LOS "PAPELES DEL CESID"

El párrafo que no fue interesado por el juez

El juez Garzón pidió la desclasificación de la Nota de trámite interno dirigida por Perote al director del Cesid, Emilio Alonso Manglano, el 16 de noviembre de 1983, un mes antes del asesinato de Ramón Oñederra, primera víctima mortal reivindicada por los GAL. En la transcripción del documento que hizo el juez se señalaba: "Desde el mes de abril se vienen realizando actividades en el S. F. [Sur de Francia] consistentes en el establecimiento de base logística que pudiera apoyar las acciones operativas que se decidieran posteriormente".Más adelante, el texto recogido por Garzón proponía "...

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El juez Garzón pidió la desclasificación de la Nota de trámite interno dirigida por Perote al director del Cesid, Emilio Alonso Manglano, el 16 de noviembre de 1983, un mes antes del asesinato de Ramón Oñederra, primera víctima mortal reivindicada por los GAL. En la transcripción del documento que hizo el juez se señalaba: "Desde el mes de abril se vienen realizando actividades en el S. F. [Sur de Francia] consistentes en el establecimiento de base logística que pudiera apoyar las acciones operativas que se decidieran posteriormente".Más adelante, el texto recogido por Garzón proponía "fijar los objetivos concretos de" una serie de presuntos etarras y sus familiares: "Pello ... responsable de finanzas; Lujua ... disidente en la operación; Kaitu [en el documento original pone Kaiku, lo que corresponde al alias de otro activista]; José Miguel Múgica Arregui; Abrisqueta ... máximo responsable de ETA (pm); Ana Puyo ... esposa del anterior, a la que se tiene controlada por sus frecuentes venidas a Madrid".

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La sentencia de la Sala Tercera del Supremo ordenó levantar el secreto de este documento, pero hizo constar lo siguiente: "Debernos hacer la aclaración de que su contenido se completa con un último párrafo, cuya desclasificación no ha sido interesada por el juez de instrucción, y que quizá podría tener alguna incidencia en el sentido en que haya de ser interpretado".

El párrafo en cuestión, que no fue interesado por el juez, dice textualmente lo siguiente: "Para llevar a cabo estas actividades de información, se desplazarán en fecha próxima cuatro agentes que estarán dos en Burdeos y otros dos en Biarritz. El establecimiento de estos agentes implica ya el disponer de vehículos y locales, as! como el amparo en una cobertura a plazo medio".

Con esta frase, la propuesta de fijar a etarras como "objetivos concretos" se enmarca en "actividades de información", no en atentados.

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