Sanidad admite que sus restricciones para la hostelería no son obligatorias y volverá a negociar con las comunidades
La Audiencia Nacional acepta el recurso de Madrid y paraliza la aplicación de las limitaciones para el ocio y los bares
Las normas para la hostelería y el ocio nocturno que aprobó el pasado miércoles el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) eran, a priori, “de obligado cumplimiento”. Así lo reiteró ese día la ministra de Sanidad, Carolina Darias, y así lo ratificó más tarde a este periódico una portavoz de ese departamento. Pero un párrafo contenido en ...
Las normas para la hostelería y el ocio nocturno que aprobó el pasado miércoles el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) eran, a priori, “de obligado cumplimiento”. Así lo reiteró ese día la ministra de Sanidad, Carolina Darias, y así lo ratificó más tarde a este periódico una portavoz de ese departamento. Pero un párrafo contenido en la orden publicada el pasado viernes en el BOE propicia que, realmente, las comunidades puedan modificar y flexibilizar las restricciones en el ámbito de la restauración. Es la interpretación que ya estaban haciendo algunas de ellas y la que asume ahora el ministerio, según explica la citada portavoz. Sin embargo, Sanidad ha estado el lunes en contacto con las autonomías y se muestra abierta a cambiar la redacción del acuerdo para favorecer el consenso, en el marco de la reunión del CISNS del miércoles.
Uno de los detonantes de esta situación ha sido que la Comunidad de Madrid ha presentado este lunes un recurso en la Audiencia Nacional sobre las normas acordadas por el Consejo Interterritorial, que su Consejería de Sanidad votó en contra. El tribunal ha impuesto medidas cautelarísimas para frenar las restricciones acordadas en ese órgano de decisión, aunque a efectos prácticos, según la nueva versión del ministerio, nada cambia, ya que Madrid no tenía estrictamente obligación de modificar ninguna de sus restricciones en vigor. Siguiendo las indicaciones del semáforo de Sanidad, el máximo de personas por mesa en exteriores, por ejemplo, debería ser de seis, en lugar de las ocho que permite Madrid.
El texto, insisten en Sanidad, permite ser flexibles según la evaluación de la situación epidemiológica que hagan las comunidades. A pesar de eso, la ministra ha estado hablando este lunes con los consejeros autonómicos para sondear la posibilidad de cambios en el acuerdo, “si esa es la vía para avanzar más rápidamente en el fin de la pandemia”, subrayan a EL PAÍS fuentes del ministerio.
El párrafo al que se agarra Sanidad para que no sea necesario ningún cambio y que permite mucha más flexibilidad de la que se proclamó en un principio reza así: “En los niveles de alerta 1 a 4 [todas las comunidades están entre el 1 y el 3] se seguirá lo establecido en el documento de Actuaciones de Respuesta Coordinada para el control de la transmisión de covid-19 [...], que establece que las medidas pueden adaptarse y contextualizarse a cada comunidad autónoma y territorio, según la evolución de la situación epidemiológica”.
Ese “adaptarse y contextualizarse” puede permitir que, a efectos prácticos, no sigan al pie de la letra la norma, subraya el ministerio. Con esa interpretación, lo que sí será de obligado cumplimiento es mantener unas restricciones mínimas en el ámbito de la hostelería cuando las comunidades vayan saliendo del riesgo y alcancen la nueva normalidad, a la que no ha llegado ninguna. En esta situación, hasta que se alcance el 70% de población vacunada, habrá que mantener un aforo máximo del 50% en el interior (con posibilidad de incrementar en un 10% si se aplican medidas de control de riesgos que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire), y las mesas tendrán un límite de ocupación de 6 personas en interior y de 10 en exterior, entre otras limitaciones.
La orden también establece una obligatoriedad sin ambages en el ocio nocturno. Este, según la norma, “se podrá autorizar cuando la situación epidemiológica de la unidad territorial de referencia para el control de la covid-19 de la comunidad autónoma en la que se encuentre el local esté fuera de los niveles de riesgo o en nivel de alerta 1″. También en el siguiente (el 2), si la tendencia es positiva. En cualquier caso, no se puede superar el 50% del aforo y la hora de cierre máxima es a las 3.00.
Hoy por hoy, las dos únicas comunidades que están en un nivel de riesgo alto, en el que no se puede abrir el ocio nocturno, son el País Vasco y La Rioja. En esta última, los tribunales obligaron a abrirlo como medida cautelar tras una reclamación de los hosteleros, pero el Gobierno se reunirá este martes para trasponer la norma ministerial y acatarla. En Euskadi el ocio nocturno no está abierto, así que no habrá ninguna comunidad que se salte realmente la obligación de mantener cerrada esta actividad en riesgo alto.
Andalucía, que aunque está en nivel intermedio sostiene desde hace semanas una clara tendencia al alza en los contagios, mantiene abierto el ocio nocturno hasta las 2.00, algo que la orden solo permite si la tendencia es positiva. Además, permite consumir en barra en discotecas, algo que también veta la norma publicada en el BOE. Más allá de estos detalles, las comunidades están cumpliendo las normas obligatorias, ya que son pocas las que tienen abiertos los locales nocturnos, a pesar de estar permitido.
Lo que sí incumplen muchas son las recomendaciones del semáforo de Sanidad, tanto en hostelería como en otros campos. Pero al haber flexibilidad por parte Sanidad, esto no debería suponer ningún problema; es algo que lleva sucediendo desde que se aprobó el primer semáforo, en otoño. Tanto Madrid como Andalucía, por ejemplo, permiten más personas en terrazas de las que establecen las recomendaciones: 8 por mesa en el caso de la primera y 10 en la segunda. Una portavoz del ministerio asegura que la voluntad del departamento no es enfrentarse a las comunidades autónomas, sino llegar a consensos. Sanidad no contempla la vía judicial y argumenta que dentro de las normas que las comunidades se han dado (la mayoría votaron a favor) hay cierta flexibilidad para que cada una las vaya modulando, y que si las comunidades establecen otro consenso, no tienen reparos en cambiar el texto.
En su recurso a la Audiencia Nacional, Madrid argumenta que se trata de una “invasión de competencias”. Es lo mismo que arguyó el País Vasco cuando se plantearon las medidas. No entraba en el fondo de ellas, que en realidad está cumpliendo, sino en el hecho de que obligue a las comunidades a tomar ciertas medidas. En cualquier caso, según aclara Sanidad, las competencias sancionadoras por el incumplimiento de las medidas las tienen las comunidades autónomas, así que a efectos prácticos pueden también modular la severidad de la punición en caso de incumplimientos.
Con información de Eva Saiz, Mikel Ormazabal, Juan Navarro, Isabel Valdés y Silvia R. Pontevedra.