Editorial:

Una deuda pendiente

DE TRIBUNAL en tribunal y de antesala en antesala ministerial, los militares de la República han terminado por recalar ante las mismas puertas de la Comisión de Derechos Humanos de Estrasburgo, en un desesperado intento de que se les reconozca lo que ellos consideran que son sus derechos. En la vorágine de este trasiego vive desde hace ya una década un colectivo de ancianos que en la actualidad no debe sobre pasar las 5.000 personas. Son el resto que todavía sobrevive de quienes accedieron a un empleo o grado militar en las filas del Ejército de la República con posterioridad a la fecha del 18...

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DE TRIBUNAL en tribunal y de antesala en antesala ministerial, los militares de la República han terminado por recalar ante las mismas puertas de la Comisión de Derechos Humanos de Estrasburgo, en un desesperado intento de que se les reconozca lo que ellos consideran que son sus derechos. En la vorágine de este trasiego vive desde hace ya una década un colectivo de ancianos que en la actualidad no debe sobre pasar las 5.000 personas. Son el resto que todavía sobrevive de quienes accedieron a un empleo o grado militar en las filas del Ejército de la República con posterioridad a la fecha del 18 de julio de 1936, en que se desencadenó la guerra civil española. Si la Comisión de Derechos Humanos de Estrasburgo no fuerza el ritmo de la maquinaria burocrática y no se pronuncia en este caso con la máxima celeridad es más que probable que su resolución ya no tenga razón de ser cuando se produzca. De todos los colectivos de funcionarios o ciudadanos perseguidos, depurados o expoliados por el régimen de Franco, éste de militares de la República es el único que está a punto de desaparecer físicamente -por razones obvias de edad- sin obtener la justa reparación que se le debe, de acuerdo con el espíritu y la letra de la ley de amnistía promulgada por el Parlamento en octubre de 1977.Lo que con tanto empeño reclaman estas personas es que se les reconozca la condición de militares profesionales, en situación de retirados por razones de edad, con los derechos y obligaciones inherentes a la misma, y con el empleo que por antigüedad hubieren alcanzado de haber continuado en servicio activo hasta la fecha reglamentaria de retiro. Es decir, piden que se les trate de igual manera que a los militares profesionales que lo eran antes del 18 de julio de 1936 y qué, por mantenerse fieles al Gobierno republicano, fueron depurados con posterioridad, o que a los funcionarios civiles de la República para los que la fecha del 18 de julio no ha supuesto ninguna línea divisoria en cuanto al reconocimiento de su situación y de sus derechos activos y pasivos.

Los problemas que en un principio planteó la aplicación de la ley de amnistía de 1977 en el ámbito militar se han resuelto una vez superada la situación emocional existente en aquellas fechas. Encontró una solución el problema de los militares de la Unión Militar Democrática (UMD) y también se accedió a la restitución plena de sus derechos profesionales y pasivos a los militares republicanos supervivientes que habían ingresado en el Ejército con anterioridad al 18 de julio. Pero con los militares incorporados al Ejército de la República tras el 18 de julio se ha procedido con ruindad, obligándoles a un largo peregrinaje individual ante los tribunales. En estos momentos existe un marco legal suficiente para dar satisfacción a las demandas de este colectivo, a condición de que el Gobierno esté dispuesto a ello. No es cuestión de dinero, sino de voluntad política y de si se estima que la actual democracia española debe proceder con equidad con todos los que defendieron el régimen legalmente constituido en la contienda civil de 1936.

La ley que ha aplicado la amnistía a los militares de la República estableció una distinción discriminatoria entre quienes se incorporaron al Ejército antes y después del 18 de julio. El Tribunal Constitucional ha considerado que esta distinción viola el derecho constitucional a la igualdad ante la ley. No existe base alguna para negar a unos lo que se concede a otros, cuando todos han sido parte del mismo Ejército que se extinguió, Junto con el resto de las instituciones de la República, el 1 de abril de 1939. Empecinarse en desconocer esta doctrina y obligar a los afectados a ir de tribunal en tribunal en demanda de sus derechos no sólo revela una actitud especialmente vejatoria e inhumana. Tal actuación deja traslucir también un claro propósito -si se tienen en cuenta los efectos de la combinación del lento proceder de los tribunales con la avanzada edad de los afectados- de dejar sin satisfacer una deuda pendiente de la democracia española.

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El Gobierno tiene todavía tiempo de rectificar, lo cual evitaría, además, el mal trago y la vergüenza de que el Estado se vea en el trance de ser demandado por una cuestión así ante una instancia judicial europea.

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