El Supremo falla contra la retirada de la celosía de la Mezquita de Córdoba
El alto tribunal ratifica dos sentencias que anulan los permisos concedidos por la Junta de Andalucía para desmantelar un cerramiento de Rafael de la Hoz de 1972
Tres tribunales han fallado ya contra la decisión de la Junta de Andalucía de autorizar la retirada de una de las cuatro celosías de la Mezquita-Catedral de Córdoba que realizó el arquitecto Rafael de la Hoz en 1972 y que el Cabildo desmanteló en 2017 con la bendición de la Administración andaluza para dar paso a las procesiones en Semana Santa. El último ha sido el Tribunal Supremo (TS), que este martes ha decidido no admitir los recursos de casación interpuestos por la Junta y por la Agrupa...
Tres tribunales han fallado ya contra la decisión de la Junta de Andalucía de autorizar la retirada de una de las cuatro celosías de la Mezquita-Catedral de Córdoba que realizó el arquitecto Rafael de la Hoz en 1972 y que el Cabildo desmanteló en 2017 con la bendición de la Administración andaluza para dar paso a las procesiones en Semana Santa. El último ha sido el Tribunal Supremo (TS), que este martes ha decidido no admitir los recursos de casación interpuestos por la Junta y por la Agrupación de Hermandades y Cofradías de Córdoba ante la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de 2020 que anuló el permiso que dio la Junta para abrir una segunda puerta en la fachada de la Mezquita-Catedral que da al Patio de los Naranjos.
Según el TS, la apertura de una segunda puerta en el muro norte de la Mezquita se ejecutó “vulnerando normas fundamentales recogidas en la Ley de Patrimonio Histórico”, ya que la retirada de la celosía de madera maciza del arco número 17 “no respondía a ninguno de los supuestos de conservación, restauración y rehabilitación” previstos en la legislación autonómica. En su providencia, el Supremo le reprocha a la Junta de Andalucía que autorizara una obra que lesiona de forma grave la integridad del monumento porque las celosías ya formaban parte del conjunto cuando fue declarado Patrimonio Mundial por la Unesco en 1984, así como en su ampliación a Patrimonio de la Humanidad en 1994 y cuando en 2014 la Mezquita-Catedral fue declarada Valor Universal Excepcional.
La primera sentencia contra la alteración del monumento —tras la denuncia que realizó la familia del arquitecto madrileño, fallecido en 2000— la emitió el Juzgado número 4 de Córdoba en abril de 2019, y es a este juzgado a quien corresponde ahora la ejecución de la resolución del Supremo. Para ello tienen que solicitarlo los denunciantes, algo que Rafael de la Hoz Castanys, hijo del autor de las celosías y también arquitecto, está “estudiando” con sus abogados, ha comentado este viernes.
Ante el nuevo varapalo de los tribunales, el Cabildo de Córdoba ha asegurado que la institución “no entra a valorar sentencias judiciales y menos aún si no es parte de la causa”, ha aclarado José Juan Giménez Güeto, canónigo portavoz. “El Cabildo Catedral siempre actuó conforme a la legalidad vigente. Es decir, solicitó los permisos oportunos a la Delegación Provincial y a la Consejería de Cultura y recibió la autorización para proceder a la retirada de la celosía”, ha afirmado el canónigo.
Giménez Güeto ha añadido que Icomos —órgano consultivo de la Unesco en conservación del patrimonio— emitió un informe en 2016 en el que afirmaba que el proyecto de la retirada de la celosía no afectaba “a la declaración de Valor Universal Excepcional de la Mezquita-Catedral”. “Más aún resaltó que la apertura de esa puerta para uso religioso reforzaba el mantenimiento y la conservación del bien”, ha asegurado el portavoz del Cabildo.
Sin embargo, para la Plataforma Mezquita-Catedral de Córdoba: Patrimonio de todos, en contra del desmantelamiento del cerramiento de madera de cedro macizo que proyectó De la Hoz desde los primeros intentos por parte del Cabildo en 2011, la declaración de Giménez Güeto “llama intencionadamente a equívoco”. Según el portavoz de la plataforma ciudadana, Miguel Santiago, la realidad es bien distinta: “Icomos España emitió un informe en 2015, cuando su presidenta era Begoña Bernal, contrario a la retirada de la celosía. Entonces el obispo, Demetrio Fernández, y otros miembros del Cabildo, se trasladaron a París a la sede internacional de Icomos para reclamar el dictamen. El organismo internacional entendió que el uso religioso del templo tenía que compatibilizarse con la conservación del monumento, pero no se pronunció sobre la retirada de la celosía”, ha explicado Santiago.
La Plataforma reclama “la restitución de la celosía de Rafael de la Hoz a la mayor brevedad” y espera que la pieza se haya conservado en buen estado. Según fuentes del Cabildo, la celosía está en uno de los almacenes que posee la institución junto a otros bienes patrimoniales.
“La sentencia del Supremo pone en evidencia la gestión abusiva y arbitraria que el Cabildo de Córdoba hace del universal monumento, algo que venimos denunciando en la última década”, insiste Santiago.
Por otro lado, el portavoz de IU en el Ayuntamiento de Córdoba, Pedro García, ha recriminado este viernes al alcalde, José María Bellido (PP), su reacción a la providencia del Tribunal Supremo. Bellido se ha ofrecido para mediar y encontrar una solución que haga “compatible la resolución judicial” con el uso religioso y cofrade de la segunda puerta del monumento. “Las sentencias no se median, se cumplen”, ha afirmado García.