Marruecos y la CE califican de "beneficioso" el acuerdo firmado ayer

Después de la firma del acuerdo de pesca entre Marruecos y la Comunidad Europea, fuentes de ambas partes han coincidido en la calificación de "mutuamente beneficiosos" los cinco apartados firmados ayer en Rabat referentes a pesca, adaptación del acuerdo de cooperación subsiguiente a la adhesión de España y Portugal y protocolos financieros.

Aunque el acuerdo de pesca, el que más afecta a España, mantiene fundamentalmente las pos¡ bilidades de captura que ya se establecían en el acuerdo hispanomarroquí de 1983, excepto para la pesca de cefalópodos, se introducen algunos aspectos técn...

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Después de la firma del acuerdo de pesca entre Marruecos y la Comunidad Europea, fuentes de ambas partes han coincidido en la calificación de "mutuamente beneficiosos" los cinco apartados firmados ayer en Rabat referentes a pesca, adaptación del acuerdo de cooperación subsiguiente a la adhesión de España y Portugal y protocolos financieros.

Aunque el acuerdo de pesca, el que más afecta a España, mantiene fundamentalmente las pos¡ bilidades de captura que ya se establecían en el acuerdo hispanomarroquí de 1983, excepto para la pesca de cefalópodos, se introducen algunos aspectos técnicos no estipulados anteriormente.Los barcos que deseen faenar en la zona de pesca marroquí deberán proveerse de una licencia expedida por las autoridades marroquíes a petición de la CE y sus armadores deberán pagar un canon por pescar. La CE garantiza el cumplimiento de las normas que establece el acuerdo por parte de los pesqueros.

El acuerdo permite a Marruecos, asimismo, una adaptación del volumen de capturas de un 5% a partir del segundo año de aplicación del mismo en función del estado de las mercancías almacenadas y del desarrollo de las artes de pesca marroquíes.

Una comisión mixta Marruecos-CE se encargará de velar por el cumplimiento de todos los aspectos del convenio. En éste se establece que toda embarcación die tonelaje superior a 150 toneladas de registro bruto deberá admitrir a bordo, si así se le solicita, a un oficial científico designado por el Ministerio de Pesca y Marina Mercante de Marruecos. Todos los pesqueros amparados por el acuerdo deberán permitir y facilitar la subida a bordo de fuincionarios marroquíes encargados del control e inspección de las actividades pesqueras.

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