El Ayuntamiento, condenado por difundir la imagen de un niño

El Ayuntamiento de Madrid ha sido condenado por el Tribunal Supremo a indemnizar a unos ciudadanos por el daño moral causado a un niño y a un matrimonio cuyas fotografías fueron publicadas, sin su consentimiento,en una campaña informativa tendente a fomentar el respeto y tolerancia hacia los mayores. Alejandro Iván Hormaechea, responsable de la fotografía, también deberá "resarcir económicamente el daño causado" a los afectados, que se tasará, según el alto tribunal, en la ejecución de la sentencia.

El Ayuntamiento adjudicó esta campaña publicitaria, por concierto directo, a la enti...

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El Ayuntamiento de Madrid ha sido condenado por el Tribunal Supremo a indemnizar a unos ciudadanos por el daño moral causado a un niño y a un matrimonio cuyas fotografías fueron publicadas, sin su consentimiento,en una campaña informativa tendente a fomentar el respeto y tolerancia hacia los mayores. Alejandro Iván Hormaechea, responsable de la fotografía, también deberá "resarcir económicamente el daño causado" a los afectados, que se tasará, según el alto tribunal, en la ejecución de la sentencia.

El Ayuntamiento adjudicó esta campaña publicitaria, por concierto directo, a la entidad Karacol Animación. En la portada del Boletín Informativo publicado por el Ayuntamiento en junio de 1990 aparecía una foto con un niño y un matrimonio. Los padres del niño y los cónyuges presentaron una demanda sobre derecho a la imagen. El Juzgado de Primera Instancia 18 desestimó la demanda, que fue recurrida ante la Audiencia. Esta instancia sí la estimó y condenó al Ayuntamiento y al autor de la fotografía. Éstos, a su vez, apelaron al Tribunal Supremo, que ahora ha confirmado la condena por entender que el "interés cultura] alegado por el municipio no puede ser una patente de corso".

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