Igualdad cree que la reforma del PSOE de la ‘ley del solo sí es sí’ puede abrir una nueva oleada de revisiones
El área de Montero “confía” en que incluso tras la presentación de la proposición de ley socialista para modificar la norma puedan llegar a un acuerdo y registrar un texto conjunto
“Una nueva oleada de revisiones que hasta ahora no se habían producido”. Esto creen desde el Ministerio de Igualdad que puede provocar el texto que el PSOE ha registrado en el Congreso la mañana de este lunes, en solitario y sin acuerdo con Unidas Podemos. En rueda de prensa esta tarde, Victoria Rosell, la delegada del Gobierno contra la violencia de género, ha afirmado que la propuesta socialista, por un lado, “en absoluto...
“Una nueva oleada de revisiones que hasta ahora no se habían producido”. Esto creen desde el Ministerio de Igualdad que puede provocar el texto que el PSOE ha registrado en el Congreso la mañana de este lunes, en solitario y sin acuerdo con Unidas Podemos. En rueda de prensa esta tarde, Victoria Rosell, la delegada del Gobierno contra la violencia de género, ha afirmado que la propuesta socialista, por un lado, “en absoluto va a paralizar las revisiones” que ya se están produciendo —más de 400 reducciones de condenas y al menos una treintena de excarcelaciones—, algo de lo que es consciente el Ejecutivo al completo desde el primer momento; y por otro, “puede dar lugar a nuevas revisiones” por la introducción, ahora sí, de la disposición transitoria que hace referencia a las mismas; un párrafo al final de la norma que no se incluyó originalmente porque “no se vio necesario”.
Cuando comenzaron a conocerse las reducciones de penas y puestas en libertad, a mitad de noviembre del pasado año, uno de los debates que se abrieron fue si se debía a que no se había introducido una disposición transitoria en la ley. Algo habitual, según explicaron juristas y expertos, cuando se modifica el Código Penal para evitar efectos indeseados en las revisiones. Es esta: “Dichos jueces o tribunales procederán a revisar las sentencias firmes y en las que el penado esté cumpliendo efectivamente la pena, aplicando la disposición más favorable considerada taxativamente y no por el ejercicio del arbitrio judicial. En las penas privativas de libertad no se considerará más favorable esta ley cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo a esta reforma del Código”.
Aquellos días, la ministra de Igualdad, Irene Montero, explicó en una entrevista en la Cadena Ser que no pensaron que hiciese falta: “Estaba tan claro que se cumpliría con la jurisprudencia, y que si las penas impuestas formaban parte de la horquilla del rango nuevo de penas no se revisarían a la baja, que no se vio necesario incluirlo”. Tampoco los órganos consultivos por los que pasó el texto, ni los ministerios que participaron en la elaboración de la ley, ni ningún partido durante la tramitación parlamentaria, aludió a esto. Y durante meses se ha repetido desde distintos cargos gubernamentales que esa disposición transitoria estaba en vigor, puesto que es la disposición transitoria quinta del Código Penal, y no hacía falta volver a introducir en una nueva ley algo que estaba vigente.
Según Rosell, es “al menos contradictorio” que ahora sí se incluya, y “puede dar lugar” a que aquellos abogados o tribunales que no habían solicitado revisión de penas o no las habían hecho de oficio, puesto que entendían que la disposición estaba en vigor, ahora sí lo hagan entendiendo que, si se incluye en este nuevo texto, es porque en realidad no se estaba teniendo en cuenta como vigente antes. Se podría producir así, argumenta Rosell, una nueva oleada de aquellas que en principio no se hubieran revisado.
Pero no es lo único que produce, aseguran, “tristeza” y “preocupación” en Igualdad con la propuesta del PSOE, que plantea modificar las penas para todos los supuestos de agresiones sexuales cometidas con violencia o intimidación, es decir, creando de nuevo un subtipo de agresión que se diferenciará en si se cometió o no con violencia o intimidación [que eran las dos cuestiones que antes dirimían el abuso de la agresión]. Además de cuando exista violencia o intimidación, este incremento de penas se aplicará también en los casos cometidos sobre una víctima “que tenga anulada por cualquier causa su voluntad”, que con la ley anterior al solo sí es sí se consideraban abuso y tenían una pena más baja.
La secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez, ha calificado este momento de “delicado” y cree que la idea de los socialistas es “volver al esquema anterior, donde la violencia y la intimidación eran el eje de la norma, el esquema en el que se basaba”. “Hoy se vuelve a reabrir el debate que creíamos cerrado, es un posible retroceso que pasa por esa vuelta al Código Penal que tantos problemas y tanta revictimización han generado [a las mujeres]. Es la vuelta al CP de La Manada, un fallo a las feministas de este país en uno de los mayores acuerdos de la coalición, que se pusiera consentimiento en el centro”, ha dicho Rodríguez, quien ha afirmado que Justicia ha hecho una única propuesta desde el 8 de diciembre, la que ha presentado este lunes, y desde su departamento se han hecho seis que no tocaban el consentimiento y también subían las penas. Una de ellas, a través del artículo de las agravantes, el 180.
Propuestas de Igualdad
Ahora mismo, el 180 está así: “Las anteriores conductas serán castigadas con la pena de prisión de dos a ocho años para las agresiones del artículo 178.1 [cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento] y de siete a quince años para las del artículo 179 [agresión con penetración] cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias, salvo que las mismas hayan sido tomadas en consideración para determinar que concurren los elementos de los delitos tipificados en los artículos 178 o 179″.
Una de las propuestas de Igualdad era tocar ese artículo introduciendo varios niveles progresivos, de manera que quedaran cuatro escalones —de dos a ocho años, de cinco a diez años, de siete a 15, y de 12 a 15, según la agresión—, e introduciendo como primer agravante la violencia: “Cuando la agresión sexual se realice con intimidación o vaya precedida o acompañada de actos de violencia o que revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 194 bis” (que dice que “las penas previstas en los delitos de este título se impondrán sin perjuicio de la que pudiera corresponder por los actos de violencia física o psíquica que se realizasen”).
Además de introducir la violencia como agravante y dividir las penas en una horquilla más acotada, Igualdad propuso eliminar la última parte del artículo 180 —“Salvo que las mismas hayan sido tomadas en consideración para determinar que concurren los elementos de los delitos tipificados en los artículos 178 o 179″—, algo que también el PSOE ha introducido en su propuesta para guiar más el camino hacia las agravantes y que se tengan en cuenta siempre.
A pesar de algunos puntos parecidos y en los que coinciden Igualdad y Justicia, fuentes de la parte socialista del Gobierno han comunicado que las propuestas que les remitió Igualdad eran poco solventes, e Igualdad sigue teniendo como línea roja la introducción de la violencia y la intimidación en cada artículo, porque entienden que supone “de nuevo, un subtipo agravado”. Sin embargo, a pesar de insistir en que no habrá cesión en esa cuestión, y a pesar también de repetir que la propuesta del PSOE es “similar” a la del Partido Popular, confían, todavía, en llegar a un acuerdo. “En poder registrar una propuesta conjunta, de ambos partidos”, ha concluido Rodríguez.
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