Sanciones de hasta 500.000 pesetas para quienes no utilicen la identificación fiscal

El proyecto de ley de Presupuestos del Estado para 1990, aprobado ayer por el Gobierno, contempla sanciones de hasta 500.000 pesetas para quienes no colaboren con Hacienda mediante la utilización del número de identificación (NIF)Aunque aún no está aprobado el reglamento que regula el NIF, el Gobierno ha decidido establecer ya las sanciones porque para ello se necesita la percha de una norma con rango de ley.

El NIF, una especie de carné de identidad fiscal, será de utilización obligatoria por los contribuyentes para todos aquellas operaciones que tengan una trascendencia tributa...

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El proyecto de ley de Presupuestos del Estado para 1990, aprobado ayer por el Gobierno, contempla sanciones de hasta 500.000 pesetas para quienes no colaboren con Hacienda mediante la utilización del número de identificación (NIF)Aunque aún no está aprobado el reglamento que regula el NIF, el Gobierno ha decidido establecer ya las sanciones porque para ello se necesita la percha de una norma con rango de ley.

El NIF, una especie de carné de identidad fiscal, será de utilización obligatoria por los contribuyentes para todos aquellas operaciones que tengan una trascendencia tributarla. Aunque su regulación estaba prevista en la ley de Presupuestos del pasado año para su aprobación el pasado ejercicio, diferentes causas han retrasado su entrada en vigor hasta este año.

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El proyecto de reglamento, enviado el pasado año al Consejo de Estado ha tenido que ser modificado, porque esta institución puso reparos respecto a la posibilidad de que se vulnere el derecho a la intimidad.

Adelantándose a la aprobación del reglamento, el Consejo de Ministros acordó ayer que "quienes en sus relaciones de naturaleza o con trascendencia tributarla no utilicen o faciliten su número de identificación fiscal, en la forma prevista reglamentariamente, serán sancionados con una multa de 1.000 a 150.000 pesetas".

Se añade que "cuando el sujeto infractor haya incumplido de manera general este deber de colaboración, será considerado responsable de una única infracción simple y sancionado con una multa de entre 25.000 y 500.000 pesetas".

Si este incumplimiento "se hubiera producido en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional", la sanción será "del 5% del volumen de sus operaciones en el período de tiempo a que su comprobación se refiera"`.

En el caso de que una entidad de crédito incumpla los deberes que específicamente la incumben a raíz de la indebida identificación de una cuenta u operación" ( ... ) "será sancionada con multa del 5% de las cantidades indebidamente abonadas o cargadas con un mínimo de 150.000 pesetas, o si hubiera debido proceder a la cancelación de la operación o depósito, con multa entre 150.000 y un millón de pesetas

".Pagos fraccionados

El proyecto de ley de Presupuestos incluye también una referencia al reglamento general de Recaudación, que tampoco ha sido aprobado aún, según el cual "podrán aplazarse o fraccionarse las cantidades adeudadas a la Hacienda publica". Estas cantidades devengarán interés de demora.

Estas dos son prácticamente las únicas novedades en materia tributarla, ya que el Gobierno ya introdujo las modificaciones que consideró necesarias para este ejercicio en el decreto de prórroga de los Presupuestos del Estado de este año.

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