Recomendación de mayor precisión en el destino de los créditos especiales

J. G. I., El Tribunal de Cuentas ha recomendado, en un informe enviado al Congreso de los Diputados el pasado 23 de julio, que el Gobierno detalle minuciosamente el destino de los créditos especiales que acuerda con objeto de facilitar el control de su aplicación, a la vista de las dificultades que el tribunal ha encontrado para fiscalizar el uso que el Ministerio de Agricultura hizo de un crédito de 23.000 millones de pesetas aprobado por el Consejo de Ministros el 30 de marzo de 1983.

El informe indica que de los 8.892 millones de pesetas que gestionó directamente el Ministerio de...

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J. G. I., El Tribunal de Cuentas ha recomendado, en un informe enviado al Congreso de los Diputados el pasado 23 de julio, que el Gobierno detalle minuciosamente el destino de los créditos especiales que acuerda con objeto de facilitar el control de su aplicación, a la vista de las dificultades que el tribunal ha encontrado para fiscalizar el uso que el Ministerio de Agricultura hizo de un crédito de 23.000 millones de pesetas aprobado por el Consejo de Ministros el 30 de marzo de 1983.

El informe indica que de los 8.892 millones de pesetas que gestionó directamente el Ministerio de Agricultura, 5.455 millones de pesetas se ajustaron al programa establecido, mientras que 895 millones de pesetas "no se han ajustado al programa inicial" -por anulación de créditos (558 millones de pesetas) y por aplicación a otro programa (337 millones de pesetas). El Tribunal de Cuentas señala sobre otros 2.541 millones de pesetas que "no se puede determinar exactamente si se han ajustado o no", por los motivos expuestos a lo largo de los 112 folios de informe.

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Respecto a los 8.785 millones de pesetas atribuidos a organismos autónomos administrativos, el tribunal resalta Ia inexistencia, en unos casos, y la insuficiencia, en otros, de un sistema eficaz de control interno que propicie una correcta gestión".

Asimismo, el Tribunal de Cuentas advierte al Congreso de los Diputados que Ia anulación de parte de la consignación extraordinaria revela la inadecuada estimación de las obligaciones a satisfacer, sobre todo cuando afecta a la totalidad de un programa".

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