El Supremo rechaza conceder permisos navideños a los encarcelados del ‘procés’

El tribunal considera que las salidas de prisión para pasar las fiestas en familia no encajan en los motivos que contempla la ley

De izquierda a derecha: Jordi Sànchez, Oriol Junqueras, Jordi Turull, Joaquim Forn, Jordi Cuixart, Josep Rull y Raül Romeva.ÒMNIUM CULTURAL

El Tribunal Supremo rechaza que los presos preventivos del procés tengan derecho a un permiso extraordinario para celebrar la Navidad fuera de la cárcel. La sala que va a juzgar a los líderes independentistas acusados de rebelión o malversación ha denegado la petición presentada por cinco de los nueve encarcelados para salir de prisión unos días en Navidad. Según el tribunal, la pos...

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El Tribunal Supremo rechaza que los presos preventivos del procés tengan derecho a un permiso extraordinario para celebrar la Navidad fuera de la cárcel. La sala que va a juzgar a los líderes independentistas acusados de rebelión o malversación ha denegado la petición presentada por cinco de los nueve encarcelados para salir de prisión unos días en Navidad. Según el tribunal, la posibilidad de pasar las fiestas navideñas en familia no encaja en ninguna de las razones que contempla la ley para la concesión de permisos penitenciarios de los presos preventivos. La respuesta del Supremo llega cuando ya han pasado los días para los que la mayoría de ellos solicitaban el permiso (del 24 al 26 de diciembre).

Las peticiones habían sido formuladas por los exconsejeros Jordi Turull, Josep Rull y Joaquim Forn; la expresidenta del Parlament Carme Forcadell; y el exlíder de la ANC y actual diputado del PDeCAT Jordi Sànchez. Turull, Rull y Sànchez habían pedido salir entre la mañana del día 24 y la del 26 de diciembre; Forn, desde la mañana del 24 a la tarde del 26 (festivo en Cataluña); y Forcadell, había pedido tres salidas: del 24 al 26, del 31 al 1 y del 5 al 6 de enero. El Supremo las ha rechazado todas con el mismo argumento: la ley general penitenciaria no recoge la concesión de permisos con motivo de las fiestas navideñas y esta solicitud no puede englobarse, según el tribunal, en ninguno de los motivos que sí prevé la norma para la concesión de salidas extraordinarias de la cárcel.

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El artículo 47 de la ley establece que los presos preventivos podrán obtener un permiso extraordinario cuando exista un “acontecimiento” que afecte a un familiar del interno (se citan expresamente los supuestos de fallecimiento, enfermedad grave o alumbramiento). Bajo este precepto, el alto tribunal ha concedido permisos en anteriores ocasiones a Turull y a la exconsejera Dolors Bassa para visitar a familiares que estaban ingresados en un hospital

El artículo 47 hace también referencia a otros “importantes y comprobados motivos”, pero el alto tribunal cree que estos no se dan en el caso de la Navidad, “unas festividades que no son acontecimientos que surjan de manera inesperada ni reúnen la nota de extraordinariedad, que es el fundamento de los permisos citados”, advierte la sala.

La respuesta del Supremo llega cuando ya han pasado los dos tres días de la Navidad en el que coincidían las peticiones de los cinco presos (del 24 al 26 de diciembre). El Supremo, en un auto del que ha sido ponente el presidente de la sala de lo Penal, Manuel Marchena, admite que su resolución ya ha perdido su objeto, pero culpa de ello a las defensas de los encarcelados por presentar tarde sus peticiones. Las solicitudes fueron presentadas la semana pasada, la Sala pidió su valoración a la fiscalía (que el día 21 informó en contra de conceder los permisos) y el Supremo ha resuelto este viernes. “Para evitar este efecto no deseado, si la parte pretende obtener una respuesta ajustada al momento temporal que considere preciso, es conveniente que presente su petición con la antelación previsible y aproximada teniendo en cuenta cuáles son los mínimos trámites procesales necesarios. Con ello posibilitaría que esta Sala pudiera cumplirlos y dar una solución pronta y adecuada a su pretensión”, advierte el tribunal.

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En el caso de Carme Forcadell, su defensa había solicitado también en el mismo escrito la libertad provisional. El Supremo ha dado cinco días de plazo a la fiscalía para que informe a favor o en contra de esta petición.

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