El Supremo rechaza suspender de urgencia la destitución de Quim Torra como diputado autonómico

El alto tribunal no entra en el fondo sobre la decisión de la Junta Electoral de cesar al 'president'

El presidente Quim Torra en la entrega de los Premios de Turismo de Cataluña en Barcelona, a 9 de enero de 2020. En vídeo, el Supremo mantiene la retirada del escaño de Torra.Foto: atlas | Vídeo: DAVID ZORRAKINO (ep) | ATLAS

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado este viernes suspender de manera cautelarísima —de urgencia y sin escuchar a las partes— el acuerdo de la Junta Electoral Central que retiró a Quim Torra la credencial como diputado autonómico. El alto tribunal considera que no existe una razón de urgencia que aconseje suspender en 48 horas el acuerdo de la administración electoral antes del resolver sobre el fondo de la cuestión. ...

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La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado este viernes suspender de manera cautelarísima —de urgencia y sin escuchar a las partes— el acuerdo de la Junta Electoral Central que retiró a Quim Torra la credencial como diputado autonómico. El alto tribunal considera que no existe una razón de urgencia que aconseje suspender en 48 horas el acuerdo de la administración electoral antes del resolver sobre el fondo de la cuestión. El artículo 67.2 del Estatuto de autonomía catalán establece que el presidente de la Generalitat “es elegido por el Parlamento de entre sus miembros”, pero no especifica que tenga que mantener la condición de diputado autonómico durante su mandato como jefe del Ejecutivo.

El Tribunal deberá ahora decidir en el plazo de cinco días y preguntando a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado si suspende de manera cautelar la decisión de la Junta Electoral, informan fuentes jurídicas. La máxima autoridad electoral anuló, por siete votos contra seis, un acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona que el día de Nochebuena rechazó la petición de PP, Vox y Ciudadanos de destituir a Torra de manera fulminante. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que condenó a Torra por inhabilitación ha sido recurrida por Torra y está pendiente de ser confirmada —o no— por la Sala de lo Penal del Supremo. Podría darse la posibilidad de que Torra fuera apartado del cargo de presidente de la Generalitat y después la Sala de lo Penal del Supremo anulara la sentencia que le inhabilitó por desobediencia.

El pasado viernes, la Junta Electoral que declaraba que el president estaba afectado de “inelegibilidad sobrevenida” por la sentencia del pasado diciembre que le condenó a un año y medio de inhabilitación por desobediencia por negarse a retirar del balcón del Palau de la Generalitat un cartel a favor de los políticos independentistas presos. La resolución del órgano electoral dejaba al mismo tiempo sin efecto la credencial de Torra como diputado autonómico por Barcelona y declaraba vacante su escaño en el Parlament. El Supremo ha rechazado ahora congelar por precaución el acuerdo del ente encargado de velar por la neutralidad de los procesos electorales hasta que los magistrados resuelvan sobre el fondo de la cuestión.

La Junta Electoral Central —un órgano formado por ocho magistrados del Supremo elegidos por sorteo y cinco catedráticos nombrados por los partidos del Congreso— se dividió el 3 de enero a la hora de acordar la destitución automática de Torra. Seis vocales, entre ellos tres magistrados, emitieron un voto particular en el que sostenían que la administración electoral carece de competencia para privar a Torra del escaño una vez que ya ha sido elegido y proclamado diputado. Según este sector, y según la defensa de Torra, la competencia para despojar a este del acta corresponde a la Cámara autonómica, y eso solo una vez que sea firme la sentencia por desobediencia.

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