Militares profesionales de la República
Creemos estar en lo cierto al afirrnar que el Gobierno de la República fue legal, cuando menos, hasta el 31 de marzo de 1939, y que, por tanto, han de considerarse igualmente legales cuantos nombramientos, situaciones e incidencias recayeron en sus funcionarios.Consideramos que de esta regla general no puede excluirse a los funcionarios militares y menos aún, dentro de ellos, a los que pertenecían a las escalas profesionales.
Asimismo entendemos que no puede existir diferenciación alguna entre los períodos 14 de abril de 1931 a 17 de julio de 1936 y 18 de julio de 1936 a 31 de marzo de ...
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Creemos estar en lo cierto al afirrnar que el Gobierno de la República fue legal, cuando menos, hasta el 31 de marzo de 1939, y que, por tanto, han de considerarse igualmente legales cuantos nombramientos, situaciones e incidencias recayeron en sus funcionarios.Consideramos que de esta regla general no puede excluirse a los funcionarios militares y menos aún, dentro de ellos, a los que pertenecían a las escalas profesionales.
Asimismo entendemos que no puede existir diferenciación alguna entre los períodos 14 de abril de 1931 a 17 de julio de 1936 y 18 de julio de 1936 a 31 de marzo de 1939.
Todo esto, que dicho así puede parecer subjetivo, pensamos que está amparado por las Reales Ordenanzas Militares y por la Constitución española.
Si no estamnos equivocados y resulta ser un imperativo de justicia, urgimos al Gobierno y a los partidos políticos para que presenten el proyecto de ley que contemple la validez, a todos los efectos, de los nombramientos recaídos en el segundo de los períodos citados y que derogue cuantas disposiciones se opongan a ello.
El Ministerio de Defensa y Unión de Centro Democrático tal vez sean quienes, en primer lugar, deben sentirse comprometidos. Y si desoyen nuestra llamada, la pa-
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samos a cualquier partido amante de la equidad.
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