Reclamacion pendiente por 35 días de cárcel

Entre las reclamaciones pendientes de recurso contencioso-administrativo figura la de la joven Patricia Bartolomé Allué, que en 1984 permaneció 35 días en la cárcel como presa preventiva, acusada de participar en el atraco a un banco de Fraga (Huesca), hasta que los autores confesaron el delito. Patricia solicitó 20 millones de pesetas. La Administración se negó a indemnizarle y Patricia espera que decida el Tribunal Supremo.Inicialmente, el Servicio Jurídico del Estado contestó que no tenía derecho a indemnización, porque los hechos eran anteriores a la ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ),...

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Entre las reclamaciones pendientes de recurso contencioso-administrativo figura la de la joven Patricia Bartolomé Allué, que en 1984 permaneció 35 días en la cárcel como presa preventiva, acusada de participar en el atraco a un banco de Fraga (Huesca), hasta que los autores confesaron el delito. Patricia solicitó 20 millones de pesetas. La Administración se negó a indemnizarle y Patricia espera que decida el Tribunal Supremo.Inicialmente, el Servicio Jurídico del Estado contestó que no tenía derecho a indemnización, porque los hechos eran anteriores a la ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que reguló estas indemnizaciones. Solicitado informe del Consejo de Estado, la mayoría de su comisión permanente consideró que esta tesis "no es de recibo", puesto que el derecho procede de la Constitución. La mayoría del alto órgano consultivo fue favorable a la indemnización. Para ello interpretó el artículo 294 de la LOPJ de forma distinta al Servicio Jurídico del Estado. Mientras que éste señalaba que Patricia era inocente, pero el delito "existía", por lo que no correspondía indemnizarle, el Consejo de Estado entendió que "inexistencia del hecho" equivale a "evidencia de la inocencia" del acusado.

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La mayoría del Consejo de Estado evaluó el daño al honor, familia y personalidad de Patricia Bartolomé en 200.000 pesetas. Pero el Consejo de Ministros se apoyó en la interpretación rígida del precepto realizada por el voto particular de Tomás de la Quadra-Salcedo, presidente del consejo, y Jerónimo Arozamena, consejero permanente, para denegar toda indemnización. En la decisión del Gobierno pesó que la concesión de esta indemnización sentaría un precedente gravoso para el Estado. Siguiendo este criterio no se ha resuelto a favor ni una sola de las 242 reclamaciones por sufrir prisión preventiva con ulterior absolución.

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