La limitación de deducciones fiscales por inversión, instrumento dirigido contra las rentas altas

Las nuevas disposiciones fiscales adoptadas por el Gobierno con motivo de la prórroga de los Presupuestos Generales, que han entrado en vigor el 1 de enero, afectan de manera principal a las deducciones por inversiones que se realicen, las cuales se limitan a un máximo del 30% de la base imponible. Además, favorecen la inversión extranjera, clarifican en algunos aspectos los problemas de las operaciones realizadas en divisas por diferencia de cambios, suponen un incremento relativamente importante de algunos impuestos indirectos con repercusiones sobre los precios finales de los productos y pe...

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Las nuevas disposiciones fiscales adoptadas por el Gobierno con motivo de la prórroga de los Presupuestos Generales, que han entrado en vigor el 1 de enero, afectan de manera principal a las deducciones por inversiones que se realicen, las cuales se limitan a un máximo del 30% de la base imponible. Además, favorecen la inversión extranjera, clarifican en algunos aspectos los problemas de las operaciones realizadas en divisas por diferencia de cambios, suponen un incremento relativamente importante de algunos impuestos indirectos con repercusiones sobre los precios finales de los productos y persiguen una mayor clarificación sobre el origen de algunos fondos que se manejan en Bolsa, así como buena parte de los que se mueven en el mercado de letras.

Las medidas fiscales recogidas en el decreto de prórroga de los Presupuestos Generales del Estado de 1982 para el primer trimestre de este año no han dejado insatisfechos a la mayor parte de los sectores empresariales. El mantenimiento de las desgravaciones fiscales para algunos tipos de inversión en Bolsa, aunque sea limitada por decreto, ha despejado algunas expectativas que señalaban la posibilidad de que desaparecieran totalmente para los valores no públicos.En lo referente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPV), el Gobierno ha incrementado ligeramente las deducciones generales y por matrimonio, así como todas las restantes. Hay no obstante dos modificaciones importantes. En primer lugar, la consideración de que algún miembro de la unidad familiar trabaja de forma regular exige ingresos mínimos anuales de 150.000 pesetas, lo que reducirá el fraude familiar que consiste en declarar que varios miembros trabajan cuando en realidad obtienen unos ingresos muy pequeños. En segundo lugar, las deducciones por hijos aumentan mucho más a partir del tercero, lo que viene a representar una cierta protección a las familias con elevado número de hijos. Al tiempo, se reconoce como permanente la deducción del 1% del importe de los rendimientos del trabajo personal.

Las deducciones por inversiones forman el capítulo en el que se realizan mayores modificaciones en comparación con la situación de años precedentes. El objetivo perseguido con todas ellas no es tanto un aumento de la recaudación fiscal por esta vía como impedir que aquellos que reciben las mayores cantidades en devoluciones sean las personas que obtienen mayores ingresos por renta", según un alto cargo de la Administración. La primera limitación es que sólo podrán acogerse a la deducción del 15% -que se mantiene a pesar de las presiones para que desapareciera- la adquisición de nuevos valores mobiliarios y no la compra de aquellos que ya tengan un período de vigencia.

Bomba contra la Bolsa

Fuentes financieras no han dudado en calificar esta medida como una bomba contra la Bolsa, que se encuentra en los últimos años en sus mínimos históricos y que no ayudará a su potenciación. Si la entrada de dinero en las sociedades a través de la Bolsa se ha visto restringida de manera importante en los últimos ejercicios, la desaparición de la desgravación, que hace disminuir la rentabilidad final para el comprador de manera sustancial, retraerá aún más a éste a la hora de acudir a este mercado a colocar sus ahorros. Asimismo, las disposiciones aprobadas fijan en un 30% de la base imponible el límite máximo que la inversión desgravable puede suponer.En este porcentaje se encuentra tanto la parte correspondiente a la posible adquisición de vivienda -que en el ejercicio anterior no tenía limitación alguna- como a la compra de valores mobiliarios, que tenía fijado un máximo del 25%. Ello quiere decir que, para aquellas personas que dedujeran exclusivamente por este último concepto, se amplían sus posibilidades, mientras que se ha visto reducido para aquellos que jugaran con las dos alternativas. En definitiva, se trata de gravar a los altos estratos de renta, que son los que pueden ahorrar lo suficiente de sus sueldos como para superar el porcentaje del 30%.

En el mismo sentido de clarificación fiscal se entiende la decisión del Gobierno de que los agentes de cambio y bolsa, corredores de comercio, juntas sindicales y notarios comuniquen todas las operaciones de emisión, suscripción y transmisión de valores mobiliarios, cualesquiera otros títulos-valores y efectos de comercio. Con esta medida se controlará el origen de fondos que se mueven en algunos de los nuevos mercados financieros como el de letras en Bolsa, e incluso el de cédulas hipotecarias, sobre los que se tiene la certeza que en buena parte se nutren del llamado dinero negro.

Las cajas como los bancos

En el impuesto de sociedades, con las modificaciones introducidas se avanza en el camino de equiparación en el tipo de gravamen aplicable a las cajas de ahorro, cajas rurales, cooperativas de crédito y mutuas de seguros al fijarse en el 26%, cuando el año anterior estaba en el 22%. La explicación que se da a este hecho en fuentes financieras es que la discriminación hasta ahora existente a favor de estas instituciones se basaba en la ausencia de deseo de lucro por parte de ellas como objetivo de sus actividades; cuestión que tiende a desaparecer aunque el programa de Gobierno trata de que las cajas de ahorro recuperen sus finalidades iniciales. Las rentas obtenidas por residentes en el extranjero tributarán en una serie de porcentajes establecidos, que clarifican y facilitan la llegada de capitales extranjeros para proyectos de inversión.Para los casos de operaciones financieras concertadas en divisas y saldos en moneda extranjera con duración superior a un año, el decreto establece que se podrá ajustar la valoración de estas operaciones y saldos, en función del tipo de cotización, al cierre del ejercicio de la divisa que se trate. Cuando la diferencia del tipo de cotización sea superior al 5%, se podrá periodificar hasta el vencimiento de la operación o en un plazo no superior a cinco años.

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