exenciones establecidas en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, según informó la institución foral en un comunicado. Con esta sentencia se pone fin a unos de los contenciosos judiciales más antiguos entre la Diputación alavesa y la Administración del Estado. El recurso, planteado por el Gobierno central, afectaba a la Norma Foral 30/1991, del 19 de diciembre de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Álava y llegó al Supremo tras un primer fallo favorable en el Tribunal Superior del País Vasco.

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