El delito fiscal será castigado con penas de hasta seis años de prisión

Las defraudaciones a la Hacienda Pública podrán ser castigadas con penas de hasta seis años de prisión, de acuerdo con la modificación del artículo 319 del Código Penal que fue aprobada ayer por la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso. La nueva redacción dada a este articulo penaliza el delito fiscal por primera vez en nuestro país, y se prevé su entrada en vigor al mismo tiempo que el resto de la ley sobre medidas urgentes de reforma fiscal, actualmente en estudio.

Según el texto aprobado ayer, «cometerá delito fiscal el que defraudare a la Hacienda estatal o local, eludiendo e...

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Las defraudaciones a la Hacienda Pública podrán ser castigadas con penas de hasta seis años de prisión, de acuerdo con la modificación del artículo 319 del Código Penal que fue aprobada ayer por la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso. La nueva redacción dada a este articulo penaliza el delito fiscal por primera vez en nuestro país, y se prevé su entrada en vigor al mismo tiempo que el resto de la ley sobre medidas urgentes de reforma fiscal, actualmente en estudio.

Según el texto aprobado ayer, «cometerá delito fiscal el que defraudare a la Hacienda estatal o local, eludiendo el pago de impuestos o disfrutando ilícitamente de beneficios fiscales por una cantidad igual o mayor de dos millones de pesetas, con ánimo de defraudar, puesto de manifiesto por falsedades o anomalías sustanciales de su contabilidad o por la negativa u obstrucción a la acción investigadora de la Administración tributaria». En otro párrafo de la misma disposición se indica que cuando el deudor de la cuota defraudada o el titular de la ventaja fiscal ilícitamente obtenida sea una sociedad, entidad o empresa, el delito será imputable a los directores, gerentes, consejeros delegados o personas que efectivamente ejerzan su administración a menos que quede demostrada su ausencia de responsabilidad, en cuyo caso la inputación del hecho delictivo se efectuará al autor material, sin perjuicio de la responsabilidad que incumba a los demás partícipes.No fue aceptada una enmienda de la minoría vasco-catalana, que intentaba atribuir a las haciendas locales capacidad de denuncia ante el ministerio fiscal contra defraudaciones que les afecta. Sí fue estimada, en cambio, otra del grupo socialista en que se proponía la agilización de trámites administrativos para efectuar las denuncias sobre presuntos delitos fiscales.

También fueron aprobadas ayer medidas que tratan de ayudar a combatir el paro obrero por medio de estímulos fiscales. Por cada puesto de trabajo nuevo que creen las empresas con retribución no superior a 2,5 veces el salario mínimo, se autoriza una reducción del 20 % de dicha retribución en los impuestos que han de abonar. La reducción se elevará al doble cuando los puestos de trabajo sean creados en provincias que durante el primer semestre de 1977 hayan tenido un nivel de desempleo superior a la media nacional.

Estímulo a la lucha contra el paro

También se admitieron enmiendas de la minoría vasco-catalana y del grupo mixto, en el sentido -respectivamente- de favorecer fiscalmente la creación de puestos para trabajadores en paro, así como de otros en las zonas deprimidas donde existe gran emigración.

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A propuesta del diputado socialista Baldomero Lozano, fue aprobada una disposición tras una gran controversia y numerosas consultas. En esencia, dicha disposición -presentada como enmienda al artículo 26- prevé que las empresas podrán destinar a inversiones, en los dos balances siguientes a la entrada en vigor de ésta ley, la totalidad de los beneficios no distribuidos. Si crean un puesto de trabajo por cada millón y medio de pesetas impartidas -entre otras condiciones- no habrán de pagar. impuestos por ello, como estímulo a la lucha contra el paro.

Por UCD, el señor Rovira consumió un turno a favor de la enmienda, aunque expresó su preocupación por el hecho de que este tema sea discutido sin incluirlo, en el marco general del programa económico del Gobierno y de los presupuestos para el próximo año. El señor López Rodó, representante de Alianza Popular, se apresuró a indicar qué, puesto que UCD había consumido un turno a favor que más parecía en contra, él apoyaba la enmienda socialista.

La sesión fue suspendida unos minutos para consultas; una vez reanudada, el señor Rovira reiteró el apoyo del grupo parlamentario de UCD a la enmienda, aunque advirtió que «tal vez la ley que estamos haciendo aquí venga a disminuir la recaudación de la Hacienda Pública, en vez de aumentarla, y es posible que pronto tengamos que reunirnos de nuevo para aprobar otros impuestos de forma urgente».

La votación sobre este tema registró 31 votos a favor, ninguno en contra y una sola abstención, la del señor Rodríguez Miranda, que romplió así la disciplina de voto de su partido y expresó, en cierto modo la preocupación que puede anidar en el Gobierno ante las disminuciones recaudatorias que esta disposición pueda implicar. El señor Rodríguez Miranda es diputado de UCD y al mismo tiempo cabe recordar que fue la persona que presentó este proyecto de ley el primer día de sesiones, en nombre del Gobierno.

Levantamiento del secreto bancario

Por otra parte, ayer quedó aprobado lo que se conoce como levantamiento del secreto bancario, y que se refiere al deber de colaboración e ni a gestión tributaria por parte de los bancos, cajas de ahorro y demás entidades crediticias. Esto será aplicable a la investigación de todas las operaciones que realicen dichas entidades a partir de la fecha de entrada en vigor de la ley.

No fue aceptada la fecha del 11 de julio de 1977, que figuraba en el texto del Gobierno. Alianza Popular y la mayoría de los diputados de UCD, así como el señor Trías Fargas -de la minoría vasco-catalana- votaron en favor de que la fecha a considerar fuera la de entrada en vigor de la ley; lo hicieron en contra socialistas y el único comunista presente en la sala, y se abstuvieron dos miembros de UCD y el otro representante del grupo vasco-catalán, señor Sodupe.

Asimismo, ayer se aprobó un artículo -el 47- por el que la Administración procederá a dar publicidad a las bases declaradas y cuota ingresada por el impuesto sobre la renta y el impuesto sobre patrimonio. Hubo veintiocho votos a favor de esta disposición y sólo uno en contra, el del señor Muñoz Peirats, de UCD, quien había argumentado en el sentido de que no conoce ningún país donde se publiquen estas declaraciones, lo cual podría -además- favorecer la fuga de capitales. Le contestó un miembro de su partido, Luis Gamir, que dijo que había que comprender la medida en el clima de ruptura fiscal de estos debates; a lo cual replicó el señor Lozano, del PSOE, en el sentido de, que no hay ninguna ruptura, sino un intento de que el contribuyente comprenda que si no paga sus impuestos, no habrá democracia.

Por otra parte, continúa aplazado el debate sobre el IRTP, suscitado el martes pasado. Los problemas sopesados en las consultas efectuadas fuera de la comisión, se refieren no sólo al mínimo de 750.000 pesetas de renta, a partir del cual los socialistas piden recargos en el IRTP, sino al mínimo exento de 210.000 pesetas, que, de ser aprobado, supondría una disminución de ingresos de recaudación puesto que supone casi el doble del mínimo exento actual.

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