El Gobierno limita los precios de los hoteles en Grazalema y otros 13 municipios afectados por la borrasca ‘Leonardo’
Es la primera vez que el Consejo de Ministros pone en marcha el mecanismo para restringir los precios en una emergencia, que se aplicará en 14 localidades de Andalucía y Extremadura
El Consejo de Ministros ha acordado este martes, a propuesta del ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, limitar durante una semana el precio de los servicios hoteleros y de hospedaje en 14 municipios de Andalucía y de Extremadura en los que se ha tenido que desalojar a población debido a la borrasca Leonardo. Es la primera vez que se pone en marcha el mecanismo para limitar los precios de viajes, servicios o productos en situaciones de emergencia, aprobado en un decreto la semana pasada —y que todavía tiene que ser refrendado en el Congreso—. Las organizaciones de consumidores celebran la iniciativa.
Así, los hoteles en los municipios donde sigue habiendo desalojados o realojados no podrán incrementar sus precios respecto a los que tenían el mes previo al inicio de la emergencia, según ha explicado el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 en un comunicado. Los municipios afectados se ubican en cinco provincias: Cádiz (Grazalema, Jerez de la Frontera, Ubrique, Vejer de la Frontera); Granada (Nívar, Montefrío, Pinos Puente y Zagra); Jaén (Cazorla y Santisteban del Puerto); Málaga (Benaoján y Ronda); y Badajoz (Burguillos del Cerro y Medellín). La limitación entra en vigor este miércoles y se extenderá hasta el 25 de febrero.
La normativa surge tras constatar Consumo que tras la terrible dana de Valencia y el trágico accidente de trenes en Adamuz muchos establecimientos y aplicaciones aprovecharon para subir muchísimo el precio de viajes, habitaciones, productos y servicios, soliviantando a los consumidores. Ha pasado, por ejemplo, con los billetes de avión entre Madrid y Andalucía, que han disparado sus tarifas al no haber servicio de alta velocidad durante un mes.
El decreto —aprobado la semana pasada— otorga al Ejecutivo la potestad de poner topes a los precios de billetes y productos cuando declare una situación de emergencia, fijando que el precio no podrá ser superior a la tarifa máxima que tuvo este servicio o producto en los 30 días naturales anteriores al comienzo de esta situación. Es decir, si un vuelo Madrid-Sevilla costaba como mucho 300 euros en el último mes, los billetes no podrían superar esa cifra por el aumento de demanda.
La normativa introduce además un mecanismo de tope adicional: si el precio máximo que ha tenido un servicio o un producto en esos 30 días previos fuese superior en más de un 50% al precio medio en ese mismo período, la referencia para topar un precio pasará a ser el precio medio de los 30 días más un 50%. Es decir, si la media es de 200 euros, pero el pico máximo es de 1.000 euros, el tope quedaría en 300 euros.
Este martes es la primera vez que el Gobierno hace uso de este Real Decreto-Ley 4/2026. “Con la entrada en vigor de este acuerdo, los establecimientos hoteleros y de hospedaje en estos municipios no podrán incrementar su precio respecto al que tenían el mes previo al inicio de la emergencia”, han detallado desde el departamento de Bustinduy. “Además, estarán obligados a informar de que existe una limitación de precios y cuáles son los precios de manera transparente, habiéndose fijado que, en caso de incumplimiento, los consumidores tienen derecho a reembolso”, han agregado.
En este caso, se aplica el Real Decreto en los 14 municipios mencionados porque son aquellos en los que hay más de 10 personas desalojadas y en los que estas representan al menos, el 0,1% de la población del municipio. En el acuerdo, el Consejo de Ministros ha hecho, además, un reconocimiento explícito a aquellos establecimientos que han colaborado en facilitar realojos con agilidad de la mano de las administraciones.
Votación en el Congreso
Las organizaciones de consumidores celebran la iniciativa. “Es una medida incontestable que reclamamos a Consumo cuando se produjo la tragedia de Adamuz. Ahora se tiene que validar en el Congreso y creemos que habría que ser muy mezquino para votar en contra, porque estamos hablando de frenar abusos con los precios en situaciones en que la gente es más vulnerable”, dice Rubén Sánchez, de Facua.
Coincide Enrique García, de la OCU: “Desde OCU valoramos de forma positiva la modificación legal que permite la limitación de los precios de los servicios esenciales en situaciones de catástrofe, emergencia o necesidad en las que los consumidores no tienen alternativas y pueden ser víctimas de abusos por precios desorbitados. Hemos asistido de forma reciente a situaciones de precios abusivos donde los consumidores no tenían capacidad de elección”.
Desde Asufin añaden: “Nos parece acertado que el Gobierno actúe ya contra el grave perjuicio que ocasiona la subida indiscriminada de productos y servicios ante eventos extraordinarios”. En su opinión, “eventos de esta naturaleza, que trastocan oferta y demanda, ponen en una situación realmente desesperada a los usuarios y ponen de evidencia el papel que juegan los precios dinámicos. Unas subidas indiscriminadas de precios que no obedecen, en muchos casos, a una decisión humana, sino que son el resultado de la aplicación de algoritmos automatizados”.